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La sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ha emitido un auto mediante el que suspende cautelarmente el acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo de la Conselleria de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana que aprobaba la homologación modificativa y Plan Parcial del sector "Pinaret", en el término de Ador (Valencia), por considerar que el suministro de agua no estaba asegurado. Este plan fue recurrido por la Confederación Hidrográfica del Júcar, que emitió un informe negativo por considerar que los datos aportados por la empresa promotora no permitían emitir un dictamen, de hecho, el Tribunal ha considerado que el informe facilitado por la empresa responsable del PAI «es manifiestamente insuficiente y omite todos los datos esenciales» (como la titularidad de los pozos, la disponibilidad presente o futura de agua, su calidad, la necesidad o no de tratamiento y la exigencia o no de infraestructuras).
El auto indica que «la Sala entiende como principio que la empresa que propone un instrumento de planeamiento debe acreditar prima facie que cuenta con recursos hídricos para dicho plan», y advierte que sin esa acreditación «podemos encontrarnos en un futuro que se haga una urbanización y no cuente con agua». Además, el tribunal dictamina que «las Administraciones tienen el deber de exigir, y las entidades colaboradoras o empresas deben emitir informe razonado sobre la existencia de agua, tipo, calidad, disponibilidad presente o futura, necesidad o no de tratamiento y obras de infraestructura necesarias», todo ello conforme a la legislación estatal y autonómica, concluyendo que puesto que el informe del Organismo de cuenca es vinculante para las normas de planeamiento, «bastará el informe negativo para la suspensión automática». Esta Decisión judicial podría afectar a varios planes urbanísticos aprobados por la Generalitat Valenciana y recurridos a su vez por la Confederación y la Delegación del Gobierno, entre ellos el denominado «Manhattan de Cullera» (35 rascacielos en la desembocadura del Júcar) y el plan de Porxinos en Riba-roja (construcción de 2.700 viviendas junto a la ciudad deportiva del Valencia CF). A mi entender se trata de una decisión importante, y creo que necesaria vista la situación urbanística que se está viviendo en nuestro país donde en los últimos años hemos asistido al empuje de un urbanismo desenfrenado. Parece que esta decisión judicial se encuadra dentro de lo que podría ser una toma de conciencia sobre las limitaciones del modelo adoptado hasta ahora y la necesidad de modificar la manera en que se está urbanizando; dejando de lado el desarrollismo desordenado y avanzando hacia un desarrollo más sostenible y respetuoso con el medio ambiente.
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