Segregaciones y entidades locales menores

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Mucho hemos defendido algunos la conveniencia de fomentar la fusión de Municipios. Garantizar una prestación de servicios públicos de calidad o evitar que se incremente la brecha de la desigualdad por el lugar de residencia han sido, entre otros, argumentos que invocábamos al reclamar que las Comunidades autónomas afrontaran su responsabilidad de ordenación del territorio. Sin embargo, a pesar de indicar la conveniencia de seguir esa dirección hacia un horizonte con Ayuntamientos de cierta entidad, la realidad nos muestra cómo se camina en sentido contrario. En lugar de fusionarse Municipios, hay pueblos que luchan por conseguir la separación administrativa y alzar la bandera de contar con una propia autoridad.

La prueba la tenemos en el Registro de Entidades Locales que recoge el acta de nacimiento de nuevos Municipios. En los últimos cinco años, diez. Hace unas semanas: Pueblonuevo de Miramontes en Cáceres; y Serrato y Montecorvo en Málaga. Todos ellos cuentan con una contenida población, inferior a mil vecinos.

Tal número es, a mi juicio, significativo, máxime cuando por un lado, también los Tribunales nos enseñan en sus sentencias tensiones en localidades que disputan por la segregación (por ejemplo, la del Supremo de 28 de enero de 2013, que confirma la denegación de la solicitud de segregación del barrio de Benimamet del Municipio de Valencia); y, por otro, se siguen tramitando otros muchos procedimientos de alteración territorial.

A mi entender, resulta dificultoso que pequeñas localidades con escasos recursos puedan sustentar una Administración que garantice una óptima prestación de servicios y afronte el ejercicio de otras competencias que reclamen sus vecinos. Pero si los servicios se ofrecen por las mancomunidades o es la Comunidad autónoma la que fomenta la cultura u otros servicios sociales, ¿qué hacen esos Corporativos?

Por el contrario, sí considero beneficioso que en los pueblos que han contado con una propia administración, las conocidas como pedanías u otras tradicionales denominaciones, y que han tratado de conservar los montes, mantener la limpieza de los caminos, asistir por su cercanía a las necesidades de los vecinos… se apoye su subsistencia. Y, de nuevo, la realidad vuelve a contradecir este comentario porque, como es bien sabido, la última reforma de la legislación local ha tratado de suprimir, ha intentado “matar” la corporeidad de la personalidad jurídica de las entidades locales menores. Una previsión que generará nuevos conflictos porque tales intereses propios del pueblo siguen palpitando.

La supervivencia y actuación de las Entidades locales menores suscita muchos problemas. Hace unos días, la Facultad de Derecho de la Universidad de León acogió la defensa de la tesis doctoral de una competente funcionaria local, Virginia Losa, que precisamente llama la atención sobre los mismos. Un estudio en el que, tras bucear en la historia, ha analizado el régimen jurídico de estas Entidades locales, de manera especial, en la Comunidad autónoma de Castilla y León.

Deberían las autoridades leer tales páginas para advertir la riqueza de situaciones que se presentan en las pequeñas y vivas localidades. Quizás se advirtiera la trascendencia de su cuidado, la necesidad de facilitar a estos pueblos medios personales para una adecuada gestión administrativa, para la llevanza de sus cuentas, para la conservación de los espacios y el asentamiento de nuevos vecinos. Quizás si se cuidaran los pueblos disminuirían las tensiones segregacionistas de crear nuevos Ayuntamientos.

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