Antenas, sin licencia

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De las muchas disposiciones cuyo estudio nos ocupa estas fechas, reparo en la Ley de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios (Ley 12/2012, de 26 de diciembre), que ha derogado el Real Decreto Ley  que se aprobó en mayo para suprimir algunas licencias municipales, en especial, las de apertura de pequeños establecimientos. Quizá el hecho de que podía conocer ya el régimen jurídico básico introducido hace meses, fue lo que me llevó a la lectura inversa para advertir qué novedades se habían introducido durante la tramitación parlamentaria.  Así que atendí primero a todos los remiendos y parches que se incluyen en sus disposiciones finales (¡catorce!, que modifican ocho leyes), disposiciones transitorias y adicionales. Entre estas últimas está una transcendente precisión que quiero comentar. Me refiero a la extensión del régimen establecido para los comercios, esto es la supresión de la licencia previa, que se sustituye por una declaración responsable del interesado y por insistir en un control posterior de los establecimientos, a las instalaciones de redes públicas de comunicaciones electrónicas.

Múltiples conflictos han conocido los Tribunales de Justicia (y tienen todavía sobre sus mesas) con relación a la ordenación de las instalaciones de telefonía móvil.

Por ejemplo, sabemos que el Tribunal Supremo anuló el Decreto catalán que pretendía establecer la ordenación ambiental de dichas instalaciones al entender que se invadían competencias estatales (sentencia de 12 de marzo de 2011). Otras muchas sentencias se han pronunciado con relación a Ordenanzas locales anulando gran parte de sus dictados. Entre las últimas de este año, pueden verse las que tienen fecha de 14 de febrero y de 24 de abril. Del mismo modo, es grande el número de resoluciones de otros órganos judiciales con relación a la denegación de las licencias de instalación.

Problemas jurídicos, por tanto, han existido para el despliegue de las instalaciones base de telefonía. Al mismo tiempo, se incrementa la tensión desde las empresas interesadas y por muchos ciudadanos. Y es que esas instalaciones son cada vez más necesarias ante la expansión de las nuevas formas de comunicación y el relevante aumento del tráfico. La incorporación de las nuevas tecnologías, las nuevas redes de mayor capacidad y cobertura, requieren cambios en las instalaciones que se beneficiarán de la supresión de la licencia municipal.

Sin embargo, a mi juicio, se podrían haber considerado otras opciones antes que suprimir la licencia. Porque facilitar el ejercicio de actividades económicas no puede estar reñido con la seguridad jurídica.

La nueva regulación, que generaliza la presentación de declaraciones responsables, reduce la actividad previa de control, pero aumenta, lógicamente, la supervisión posterior sin que sepamos, haya previsión de dotar a los Ayuntamientos de más recursos económicos ni de personal técnico para garantizar unas actividades de supervisión suficientes y ágiles.

Por el contrario, la citada Ley reitera, como se avanzó ya en el Real Decreto Ley, que los Ayuntamientos pueden acudir a la colaboración de “entidades privadas de valoración, comprobación y control”. En su momento critiqué que empresas privadas vayan sustituyendo la actividad típicamente administrativa de tramitación de expedientes, de controles de legalidad y de seguridad. Porque no parece del todo coherente que se insista en curas de adelgazamiento de los Ayuntamientos, de su estructura y reducción de su personal, mientras se permite la contratación de los servicios de empresas privadas que, por definición, reconocen su ánimo de lucro. Un contrasentido que califiqué de impostura.

Esperemos, en todo caso, que las previsiones de colaboración entre las Administraciones públicas que se anuncian, con el fin de promover unos modelos de declaraciones responsables y comunicaciones previas, así como la extensión de las comunicaciones electrónicas sí den frutos a favor de la simplificación administrativa y se renueve de manera homogénea sin mayores abusos las antenas para favorecer el tránsito a las nuevas generaciones tecnológicas.

 

1 Comentario

  1. Hola, la crítica que haces a que entidades de gestión hagan el trabajo del ayto no la comparto. La declaración responsable lo único que hace es que las antenas puedan operar bajo un manto de legalidad en el momento de presentar la propia declaración. El ayto tiene que hacer el control a posteriori, de igual manera que antes del cambio normativo, tenía que hacer el mismo control a posteriori de solicitar la licencia. El problema no está en la Ley o en que un organismo externo haga el control, el problema de fondo es la lentitud de la administración pública. No es de recibo que España sea el país más lento de la UE en otorgar licencias a los operadores, una media de 2 años. Si fuera por los aytos no habría cobertura masiva en España. Si un operador tiene que esperar años a que le den las licencias, no sé cómo estaríamos a nivel de telecomunicaciones. La culpa de la lentitud en muchos casos es culpa de los propios ayuntamientos de querer regular cosas que no son de su competencia y aprobar ordenanzas y planes urbanos sin sentido.
    Nos encontramos con usos del suelo que no están contemplados (pero no están prohibidos), (no estaba la telefonía móvil cuando se hicieron) y te encuentras terrenos llenos de postes de luz, pero no dejan poner una antena de telefonía móvil, que es un servicio igual de básico que la luz,o el agua. Por lo que te quedas años recurriendo al ayto para que te de la licencia de obra.

    En otros países tienen un órgano estatal que lleva el tema y registro de las antenas y los Aytos no pintan, más que en cuestiones urbanísticas y nunca ilimitadas. Algo que la ley en España también dice pero que luego no cumplen. Las antenas son muy feas, es lo que hay, pero son necesarias y la tecnología crece más rápido que las normas. Los operadores invierten dinero también en seguridad de sus instalaciones, y se cumplen con las medidas, con independencia de lo que digan las ordenanzas de un ayto.

    Ahora los aytos son los que tendrán que “correr” para hacer el control posterior de las antenas instaladas, y en el caso de que haya defectos, los operadores tendrán que subsanarlos, pero al menos mientras no digan lo contrario, podrán operar con “legalidad” y la implantación, una vez concedida la licencia de obra, se podrá hacer más rápida y no por ello sin desmejorar la seguridad.

    Por cierto,añadir que en Madrid capital por ejemplo,ya existen las entidades colaboradoras llamadas Eclus para tramitar las licencias de obra. Con esta medida también se fomenta el empleo y emprender, y se puede aligerar el trabajo en muchos aytos que no dan abasto en muchos temas.

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