¿Un nuevo Fuenteovejuna?

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Leo noticias de que en Lantadilla –un pequeño pueblo de 305 habitantes en el norte de Palencia, perteneciente a la Tierra de Campos– han dimitido todos los Concejales, de todo signo político. Además los suplentes de las listas electorales se niegan a tomar posesión del cargo. ¿Y cuál es el motivo del abandono municipal que obliga a constituir una gestora? Según la prensa, que “no aguantan” a la Secretaria.

Cuentan las crónicas que, aparte el abandono administrativo de Alcaldesa, Concejales y suplentes, en el pueblo existe un clima de unánime repulsa hacia la funcionaria, a quien se culpa de haber llevado al Ayuntamiento a la ruina y a la parálisis administrativa.

Ante esta perspectiva la reacción lógica es pensar que “todo el pueblo no puede estar equivocado”, por lo que no es lógico que se pueda llegar a esta situación. Pero conviene rebuscar en la noticia antes de sacar conclusiones.

En contra de la Secretaria cabe citar las siguientes razones:

  • Según las informaciones de prensa no cumple con su horario de trabajo.
  • Dejó de presentar las cuentas al Tribunal de Cuentas, lo que llevó a la suspensión en el cobro de subvenciones, con unas pérdidas para el Ayuntamiento que se cifran en más de 200.000 euros.
  • Por el contrario, mientras ha durado su suspensión de funciones, en virtud de la sanción ahora anulada por los Tribunales, el Ayuntamiento ha pasado del déficit a tener más de 200.000 € de superávit.
  • En su atención a los vecinos y miembros de la Corporación se producen quejas, por utilizar “malos modos”, lo que contravendría el derecho obligación del artículo 13.e de la LPACAP de ser tratados con respeto y deferencia.
  • En la vida administrativa del Ayuntamiento provoca un retraso generalizado en la tramitación de los expedientes.
  • El sistema sancionador es sumamente garantista, lo que dificulta en ocasiones sancionar adecuadamente conductas incorrectas.

En favor de ella han de tenerse en cuenta los siguientes motivos:

  • La Justica le ha dado la razón y ha anulado las sanciones y suspensión de funciones impuestas.
  • Si es responsable de incumplimientos tan graves como para “paralizar” el Ayuntamiento y “llevar a la ruina” al mismo, se le podrá sancionar o incapacitar para el cargo por su incompetencia, pero debe hacerse con arreglo a la legalidad vigente y con respecto de las garantías de defensa que la Ley otorga a los ciudadanos.
  • Los retrasos en tramitación de expedientes o en rendición de cuentas pueden ser responsabilidad del funcionario, pero también de quien permite que se llegue a tal situación. Dejar de presentar las cuentas un ejercicio, puede ser responsabilidad de la funcionaria, pero llegar a cuatro años consecutivos, supone también falta de control del Alcalde o del Tribunal de Cuentas si no hubo requerimientos al respecto.

En resumidas cuentas, las reseñas de prensa nos pueden permitir pasar un rato entretenido, asombrándonos de hasta donde se puede llegar, y dándonos material para aportar en la próxima tertulia a la que asistamos, pero no arece fundamento para iniciar cambios legislativos.

Lo que sí parece que deben tomarse medidas es para instruir adecuadamente los expedientes sancionadores…

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