La contrarreforma laboral de 2012 (I)

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Pues ya tenemos aquí la no por no anunciada en toda su extensión igualmente esperada reforma laboral que, por las reacciones desatadas en todos los sectores –unos poniendo el grito en el cielo y otros a punto de hacerle la ola– pareciera la madre de todas la reformas, aunque yo creo -seguramente lo he oído en alguna parte– que se trata de una contrarreforma laboral.Y creo que se trata de una contrarreforma laboral porque, al menos desde la constitución de 1.978, las numerosas reformas laborales se han orientado hacia el reforzamiento de la posición de los trabajadores y de la conquista de derechos sociales y laborales (conciliación de la vida familiar; fomento de la contratación indefinida; establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible; protección por desempleo; fomento de la estabilidad en el empleo; protección de las víctimas de violencia de género; igualdad efectiva entre hombres y mujeres, reforma de la negociación colectiva, etc.…), mientras que las medidas del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral parece ir en sentido contrario debilitando la condición del trabajador (revisión del convenio durante su vigencia; posibilidad de descuelgue en materia salarial y en otras; duración máxima del convenio colectivo de 2 años; la modificación sustancial de las condiciones de trabajo se hace depender de causas más abstractas relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa; suspensión del contrato y reducción de jornada por causas económicas; presunción de procedencia del despido; abaratamiento del despido, etc.…)

La propia presidenta de la Comunidad de Madrid Dª. Esperanza Aguirre, tras mostrar el pasado día 13 de febrero su apoyo a la reforma laboral después de su valoración, quizás consciente de su transcendencia, afirmó que «acaba con el marco franquista que ha convertido a España en campeona mundial del desempleo».

No dudo de que la reforma laboral de 2012, pendiente de tramitación parlamentaria, pretende atajar el problema los casi cinco millones de parados de nuestro país, pero no tengo claro que la solución pase por reducir sensiblemente los derechos de los trabajadores que, guste o no, siempre se encuentran en una posición debilitada frente al empresario, o por el abaratamiento del despido  – abaratamiento que nadie pone en duda que sea una de las estrellas de la reforma y que el propio gobierno reconoce en  la memoria justificativa y económica del texto normativo al afirmarse en ella, según informa Europa Press, que «la generalización de la indemnización del contrato de fomento de la contratación indefinida, es decir, 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente, con un máximo de 24 mensualidades reducirá significativamente el coste de despido, aunque el objetivo esencial de la reforma es reconducir la mayor parte de los despidos hacia los despidos colectivos y objetivos procedentes (de 20 días)»,

Me cuesta creer que el desplome de la industria del ladrillo en España ha tenido como principal factor desencadenante o coadyuvante como se prefiera el coste del despido de los trabajadores de la construcción.

Es muy pronto para hacer una valoración de la contrarreforma laboral de 2012 que, por otra parte, podría sufrir alguna modificación en sede parlamentaria aunque es muy dudoso que suceda a la vista de la postura de la Empleo y Seguridad Social Dª Fátima Báñez, y analizar el texto normativo requiere un estudio pormenorizado, pero, así a bote pronto, es sospechoso el alborozo con que ha sido recibida por la clase empresarial.

Sin ir más lejos el pasado 15 de febrero el presidente del CEOE D. Juan Rosell, y el de Cepyme D. Jesús Terciado, pletóricos antes de una rueda de prensa tras la junta directiva de la patronal en la que se evaluó la reforma, se reían de tal manera que el presidente de la CEOE, pillado por un micrófono abierto, reclamaba al de Cepyme estar «serios, muy serios, que si no…».

El mismo presidente de la CEOE que ha declarado en tono agradecido que el gobierno ha cogido el toro por los cuernos al abordar esta reforma laboral, aunque admite que la reforma no va a crear empleo por decreto.

Y ya inmersos en este clima de euforia, el presidente de la Comisión de Economía y Política Financiera de la patronal CEOE, D. José Luis Feito, se ha lanzado a abordar cuestiones eludidas por la reforma como el subsidio de desempleo y abogar porque sea retirado al beneficiario en cuanto no acepte la primera oferta de empleo, ya que, según afirmaba, en el resto de países europeos es inconcebible que los desempleados cobren paro si han recibido una oferta de trabajo que deben aceptar aunque sea en Laponia», aunque la normativa laboral española establece que los trabajadores en paro que reciban prestación no pueden rechazar empleos salvo causa justificada, si bien no se define el concepto de causa justificada.

Olvida el Sr. Feito que el estudio publicado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) titulado “Requisitos para la prestación por desempleo, indicadores cuantitativos para países de la OCDE y de la Unión Europea”, pone de manifiesto que España, por lo que se refiere a las condiciones que exige para mantener la prestación por desempleo, no es de lo más rigurosos a la hora de retirar el subsidio  —grupo encabezado por Noruega, Alemania y Dinamarca— ni entre los más flexibles —entre los que destacan Corea, Bélgica y Estados Unidos

Así mismo ha defendido que eliminar puestos de trabajo en las Administraciones no generará más paro, pues liberará fondos públicos para pagar a proveedores y que éstas puedan volver a contratar.

Pero, posiblemente, sea más efectivo que las administraciones públicas salde su deuda con proveedores y contratistas que se estima, según las principales organizaciones de proveedores de las Administraciones públicas, que se eleva a unos 40.000 millones de euros y se obliguen de una santa vez a cumplir los plazos fijados por el legislado para abonar los contratos adjudicados. Habrá que ver cual el resultado de la aplicación del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, por el que se determinan obligaciones de información y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

Sin embargo, es curioso que a pesar de las reformas que ha puesto en marcha el gobierno español en el corto espacio de tiempo que lleva en el poder, entre las que se encuentra la reforma laboral – cronológicamente la última –, y que no serán las últimas como ya ha advertido el presidente D. Mariano Rajoy, ha bastado el levantamiento el 15 de febrero por la Comisión Nacional del Mercado de Valores de la prohibición impuesta el 11 de agosto de 2011 de vender en corto o en descubierto, es decir, sin la propiedad de los títulos -que se toman prestados-, con la expectativa de que su cotización baje, con la consiguiente ganancia por la diferencia, para que, al día siguiente, los especuladores se hayan merendado 6.000 millones de los bancos e hicieran bajar el Ibex 35 el 2.10 % .

Este último dato hace planear la duda de si la reforma laboral es realmente una exigencia de los mercados para salir de la crisis o si se trata de aprovechar que el Pisuerga pasa por Valladolid e introducir en la legislación laboral viejas reivindicaciones.

Pero esto es lo que hay, como ya he comentado anteriormente poca variación va a experimentar la reforma en la tramitación parlamentaria, así deseémosle buena suerte y que coadyuve a reducir la lacra del desempleo.

El tiempo dirá quién tiene razón Luis de Guindos que ha calificado la reforma de agresiva o  Fátima Báñez para quien es equilibrada. Sin embargo, dado que nos encontramos en un foro sobre administración local, sería interesante analizar en qué medida le afecta la reforma laboral concretamente a nuestros Ayuntamientos, lo que haremos en la segunda parte de este artículo.

Continuará….

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