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La Educación y la Ley del Embudo PDF Imprimir E-mail
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Leopoldo Tolivar Alas   
29.04.2009
ImageSe oyen voces últimamente, alguna desde muy alto, que claman por un pacto de Estado en materia educativa. Hora era en un país que no ha salido bien parado ni en el informe de la OCDE Education at a glance 2005 ni en otros muchos indicadores y estudios comparativos. Máxime cuando la educación, ante una sociedad cambiante y penetrada por culturas foráneas, presenta problemas emergentes a los que sólo puede dar respuesta una concepción educativa sólida y compartida por la mayoría de los ciudadanos, lo que significa, evidentemente, sin excluir a nadie, el acuerdo entre las dos fuerzas políticas mayoritarias en las Cortes Generales. Pero lejos de lamentar que, en poco más de un cuarto de siglo, cada partido gobernante haya aprobado contra el otro sus leyes educativas, tal parece que lo importante es que el responsable ministerial de turno, diga haber cumplido con el programa electoral llevando al BOE una ley educativa, aunque sea contra viento y marea.

Recordemos, telegraficamente, el rosario legislativo en menos de treinta años. Hasta 1980 permaneció plenamente vigente la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación. Ese año, la Ley Orgánica 5/1980, de 19 de junio, reguló el Estatuto de Centros Escolares, viéndose afectada por la Sentencia del Tribunal Constitucional de 13 de febrero de 1981 y siendo posteriormente derogada por la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, sobre la que se pronunció, en recurso previo de inconstitucionalidad la STC 77/1985, de 27 de junio. Esta última Ley Orgánica fue modificada por la registrada como 2/2006, de 3 de mayo de Educación, que, además, derogó las Leyes Orgánicas 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes y 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación. La Formación Profesional se regula por Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio y ya no hablemos de la Universidad que merece capítulo aparte aunque nada diferente del desvarío normativo sobre las enseñanzas previas.

No debiera ser tarea imposible ponerse de acuerdo sobre ciclos, plazos, contenidos, competencias y evaluaciones. Pero las tres últimas décadas se empecinan, tercamente, en demostrarnos lo contrario.

No pretendo hoy abundar en un tema al que suelen vincularse, para colmo, cuestiones identitarias, como la lengua común y las cooficiales en su función vehicular o el equilibrio entre la potenciación de los conocimientos locales y los que se refieren al conjunto de España. Querría, simplemente, reflexionar sobre cierta desigualdad entre docentes y alumnos que, por lo que me cuentan, no se sostiene. Y aunque es verdad que hemos caído –y nos estamos levantando- en el tópico del alumno intocable al que no se puede censurar ni dentro ni fuera de las aulas, al que no hay que exigirle que esfuerce la desprestigiada memoria y al que hay que promocionar aunque pierda todos los partidos, también es cierto que hay injusticias de trato que merecen ser recapacitadas y corregidas.

Hace unos días un amigo, prestigioso docente, me enseñaba un boletín de notas de uno de sus nietos que estudia no sé qué curso de alguna de esas enseñanzas que antaño se llamaban Medias. No observé ninguna cosa rara; eran unas calificaciones altas y venía anotada la observación de una falta de asistencia sin justificar en varias asignaturas. Le pregunté a mi interlocutor que por qué me las hacía ver; que ya sabía yo que la criatura estudiaba bien. Y aquí vino la explicación y el cahier de doléances de mi interlocutor.

Al parecer, aunque buenas, las notas eran algo más bajas de lo que, habitualmente, solía llevar a casa el alumno. Y la falta, única, en varias materias el arranque de la reflexión del abuelo. El chico, me decía, tuvo que ir al médico una mañana con lo que perdió cuatro horas de estudio; llevó la justificación al tutor, como mandan las reglas del centro, pero el tutor no hizo los deberes, no comunicó a sus colegas que la ausencia tenía motivo documentado y nadie le borró el baldón, tan insignificante como inmerecido. Me pareció una minucia lo que me contaba pero el sabio ascendiente no tardó en abrirme los ojos: esa falta era única y tenían que haberla eliminado pero, en el curso de su nieto había estado, legítimamente, una profesora con la baja maternal y el sustituto tardó dos semanas en llegar. Cuando se reincorporó la titular quedaba casi un mes para acabar el trimestre pero la del puerperio dio firmeza a las notas que le había dejado el sustituto que, por cierto, no había hecho ningún examen. De tales incidencias nada constaba en el boletín de notas.

Pero la cosa no se acababa ahí. En otra asignatura, una profesora padeció una fractura, estuvo legítimamente de baja y hasta que llegó alguien a cubrir transitoriamente el hueco pasaron otras dos semanas. Al retorno, otro buen lío con las calificaciones de sustituta y sustituida. De tales incidencias nada constaba en el boletín de notas.

Y siguió: otro profesor padeció una depresión y, legítimamente, dejó de ir a clase previo el papeleo oportuno. Otras dos semanas sin clase hasta que llegó el nuevo, con sus métodos pedagógicos muy diferentes y muy efímeros. Reincorporación del titular, pequeño desbarajuste de medias y lo de siempre. Pero de tales incidencias nada constaba en el boletín de notas.

En fin, en la Comunidad Autónoma donde esto sucedió hubo dos días de huelga del profesorado y las legítimas ausencias de quienes ejercieron el derecho se cubrieron a duras penas, con buena voluntad y mucha papiroflexia. De tan respetables faltas profesorales nada constaba en el boletín de notas.

Doble pregunta y termino. Las interrogantes del laureado docente eran claras: todos aquellos vaivenes, por justas que fueran sus causas originales, ¿no iban a haber repercutido en el rendimiento de los estudiantes? Y ¿por qué tanta información, inexacta además, de las faltas de los alumnos y tan atroz silencio –o agrafía- de las ausencias del profesorado? No tener en cuenta, al calificar, la primera cuestión y esconder las quiebras del principio de continuidad del servicio educativo esta mal, sin paliativos. Y lo de las faltas, ciertamente, es la ley del embudo.

Comentarios (7) >> feed
La Educación o "esa chica preciosa a la que los políticos quieren meter mano"
escrito por Francisco González Benito, April 29, 2009

La Historia de la Educación en España nos muestra con pertinaz insistencia, a una población siendo víctima de una ideología, más que a una sociedad construyendo su porvenir, a base de forjar individuos completos y ciudadanos integrales que hacen su propia Historia.
El 2º párrafo del artículista, me sugiere la imagen de una constante manipulación o manoseo del sistema educativo que cometen unos contra otros, en función de su poder político, con las leyes como herramienta.
Por no ser muy negativos y por no decir que la Historia de la Educación en España es la Historia de la No-Educación o la Historia de la Des-Educación o la Historia de un Fracaso, podemos resumirla, parafraseando a Larra, como un escenario en el que siempre hay una manada de españoles que joden a otros que son jodidos.
Durante siglos, se han visto sometidos los españoles a soportar doctrina católica (a veces más política que religiosa, pues se "enseñaba" por ejemplo: que los liberales eran malos) en Escuelas y Universidades; dedicadas estas últimas en pleno "Siglo de las Luces" a discutir si los ángeles podían transportar personas, cuando no eran cerradas por Fernando VII o veían sus Facultades transformadas en escuelas de tauromaquia; si quedó alguna en pie, como la de Lérida, no dudó en declarar: "Lejos de nosotros la funesta manía de pensar". Hoy como ayer, los españoles (y además los extranjeros que viven aquí), se ven catequizados como monaguillos, en el catalanismo, el costumbrismo localista o la doctrina del género, en vez de poder acceder a la alta Cultura y al pensamiento propio.

Antecedentes del art.56 EBEP de listas negras de mayores de 16 años separadas del servicio y despedidas perpetuas por falta de rendimiento
escrito por despedidas a perpetuidad por casarse , April 30, 2009

"Las Prerrogativas de autoorganización de la Administración y las Relaciones

especiales de sujeción libremente acordadas y aceptadas por las

maestras de Castilla La Mancha de 1923, de ser despedidas a

perpetuidad si se casan o si salen con hombres…..y bla,bla,bla,......."

Son demoledores antecedentes de los artículos 56.1.c.d, 62,68, 96

EBEP 7/2007 y concordantes del artículo 103.2.j EAC 6/2006, de exclusión

perpetua de todo empleo público (salvo los de juez, fiscal, inspector,

letrado del CGPJ –CENDOJ, funcionario CEE, ONU, por art.303 LOPJ, 44

EOMF, 28 Estatuto Funcionarios CEE) mediante juramento o promesa de

“no haber sido separadas del servicio ni despedidas jamás por nadie en

todo el mundo desde los 16 años “

Suena a chiste, pero que se lo cuenten a las despedidas por quedarse

embarazadas y a las que piden medidas de conciliación de la vida

familiar y el trabajo.

A ver si los que podáis acceder a las bases de datos y a los registros

del llamado “Consejo de Educación” de Castilla La Mancha confirmáis o

no esta perla-link. Gracias

Fuente: Google “contrato de maestras”

http://www.chistesconbuenhumor.com/index.php/contrato-de-maestras-de-1923/

http://www.insgenar.org/node/472/print


Véase como esta la Educación en España.
escrito por Francisco González Benito, April 30, 2009

El comentario anterior es un buen ejemplo del caos educativo español, yo por lo menos, ni siquiera entiendo lo que pone, para mi es como si estuviera escrito en chino, y encima parece provenir de "Maestr@s", que no deben ser precisamente como Ortega y Gasset, un MAESTRO en el erial, descendido a la "arena pública" española para hacer proselitismo de la Verdad.

Responsabilidad patrimonial del Estado por excluir injustamente de empleo público por art.56 EBEP-EAC
escrito por Interventoras, secretarias, maestras, médicas, separadas, despedidas y excluídas perpetuas , May 03, 2009

La Deuda del Estado a informar por el TCU y el Servicio de Estudios del Banco de España en favor de los millones de víctimas "paradas de larga duración y vitalicias" excluidas de empleo público 1978-2009 por art.56.1.c.d EBEP 7/2007- 103.2.j EAC 6/2006 “por haber sido separados del servicio o despedidos mayores de 16 años” se puede establecer en una primera aproximación por referencia con la indemnización unipersonal de un Opositor a Jurídico Militar excluído injustamente por enfermedad.

La STS 20-3-1996 de la Sala 3ª TS Ponente: D.Ramón Trillo Torres estima el recurso interpuesto por el opositor contra la Sentencia del TSJ de Madrid declarando nulo el acuerdo por el que el tribunal médico militar lo declaró no apto para participar en las pruebas de ingreso al Cuerpo Jurídico Militar y condena a la Administración a que en concepto de responsabilidad patrimonial abone al recurrente una indemnización por daños morales al no haber podido ejercer la abogacía durante el período de preparación de la pruebas, de CINCO MILLONES DE PESETAS de 1996.

Sería interesante conocer la opinión de las firmas juristas expertas en TSS , Función Pública,, y amigas de Espublico como Pimentel, Parada, Sosa, Garcia de Enterría y sus discípulos sobre la Responsabilidad del Estado legislador al haber mantenido vigentes y aplicadas desde 1978 a 2009 leyes franquistas de "pureza peligrosa" ( vid.B.H.Levy) mediante sanciones y exclusiones perpetuas de empleo público con listas negras "por haber sido separados del servicio o despedidos mayores de 16 años" violadoras de DDFF de millones de personas funcionarias y empleadas públicas.

Hace 71 años Azaña y Negrín, reconociendo el error de la Constitución de 1931 de consagrar las sanciones perpetuas de separación del servicio de Tribunales Honor, y de abolir en la misma los Tribunales de Honor manteniendo sus sanciones , procedimientos y espíritu inquisitoriales, abolieron con un decreto ley de 1938 sus propias leyes de depuración de funcionarios y de "defensa de la República" utilizadas para separar de servicio a Ortega, Marañón,...y cientos de profesores que se negaron a acompañar al Gobierno a Valencia en 1937.Readmitieron a los separados pero no les indemnizaron ni pagaron los atrasos.No había dinero.

leer "Rehabilitación de separados: la magnanimidad de la República"

http://hemerotecapaginas.lavanguardia.es/LVE07/HEM/1938/12/25/LVG19381225-003.pdf

Por ello, el Gobierno debería desatascar el TC colapsado,con un decreto ley de limpieza del bloque del art.56 EBEP-EAC y resto de cientos de leyes de sanciones perpetuas franquistas vigentes del Ordenamiento que aniquilan los Ayuntamientos,otras AAPP y Universidades, y contravienen los art.152.2 y 38.4 del TRRL que admiten la rehabilitación de funcionarios locales separados de servicio no a perpetuidad, diciendo:

"Los funcionarios de Administración Local PODRAN SER REHABILITADOS cuando hayan sido separados del servicio por sanción disciplinaria, acreditando la cancelación de antecedentes penales, en su caso, el cumplimiento de las responsabilidades en que hubieran incurrido y que observen conducta que les haga acreedores de dicho beneficio a juicio de la autoridad que deba decidir"

"La pérdida de la condición de funcionario, prevista por los apartados c/ y d/ (separación de servicio e inhabilitación absoluta y especial) del número 1 tiene carácter definitivo , SIN PERJUICIO DE LOS SUPUESTOS DE REHABILITACION"

Por qué los Sindicatos de Administraciones Locales, Autonómicas y Estatales consintieron que el EBEP contraviniese esos artículos del TRRL que refuerzan la integridad de las interventoras, secretarias. médicas y maestras locales ante las presiones políticas del tipo "o haces lo que te digo o te separo de servicio o te despido a perpetuidad y luego recurre y revienta ", como Ibsen en 1882 nos contó en "Un enemigo del pueblo" sobre las peripecias del doctor Tomás Stockman y su hija Petra la maestra, frente a las presiones de su hermano y tío el alcalde Pedro Stockman para silenciar que las aguas del baneario estaban contaminadas por la curtidora de su propiedad que daban empleo y turismo al pueblo, pudiendo perderlo todo si alertaban o si callaban.
¡¡¡¡Eso sí que es Educación y Ley del Embudo!!!!

...
escrito por Francisco González Benito, May 04, 2009

Todas estas señoras que escriben de forma tan desordenada y tumultuosa, deben de llevar algo de razón en lo que dicen, pero se explican tan mal que cuesta trabajo que se la den. Despúes de leer vuestro crispado alegato, permitid que os haga unas preguntas de buena fe:

1ª) ¿Realmente son millones las empleadas públicas separadas o despedidas a perpetuidad?

2ª) ¿Por qué no os juntais con los empleados públicos separados o despedidos a perpetuidad, y así seríais más del doble, a la hora de reivindicar vuestros derechos fundamentales, si estuvieran siendo vulnerados?

3ª) ¿Tod@s l@s emplead@s públic@s separad@s o despedid@s en este país, lo han sido por motivos de purga ideológica o sexual? Porque hay muchos funcionarios que incumplen sus obligaciones y cometen delitos, por lo que yo he visto, y en este caso:

4ª) ¿No os parece que no deberían entrar otra vez al servicio público, y que eso no debe ser considerado como una sanción perpetua, sino más bien una medida de seguridad general o de prevención social del delito(aplicable también a los políticos), igual que vosotras no vais a dejar entrar en vuestra casa al violador de vuestra hija, por mucho que haya cumplido ya su condena?


¿31 años de Transición 1978-2009 sin Justicia Moderna ni Hoja de Ruta ?
escrito por Hoja de Ruta para la Modernización de la Justicia HRMJ 1978-2009, May 07, 2009

http://195.55.151.26/hojaRutaModernizacionJusticia.pdf

una de cada cuatro personas funcionarias sufre acoso laboral continuado
escrito por acosadas perpetuas, May 08, 2009

http://www.expansion.com/2009/04/24/funcion-publica/1240556021.html

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