Europa critica y España diversifica

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Europa critica y España diversificaEl día 11 de febrero de 2009 la Comisión de Peticiones aprobó por amplia mayoría (24 votos a favor, 11 en contra y 1 abstención) el llamado Informe Auken sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos individuales de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del Derecho comunitario asunto 2008/2248(INI)]. Algunos pensarán que Europa nos mira mal y, desde luego, no parece que su percepción de lo urbanístico en España sea muy positiva. Lucen en el texto del Informe propuestas y términos tan polémicos en nuestro país como “moratoria”, “profunda revisión de toda la legislación que afecta a los derechos de los propietarios particulares de bienes”, “criterios rigurosos de sostenibilidad medioambiental y responsabilidad social”, “urbanización masiva e insostenible”, “interrumpir la provisión de fondos estructurales”, “estipular correcciones en los proyectos receptores de fondos” o “poderes con frecuencia excesivos otorgados a los urbanistas y promotores inmobiliarios por parte de determinadas autoridades locales”. Casi nada. Una apuesta por suprimir el actual modelo, aunque no quede nada claro por qué otro modelo se apuesta.

El Informe Auken surge, según se afirma en él, como resultado de decenas de miles de quejas de propietarios de viviendas del litoral levantino, fundamentalmente, algunos de las cuales las han visto arrasadas –integradas en el proceso de transformación urbanística por urbanizador y no por compensación– por el tsunami urbanizador. No surge de la anda. Ya antes del Informe Auken, todavía pendiente de votación en el pleno del Parlamento Europeo, se han aprobado la Resolución del Parlamento, de 21 de junio de 2007, sobre los resultados de la misión de investigación en las comunidades autónomas de Andalucía, Valencia y Madrid, en nombre de la Comisión de Peticiones (DOCE, serie C, número 146 E, de 12 de junio de 2008, p. 340) y la Resolución, de 13 de diciembre de 2005, sobre los presuntos abusos de la Ley del Suelo valenciana o Ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU) y sus repercusiones en los ciudadanos europeos (peticiones 609/2003, 732/2003, 985/2002, 111272002, 107/2004 y otras) (DOCE, serie C, número 286 E, de 23 de noviembre de 2006, p. 225).

Pero no es el Parlamento Europeo la única institución europea beligerante con la normativa y la práctica urbanística levantina. También la Comisión Europea, primero con la Ley valenciana reguladora de la actividad urbanística aprobada en las postrimerías del último gobierno socialista de la Comunidad Valenciana, hasta el momento; y luego, de manera muy incisiva, contra la complejísima Ley 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana (267 artículos, 9 disposiciones adicionales, 5 disposiciones transitorias, 2 disposiciones derogatorias y 3 disposiciones finales) y el no menos complicado Decreto 67/2006, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación y gestión territorial y urbanística (587 artículos y un complejo Anexo, sin incluir la disciplina urbanística). Pese a la presión estatal y el intento de la Generalitat de lograr el beneplácito de la Comisión mediante una peculiar tramitación parlamentaria, en la que se forzó in extremis y a su instancia la modificación de una parte sustancial del texto que ella misma había aprobado y sometido al trámite parlamentario, la Comisión formuló demanda contra el Estado español el 10 de julio de 2008, centrada en la Ley de 1994 ya derogada y especialmente en las dos últimas normas citadas. Y ahí seguimos, demandados.

Lo curioso es que el problema, visto desde nuestro país, no parece depender de colores políticos. La coherencia no es una virtud que adorne a los partidos políticos al afrontar la regulación del urbanismo en el Estado autonómico. La confusión es extrema. El mismo Partido Popular que en la Comunidad Valenciana impulsa, mantiene y refuerza la figura del urbanizador como instrumento esencial de gestión urbanística excluyendo el tradicional sistema de compensación, vinculado a la propiedad, lo excluye taxativamente en Madrid, que apuesta decididamente por la propiedad y el sistema de compensación (entre otros). El mismo Partido Socialista que apostó en la Comunidad Valenciana o Castilla-La Mancha por el urbanizador como gestor urbanístico, evitó optar taxativamente por él en Comunidades como Andalucía, Extremadura, el Principado de Asturias o, más recientemente, Galicia y Cataluña y lo frenó, imponiendo como alternativa la compensación, en el País Vasco. Fue, por cierto, en el País Vasco donde Ezker Batua-Berdeak impulsó decididamente al urbanizador como gestor indirecto de la ejecución del planeamiento, con exclusión de la compensación, mientras que Izquierda Unida lo combatía y combate a sangre y fuego en el Parlamento Europeo, o en Comunidades Autónomas como Aragón, como fuente de todos los males y prácticas especulativas (como si la especulación o los abusos sobre propietarios minoritarios en procesos reparcelatorios o de compensación no hubieran existido nunca antes). Confusión extrema, casi caos y detrás, a la postre, defensa de posiciones ganadas, del statu quo, pragmático inmovilismo. Allí donde las cosas vienen funcionando de una determinada manera, sea cual sea y aunque sólo sean un puñado los beneficiados y muchos los perjudicados, nada parece poderse cambiar.

Auken pide al Gobierno de España y de las Comunidades Autónomas implicadas una profunda revisión de toda la legislación que afecta a los derechos de los propietarios particulares de bienes, a las autoridades regionales que declaren una moratoria de todos los planes urbanísticos nuevos que no respetan los criterios rigurosos de sostenibilidad medioambiental y de responsabilidad social; que detengan y anulen todos los desarrollos urbanísticos que no han respetado o aplicado los criterios establecidos por el derecho comunitario, en especial por lo que se refiere a la adjudicación de contratos urbanísticos y al cumplimiento de las disposiciones en materia de agua y medio ambiente; pone en tela de juicio los métodos de designación de los agentes urbanizadores y los poderes con frecuencia excesivos otorgados a los urbanistas y promotores inmobiliarios por parte de determinadas autoridades locales; y propone a las instituciones europeas la suspensión de la dotación de fondos estructurales y de cohesión.

El Informe Auken va a la mayor, abunda en un tema tratado y plantea medidas contundentes. ¿Tan puro es el urbanismo del resto de Europa? ¿Tan español y sólo español es el urbanismo depredador que tan duramente se critica? Italia y Francia han sido ya condenadas por determinadas normativas y prácticas urbanísticas por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, España todavía no. Pero el debate continúa. Mientras, el urbanismo y los urbanistas desesperan, muchos ciudadanos y no pocos ciudades y pueblos esperan el final de la gresca académica e institucional. A la vista de extremos conceptuales como los que lucen en la normativa de Madrid, en la lógica de la propiedad, o Comunidad Valenciana, en la del empresario urbanizador, no parece posible un acuerdo razonable. El Estado, por su parte, poco más de lo ya hecho puede hacer en el estrecho margen delimitado por la jurisprudencia constitucional.

Algo similar a lo apuntado ocurre, por lo demás, con la configuración legal que unas y otras Comunidades realizan de la autonomía local en su proyección sobre el urbanismo. Tampoco la política o el ideario parecen resultar decisivos, aunque las normas más restrictivas, tal y como puede comprobarse en los boletines oficiales, lucen vigentes y no cuestionadas constitucionalmente en los diarios oficiales de Comunidades Autónomas gobernadas por el Partido Popular. Pero éste es otro tema, y otro comentario.

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