Consejo de MinistrosLlevamos unas semanas o mejor dicho unos meses, viendo cómo el Consejo de Ministros aprueba proyectos de leyes imposibles; no sé si para contentar a alguien, como gesto político o como evidencia de laboriosidad y cumplimiento de programa, porque lo cierto es que un Parlamento en trance de disolución no es el mejor receptor de esas iniciativas. En algún caso, a mi personal entender, por fortuna.No pocas veces se ha escrito en este blog sobre la frecuente inoperancia de las leyes –las promulgadas, obviamente-, sobre la abultada producción normativa y sobre esa extraña ecuación que nos prueba, siquiera sea a ojo, que a mayor número de preceptos, menos protección de la ciudadanía.

La razón de tan poco confortante afirmación, que puede sentirse compartida por muchos a poco que se ponga el oído por la calle, no es única. Por una parte –y éste sería el argumento liberal-, porque a mayor regulación, más controles y ataduras para las personas físicas y jurídicas. Por otra parte –y ésta sería la justificación jacobina– porque el enemigo está dentro del Estado y permite que los poderes fácticos, especialmente económicos, se burlen de los productos de las Cortes soberanas, violándolos sin castigo y propiciando, con su inaplicación o desuso, el desprestigio de las leyes y de los propios poderes públicos. En fin, una explicación más pedestre, pero en absoluto ajurídica, nos mostraría que se aprueban leyes sin cuento y cuentos con forma de leyes; disposiciones que se solapan, se yuxtaponen, se contradicen… Si a eso unimos la producción de diecisiete asambleas legislativas territoriales; las eternas transitoriedades de leyes fenecidas; la vacatio insoportable de algunas normas tuitivas, fundamentalmente por exigir recursos económicos a desembolsar; las leyes que esperan una concreción que nunca llega o la manía de todo gobernante que se precie de pasar a la posteridad con una ley (que mejore o contraríe la de su antecesor) y todo ello lo adobamos con mala técnica legislativa, plagios y corta y pega, no podemos esperar milagros.

Las leyes, como las sentencias o la acción administrativa, deben servir para solucionar problemas a la población y no para creárselos. Pero tal afirmación dista mucho de compadecerse con la praxis de todos conocida.

Nunca hemos tenido tantas normas y organismos creados por éstas sobre protección de datos, preservación de la intimidad, la imagen y demás y nunca hemos estado tan controlados por videovigilancias, radares y antenas de toda raza y condición. Más que seguros, nos sentimos muchas veces potenciales infractores que debemos estar más pendientes de lo que aprecie una cámara que del cabal cumplimiento de nuestros deberes cívicos como conductores, peatones, clientes de supermercados o usuarios de aeropuertos y estaciones, por poner unos pocos ejemplos.

La última evidencia a la que me remito, una vez más por una experiencia personal (ya que lo empírico enseña mucho más que los tratados), es la benemérita cruzada contra las barreras arquitectónicas. Siempre he militado en el bando más reivindicativo en este asunto que tan trascendente es para hacer grata la ciudad y sus edificios, los vehículos y los equipamientos a las personas discapacitadas y no solo a éstas. Un cochecito infantil, una maleta desplazable o una bolsa de la compra con ruedas, pueden ser artefactos mortales de desplazar ante un bordillo elevado o unos escalones sin rampa alternativa. O sea que este asunto, en el que me consta que muchísimos ayuntamientos han hecho esfuerzos notables, nos afecta a todos y no solo porque, con el tiempo, todos acabaremos con problemas de movilidad.

Pues bien: en el aludido tema, la profusión de normas roza el infinito. De etiología administrativa, socio-laboral, sanitaria, civil y hasta militar. De todo rango y procedencia. Declarativas y represivas. Preventivas y reparadoras. De todo hay en la Viña del Señor. Pero una cosa es predicar y otra dar trigo. Y voy con el ejemplo: el edificio del instituto donde estudia mi hijo sólo lleva cinco o seis años en funcionamiento. Su inauguración se hizo a bombo y platillo, con más autoridades que docentes y alumnos juntos y con vino español y condumio al uso. El hecho es que, cuando hace poco mi hijo tuvo que llevar escayolado un pie, respetuosamente solicité permiso para que pudiera usar el ascensor ya que su aula estaba en el piso superior. La respuesta de los responsables del centro fue desoladora: el elevador, precioso y siempre iluminado, ni funcionaba ni lo había hecho en su lustro largo de vida. La dirección lo venía reclamando periódicamente a la Consejería, pero no había respuesta. Al parecer, Educación no había solicitado los preceptivos trámites de Industria y también quedaba alguna cosa por pagar para que el artilugio subiera y bajara.

Quedé aterrado recordando tanta norma incumplida. Desde la prohibición de la recepción de un edificio de estas características sin cumplir con requisitos como la superación de barreras hasta la propia legislación sobre derechos de las personas discapacitadas. ¿En centros así está vedado el estudio a los que tienen problemas para caminar? Simplemente un pequeño descalabro en un pie, tan frecuente en infancia y adolescencia, podría privar del derecho al estudio. Aunque, claro, si alguien tiene un percance serio intentando remontar las escaleras por falta de ascensor, la responsabilidad patrimonial –y quizá penal después de tantos años de negligencia- podría ser de órdago.

El problema concreto lo solventaron, con sensibilidad, sentido común y de forma artesanal (lo que a veces vale más que la mens legislatoris) los rectores del instituto, a base de trasladar unos días la docencia a un aula vacía de la planta baja. Pero obviamente, el remedio que gratifica subjetivamente no palia la frustración ante la situación objetivamente considerada.

Y lo peor es que, aunque removiendo Roma con Santiago alguien consiguiera que se previera esta situación exacta en una norma más, prolija y específica, no valdría de nada. Supuestos similares los hay por toda la geografía. Y peores. Hace años fui testigo de quien acudió a una consulta de Cardiología, en una cuarta planta, resoplando rellano a rellano, por no se qué problema de unas poleas. O sea que paciencia. Y el legislador que se esté tranquilo; que vale más una ley meditada y útil que los centenares de petardos con los que nos suelen obsequiar los padres de la patria. O de las patrias, que en esta España actual, ya se sabe…

4 Comentarios

  1. Siempre he creido que la mayor parte de nuestros legisladores estan sentados en sus poltronas y de la realidad saben muy poco así nos encontramos con normas y leyes de obligado cumplimiento que en realidad no se pueden aplicar debido a la realidad. A mas a mas, hay leyes y normas dictadas sin el procedimiento sancionador en caso de imcumplimiento, por lo que aunque no se cumplan NO PASA NADA.
    ¿Porqué no se usa el menos común de los sentidos cuando se piensa en regular algo?
    ¿Porque no se simplifican las normas y las leyes?
    Si eres un profano y quieres estar al dia, en muchos casos para conocer una norma tienes que leerte las 18000 actualizaciones que ha sufrido y que están repartidas en 18000 nuevas normas, decretos, etc.
    Co esta forma de proceder de nuestro Estado la dificultad para «cumplir» es harto dificil.

  2. Sr Leopoldo dice usted»Las leyes, como las sentencias o la acción administrativa, deben servir para solucionar problemas a la población y no para creárselos. Pero tal afirmación dista mucho de compadecerse con la praxis de todos conocida.»
    Pues bien,el Alcalde de mi pueblo,del que soy concejal y portavoz en la oposicion,se salta a la torera todas las leyes habidas y por haber en cuanto al derecho como concejal a tener acceso a documentacion y por eso en caso de que yo acudiese a la Ley,como pudiese ser un contencioso-admistrativo,la ley solucionaria el caso a loas dos años,por lo menos y mientras ytanto¿como accedo a la documentacion necesaria para mi trabajo? La ley crea un problema en cuanto no existe un modo de acabar en un tiempo prudencial con estas practicas caciquiles y autoritarias.
    Es por eso que muchas veces pensemos que efectivamente las leyes crean mas problemas que soluciones

    • Una concreción: el plazo para la obtención de la información no sería de dos años en vía contenciosa. Piense que existe la vía mucho más rápida de PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES (artículos 114-122 de la Ley de la Jurisdicción Contenciosa).
      El silencio es positivo en cinco días (artículo 77 de la Ley de Bases). No veo tan fácil que se atreva a motivar una desestimación, y lo conseguido por el silencio administrativo tiene carácter de acto ejecutivo. Si continúa con evasivas, no descarte al via penal. A veces, no hay más remedio que enseñar los dientes.

  3. Muchas gracias por una informacion vital para mi,en cuanto no tengo conocimiento y esta via de presentar por la via de jurisdicion contenciosa puede ser otra alternativa.
    Pero tengo en marcha,ya presentados tres recursos de reposicion sobre tres resoluciones denegatorias a mi solicitudes de tres temas distintos,y me preguntaba si ¿se puede utilizar esta via¿es ir al Fiscal),teniendo pendiente la resolucion por pàrte de la Alcaldia de estos recursos? La negativa a concederme acceso a lo pedido se basa en lo siguiente,que cito textualmente»la documentacion a la quesolicita acceso D…… no sea puesta a disposicion del solicitante,hasta quye se ordene de forma expresa su entrega,y ello motivado por el incumplimiento por parte del solicitante de los reiterados requerimientos que le han sido efectuados por esta Alcaldia,sin obtener respuesta en relacion con elkacto celebrado por el grupo de ….,al que usted pertenece,en un local publico y en el que al parecer se desplego y exhibio una bandera republicana»

    Le he contestado y yo en esa epoca no era concejal,independientemente que le hago saber que el articulo 20 y 26 de la CE asi me lo permite

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