Los salarios y las Relaciones de Puestos de Trabajo

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Los salarios y las Relaciones de Puestos de Trabajo

He podido leer en El Periódico Mediterráneo una noticia bastante interesante, no por la noticia en sí sino por el contenido de la misma, ya que el pasado 27 de junio se celebraron en la Universitat Jaime I de Castellón las I Jornadas de Administración Local donde se discutió sobre cuestiones fundamentales relacionadas con el desarrollo del nuevo Estatuto Básico del Empleado Público, la conveniencia de crear Relaciones de Puestos de Trabajos, etc. Estas jornadas, organizadas por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, contaron con un gran éxito de asistencia y además de participación.

En primer lugar, se debatió por los Delegados de personal de toda la provincia que asistieron a dichas jornadas la aplicación inmediata de determinados aspectos de la nueva Ley 7/2007 del Empleado Público, y la necesidad de que esta Ley sea desarrollada mediante una producción normativa específica para cada una de las comunidades autónomas. Según Federico Torrella Torres se prevé que la nueva Ley de Función Pública Valenciana sea “un texto fundamental a la hora de mejorar los aspectos que van a afectar tanto al personal de la Administración, como a los ciudadanos que utilizan esos medios públicos”.

También destacó en estas jornadas como un tema fundamental las Relaciones de Puestos de Trabajo y Negociación. Se ha podido constatar que la realidad salarial que se produce en el personal de la Administración en las distintas localidades de la provincia de Castellón es tan singular, que genera peculiaridades específicas y, en algunos casos, significativos agravios comparativos. Según afirma el Coordinador del Sector de Administración Local de CSI-CSIF (afirmación que supongo que todos compartimos) “Es inconcebible que empleados públicos que desempeñan un puesto de trabajo similar perciban sustanciales diferencias salariales en función de la localidad en la que desempeñen su trabajo”.

Y además “esto es así porque la autonomía municipal ha generado en este sentido que, en cada localidad, más allá del tamaño de la población, se negocie en función de los intereses específicos de los distintos grupos de presión que en ese Ayuntamiento existieran, tanto a nivel político y sindical como de colectivos determinados de trabajadores, generando de esta forma esas diferencias significativas en los distintos complementos (de destino, específicos, etc) en función de quien tiene mayor peso dentro de esa corporación”. Para CSI-CSIF esta no es la forma de negociar, ya que ellos parten de un estudio previo de todos los puestos de trabajo, atribuyendo una puntuación en función de las distintas variables aplicables que integran los distintos complementos.

Para la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, es responsabilidad tanto de los políticos, como de los sindicatos (y también de los empleados públicos) afrontar las negociaciones, tanto salariales como de mejoras laborales, desde un punto de vista objetivo. Y para ello, es imprescindible la existencia en todos los ayuntamientos, con independencia de su tamaño, de una Relación de Puestos de Trabajo que permita una valoración lo más objetiva posible de las distintas tareas y funciones que realizan los empleados públicos y una retribución homologable en cualquier ayuntamiento. En este sentido, consideran que será fundamental el desarrollo que tenga el mencionado desarrollo normativo del Nuevo Estatuto Básico.

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