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Asesoramiento legal y asesoramiento moral PDF Imprimir E-mail
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Víctor Almonacid Lamelas   
18.07.2008

ImageSegún la D.A.2ª LEBEP, “Son funciones públicas, cuyo cumplimiento queda reservado exclusivamente a funcionarios, las que impliquen ejercicio de autoridad, las de fe pública y asesoramiento legal preceptivo,…Son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios con habilitación de carácter estatal…La de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo”. Todos tenemos –incluso los Secretarios (!)- nuestras opiniones, pensamientos, ideologías, valores, tendencias… pero (como he indicado más de una vez), el ser un profesional “de algo” no supone ni más ni por supuesto menos que hacer aquello que se supone que tenemos que hacer -en el caso de los FHE, nuestras funciones están bien definidas- de la mejor manera posible. Dicho esto, a juicio de quien suscribe hay compañeros que trabajan de una manera muy rara…

Como somos profesionales, no debemos hablar al Alcalde del mismo modo que le hablamos a nuestros hijos. Primero porque el susodicho ya es mayorcito, y segundo porque a nuestros hijos les educamos dentro de la legalidad y también de la ética, mientras que nuestro trabajo exige que al Alcalde únicamente le llamemos la atención mediante advertencias de legalidad. Nunca doy nombres y apellidos, y por supuesto hoy no voy a hacer una excepción, pero apunto las anécdotas –verídicas al pie de la letra- a modo de diálogos.

Admito que me da cierta rabia publicar conversaciones entre político y técnico en las que el sensato es el primero, pero ahí va eso:

ALCALDE: Creo que ha cambiado la normativa sobre espectáculos taurinos, y las fiestas son el mes que viene… SECRETARIO: Ya me lo miraré… ALCALDE: No, no. Míralo ya, que la fiesta se nos echa encima. SECRETARIO: Es que el tema me toca las narices, si quitaran ya la salvajada esa de los toros… Al menos lo podríais quitar en este pueblo…

Otra:

INTERVENTORA: No hay dinero para una fuente ornamental en la plaza. No se puede hacer la fuente. ALCALDE: Que me digas que no haya dinero te lo acepto, pero quien dice si se hace la fuente o no soy yo, y se hace la fuente. INTERVENTORA: Por encima de mi cadáver…

Y otra más:

ALCALDE: Aún está pendiente de informar la posibilidad de incorporar en el Sector S, residencial de lujo, el proyecto de construcción de un campo de golf… SECRETARIO: Construir un campo de golf no es exactamente ilegal, pero debería serlo. Es un deporte caro y absurdo, para unos pocos pijos estúpidos. ALCALDE: Dime sólo si es legal, lo otro te lo ahorras…

En fin, parece que en la normativa diga “asesoramiento moral preceptivo”. No se trata de que no nos gusten los toros ni el golf (opiniones muy respetables), es que no nos corresponde emitir juicios de valor ético. El criterio de legalidad es nuestro punto fuerte, pero el de oportunidad es incuestionablemente político, y deriva de las urnas. Mandamos en nuestras vidas, en nuestras casas… Podemos dar órdenes, sabios consejos o simplemente manifestar opiniones a familia y amigos… o en la barra de un bar. Pero en el Ayuntamiento no. Si queremos dar en ese recinto una opinión que no sea técnica, debemos asumir que se reciba como si canta el canario; y si queremos mandar en un Ayuntamiento, pues vendamos nuestra alma al diablo y metámonos en política. O viceversa.

Comentarios (6) >> feed
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escrito por Jorge, July 21, 2008

totalmente de acuerdo! el q manda y decide lo q se hace es el politico, q para eso le votaron, nosotros le decimos si la ley le permite hacer cosas y si hay dinero para ello, pero no somos quien para prohibirle nada, como mucho hacemos informe o reparo y luego ellos veran. Si a mi mi alcaldesa me dice "quiero hacer X" y no hay dinero yo se lo digo "oye, ahora mismo no hay dinero, busca una forma de financiacion si quieres hacerlo este año, sino tendremos q esperar al siguiente", no se me ocurre "prohibirle" hacer la obra o prestar el servicio q sea!

lo que no puede ser, no puede ser y además es imposible
escrito por Carmen, July 23, 2008

Estoy completamente de acuerdo con vuestros comentarios. Pero deseo añadir que el “comentario” al político de que “no hay dinero” o de que “la Ley no lo permite” debe de poder hacerse con la misma libertad con la que ellos se atreven a calificar nuestro trabajo. Y no nos engañemos: el político, en general sólo quiere que digamos aquello que quiere oír y en los demás casos, quieren que te calles; es decir, no se trata de que no manifiestes una opinión sino de que no hagas el informe. Para luego poder excusarse en la coletilla ya muy usada de “Señoría, Señoría, yo no sabía nada de esto porque el Secretario no me lo dijo”.
No debemos hacer nada más que el asesoramiento legal, pero su contenido puede y debe ser comprendido por el Alcalde y los Concejales y ésa sí es nuestra labor.
Cuando en el expediente se incorpora un informe jurídico en el que sólo puede decirse que “ lo que no puede ser, no puede ser y además es imposible”, el mensaje no resulta agradable y el mensajero menos. Solución: matar al mensajero.
Y en ese camino estamos.


Asesoramiento, inseguridad juridica y administracion defensiva
escrito por ignacio pérez, July 24, 2008

Bonito tema el que tocas y que da para mucho debate dada la peculiar posición del FHE.
Personalmente creo que existe una cierta obligación moral de "aconsejar" cosas que posiblemente al político se le puedan pasar por alto para que, simplemente, sean valoradas. Es una especie de sentimiento de lealtad, por supuesto sin entrar en problemas políticos entre partidos (que cada palo aguante su vela, dicen).
Conversaciones como las que apuntas son frecuentes, y es que el FHE muchas veces patrimonializa demasiado su trabajo, hecho que habría que tratar de que no fuera así. A veces uno se implica más de la cuenta, aunque pretenda situarse en un plano de objetividad. He de reconocer no obstante que en ocasiones hay que hacer informes duros, pero eso no obsta para que puedas llegar a comprender por qué un Alcalde puede decidir algo enm un momento determinado. A veces he llegado a decir al Alcalde que mi obligación era informar sobre la legalidad, pero que no obstante (en casos excepcionales), es probable que en su caso no hiciera caso del informe que yo mismo había suscrito. Por supuesto en esos casos asume su responsabilidad, pero debe saber que lo hace.
En un ámbito profesional en el que dada la extensión, amplitud y farragosidad de la normativa, impera sin duda un alto grado de inseguridad jurídica, convertimos el trabajo en una carrera de obstáculos a salvar, ejemplos hay muchos- La propia necesidad de control (burocracia en su sentido garantista) que la norma trata de imponer y nosotros de aplicar, hace que en ocasiones se llega a la inmovilización y parálisis político-administrativa, al bloqueo. Y nos limitamos a practicar lo que he venido en llamar 'administración defensiva' olvidando el sentido de la norma, para qué existe y por qué existe.


Asesoramiento legal
escrito por Francisco González Benito, July 29, 2008

Estoy esencialmente de acuerdo con el compañero Almonacid, pero por lo que respecta a los toros y al campo de golf, sin salirme un ápice de mi función de asesoramiento legal preceptivo, le diría a mi Alcalde lo siguiente: existe en nuestro Ordenamiento Jurídico un derecho a la objeción de conciencia que puede ser ejercido con independencia de que se haya dictado o no una regulación especifica, porque la objeción de conciencia forma parte del contenido del derecho fundamental a la libertad ideológica reconocido en el art. 16.1 C.E y, como el Tribunal Constitucional ha indicado en diversas ocasiones, la Constitución es directamente aplicable como norma, especialmente en materia de derechos fundamentales; por lo tanto no cuentes conmigo para nada en barbaries taurinas o golfistas.

La ética y la política, me parto.
escrito por Roberto, August 26, 2008

"En fin, parece que en la normativa diga “asesoramiento moral preceptivo”. No se trata de que no nos gusten los toros ni el golf (opiniones muy respetables), es que no nos corresponde emitir juicios de valor ético."

No creo que sean juicios éticos, son juicios morales, si fueran éticos los alcaldes los aceptarían sin más. Pero sin ser técnico de nada les digo, ese tipo de asesoramiento ya de por si es una ideología, una ideología que esta tipificada por ley. Pero no siempre ocurre así, si los alcaldes no tienen ni idea de leyes y quieren hacer un campo de golf, sea como sea, hay que ser preceptivo e insinuar al alcalde antes de que el problema o la proposición se produzcan los límites legales y las posibles consecuencias penales de sus actos. Eso también es técnico, democrático y a la vez preceptivo.

No enmarañemos los temas con enredos jesuíticos.
escrito por Francisco González Benito, August 28, 2008

Ya se ve que quien escribe lo de arriba no es técnico de nada, pero menos aún en Derecho ¿Donde se ha visto que las leyes tipifiquen ideologías? y ¿Donde se ha visto que la objeción de conciencia, como Derecho Fundamental reconocido en la Constitución, no sea un límite legal al ejercicio del poder público, si la Constitución es una Super-Ley?
El asesoramiento legal no tiene porque ser necesariamente incompatible con la ética, la justicia es un elemento del Derecho y cualquier asesoramiento legal puede ser tachado de ideológico.

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