La Junta Superior de Contratación Administrativa de la Generalitat Valenciana ha emitido el informe 4/2025 de 29 de julio acerca de «Actuaciones preparatorias previas a la ejecución material de las obras que implican certificación a cero euros durante ese periodo».
El informe comienza informando de la fecha en que el organismo público le ha remitido la consulta lo que es de agradecer para valorar la eficiencia en cuanto a plazo de respuesta, lo que se nota a faltar en la emisión de informes de otras Juntas Consultivas. El documento publicado en internet puede considerarse documento electrónico, firmado electrónicamente y fechado, acreditando su autenticidad e integridad.
En el caso que nos ocupa la consulta tuvo entrada el 5 de junio, es decir, que aproximadamente en un mes y medio el Ayuntamiento solicitante tenía respuesta a la cuestión jurídica de carácter general que planteó.
El Ayuntamiento consultante quiere conocer la opinión sobre la emisión de certificaciones de obra a precio cero debido a que en el período mensual correspondiente ha habido por parte del contratista actuaciones organizativas o de otro tipo sin que ello suponga afectación al ritmo de las obras y a la ejecución temporal de la misma.
La Junta valenciana en un claro y breve informe considera que:
«Es esencial para la resolución de la consulta afirmar que es la Administración la obligada a expedir las certificaciones de obra, y para ello dispone de un plazo preclusivo y esta obligación surge tanto si se han realizado trabajos como si no. En este último caso surgen las certificaciones a cero.
El supuesto que plantea el Ayuntamiento consultante es común en todo tipo de obras y podríamos denominarlo “organización de la obra“ por el contratista. Esta organización comprende una serie de actuaciones previas a la ejecución material y que en nada significa que ésta esté paralizada.
Así, estas actuaciones de organización suelen comprender (sin ser una relación exhaustiva):
- Validación o restructuración de la planificación de las obras.
- Instalaciones auxiliares de obra: oficinas, comedores, almacenes y servicios temporales.
- Apertura de centro de trabajo.
- Control de calidad: catas, ensayos de materiales, etc.
- Tramitación y obtención de permisos y licencias.
- Implantación y montaje de medios: grúas, silos, zona de acopios, punto limpio, etc.
- Trabajos de replanteo.
- Contratación y acometidas de suministros de energía y agua para la obra.
- Vallado y accesos a la obra ».
La conclusión primera de la Junta es: «PRIMERA. – Por tanto, esta Junta no puede más que concluir que la certificación que debe emitir mensualmente la Administración a cero, por estas actuaciones preparatorias y de organización de la obra, en modo alguno supone suspensión o paralización de la ejecución material de la misma. Son intrínsecas al contrato de obras algunas de ellos contempladas en el proyecto».






