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Mª Esperanza Serrano Ferrer
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30.04.2007 |
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La elección del Alcalde se realiza en la Sesión de Constitución de la Corporación Municipal, que en esta próximas Elecciones Municipales está prevista para el día 16 de junio de 2007, según nos indica el calendario electoral. La elección y destitución del Alcalde se rige por lo dispuesto en la legislación electoral, sin perjuicio de la aplicación de las normas relativas al régimen de sesiones plenarias del Ayuntamiento. Existe una creencia generalizada, que parece estar avalada por su uso reiterado en una gran parte de los municipios, de que la elección de Alcalde ha de ser por voto secreto. Sin embargo en nuestra actual legislación no existe fundamento legal para realizar tal afirmación: ni la LOREG ni la LRBRL, ni ninguno de los textos reglamentarios vigentes y aplicables, determinan expresamente que la elección de Alcalde deba ser por papeleta secreta.
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Ignacio Pérez Sarrión
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02.04.2007 |
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Dentro de poco, tenemos de nuevo elecciones locales. Para muchos FHN son unas elecciones más, para los menos experimentados es una novedad y supone desarrollar tareas nuevas en las que la intervención del Secretario tiene mucha importancia, puesto que la normativa electoral es ciertamente compleja y verdaderamente garantista. En cualquier caso, tanto para nuevos como para veteranos es un momento de intensa actividad y nervios inevitables. Hay que reconocer que el derecho electoral español está – en mi opinión - bastante bien estructurado y procura un proceso limpio, aspecto esencial en un régimen democrático.
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Mª Esperanza Serrano Ferrer
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29.03.2007 |
La Junta Electoral Central es el órgano superior de la Administración electoral y el único órgano permanente de la misma. Es un órgano independiente aunque vinculado en cuanto a medios personales y materiales al Congreso de los Diputados (tiene su sede en el Congreso de los Diputados), que tiene por misión garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral y el principio de igualdad entre los actores electorales.
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Paula Martínez
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24.01.2007 |
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La Unión Europea dio la bienvenida, con la entrada del nuevo año, a Bulgaria y a Rumania. Los ciudadanos de estos países se convertían así en ciudadanos europeos de pleno derecho (no obstante se sentían ciudadanos de hecho desde hace muchos años) pudiendo acceder incluso a las elecciones municipales que se van a celebrar en mayo de 2007. El acceso a las elecciones municipales será tanto activo como pasivo. Teniendo en cuenta el amplio número de rumanos o búlgaros que existe en muchos de los municipios españoles, ¿tendremos alcaldes rumanos o búlgaros?
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