3. Por consiguiente, no es necesario que a estas alturas se tenga que decir que es imperativo cambiar el sistema electoral para a) preservar la unidad de España. Y b) permitir la gobernabilidad de un país en descomposición.

Si bien el sistema actual es el que se deriva de la LOREG, Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que en un momento determinado pudo tener su importancia o incluso necesidad por la historia reciente de la que veníamos, tras 40 años de experiencia, hora es ya salir del enriscamiento en el que nos hemos metido.

4. Es necesario, imprescindible, disponer de un sistema que favorezca la gobernabilidad lo cual no equivale a concluir que se trate de un sistema menos democrático. O lo que es lo mismo, se precisaría un sistema mayoritario como el británico (quien gana la circunscripción se queda todo) o de doble vuelta como el francés (el pacto lo hace el ciudadano elector), nada sospechosos de facciosidad, estableciéndose además porcentajes mínimos de votos (a nivel de todo el Estado) para disponer de representación parlamentaria. Cualquiera de los dos, podrían y deberían ser discutidos. Cierto que se quedarían al margen partidos minoritarios y nacionalistas. Pero eso es lo que ocurre en Gran Bretaña, la democracia más antigua del mundo. O la francesa, como decimos, no sospechosas precisamente de ser antidemocráticas. O bien, finalmente establecer un sistema de bonus en el que al ganador se le suman equis escaños.

Este sistema sería, por supuesto, aplicable a los Ayuntamientos y CCAA. Sistema de doble vuelta. El ciudadano es el que decide quién gobernará. Se evitarán pactos raros y contra natura.

5. Se debe reflexionar acerca de la necesidad de prohibir partidos que pretendan establecer regímenes autoritarios y partidos que tengan en su ideario deshacer el Estado, o sea, separarse del mismo. Caso de Alemania, cuya constitución prohíbe partidos nazis, partidos comunistas o partidos que pretendan desintegrar la Federación. Se prohíben los partidos que pretendan socavar o abolir el orden democrático libre o poner en peligro la existencia de la República Federal «Los partidos que por sus fines o por el comportamiento de sus adherentes tiendan a desvirtuar o eliminar el régimen fundamental de libertad y democracia, o a poner en peligro la existencia de la República Federal de Alemania, son inconstitucionales». El Tribunal Constitucional alemán ha establecido como requisitos para la ilegalización de partidos:

-Que exista una amenaza activa a los principios democráticos fundamentales, es decir, sisus objetivos o el comportamiento de sus miembros buscan activamente socavar o abolir el orden democrático librede Alemania. Esto incluye atacar principios como la soberanía popular, el Estado de derecho, la separación de poderes, los derechos fundamentales o la igualdad.

-Acción concreta, no solo ideas:  No basta con que un partido tenga ideas antidemocráticas; debe haber evidencia de que está tomando medidas activas y planificadas para subvertir el orden democrático. Esto implica que la mera expresión de opiniones, aunque extremistas, no es suficiente para justificar una prohibición.

-Capacidad real de amenaza: El partido debe representar un peligro concreto para el orden democrático. Esto significa que debe tener cierta relevancia o capacidad para influir en la política o la sociedad, no solo ser un grupo marginal sin impacto.

-Incompatibilidad con la Constitución. Los objetivos del partido deben ser claramente contrarios a los valores fundamentales de la Constitución alemana.

Tenemos reputados constitucionalistas que podrían estudiar la cuestión, con toda seguridad ya lo han hecho.

Y a propósito de quién pueda o deba participar en las instituciones hay que tener en cuenta que una cosa es el respeto a las minorías, cuestión imprescindible, y otra muy distinta es que las minorías, que por otra parte no respetan la constitución, bloqueen y condicionen decisivamente al sentir mayoritario.

Pues bien, no sólo no hay atisbo alguno de cambio a positivo. Los mentideros apuntan a que el partido ahora en el gobierno pretende cambiar el sistema, pero -desde mi punto de vista-, para empeorar las cosas: se pretende que en las pequeñas provincias en las que sólo hay tres escaños a repartir, se reduzcan a dos. Por el sistema D’Hondt el resultado sería en unas trece provincias en vez de un 2-1, un 1-1. Efectivamente, cualquier situación desesperada es susceptible de empeorar.

Finalmente. Y a propósito de quién debiera o no participar en las elecciones, recordemos la reflexión de Karl Popper sobre la tolerancia:

«Tenemos, pues, que reclamar, en nombre de la tolerancia, el derecho a no tolerar la intolerancia» dado que «la tolerancia ilimitada conduce a la desaparición de la tolerancia…»

Es en cierto modo una paradoja, ser tolerante con todo salvo con la intolerancia. Tolerar absolutamente todo de algún modo significaría o significa también tolerar a quienes limitan las libertades de los demás con discursos destructores del Estado, homofóbicos, xenofóbicos o racistas deberían admitirse sin límites. Todos estaríamos de acuerdo que, en efecto, esto sería inadmisible. Sin embargo, esta paradoja implica establecer límites en la libertad… El problema es ¿quién decide el límite de esta tolerancia a la intolerancia? ¿Dónde se establece el sistema de intolerancia frente a los intolerantes? ¿Todas las ideas “intolerantes” deberían ser censuradas? (Ver más en  https://www.freiheit.org/es/mexico/los-limites-de-la-tolerancia-la-paradoja-de-popper#:~:text=En%20el%20D%C3%ADa%20Internacional%20de,ser%20intolerante%20con%20la%20intol.)

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