De lo publico y lo privado

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En los últimos meses asistimos a un recrudecimiento del debate sobre la llamada  privatización de los servicios públicos, el debate entre lo público y lo privado en tiempos de crisis.  Continuamente se está aludiendo a un presunto desmontaje del estado del bienestar aprovechando la catástrofe económica por la que atravesamos.

Creo que sería lo más honesto en este caso como en tantos otros, abandonar un mero debate de simple lenguaje formal y entrar un poco más en el fondo, en qué es un servicio público y cómo se presta (o se pueda o se deba prestar) y por lo tanto si se hace a través de recursos públicos y recursos humanos adscritos directamente a una organización que revista el carácter de administración pública o bien a través de capital privado y personal laboral dependiente de entidades privadas en cualquiera de las formas societarias.

No entraremos ahora en el viejo y complejo debate de lo que sea jurídicamente un  servicio público, mucho tendría que decirnos en estas mismas páginas el Profesor Sosa Wagner uno de los más prestigiosos estudiosos de la materia en España. Todos sabemos que el servicio público tiene una acepción muy amplia y los límites de lo que sea o no son en muchas ocasiones difusos. A los efectos del debate que me gustaría suscitar aquí, todos entendemos que hay servicios que indiscutiblemente son públicos;  pongamos los ejemplos más fáciles que a todos nos vienen a la mente de inmediato, como pueden ser la sanidad o la educación. Nadie hoy se atrevería a refutar que estamos ante servicios públicos y además de carácter esencial.

Ahora bien,  ¿cómo se han de prestar esos servicios públicos? En este punto es en el que la controversia se muestra en toda su crudeza. Una buena parte de la sociedad, de una manera que se me antoja obviamente errónea, identifica prestación de servicios públicos con la forma de prestación directa de los mismos por la administración.

Hay que recordar algo obvio, que la prestación de servicios públicos se puede llevar a cabo mediante forma directa o indirecta. En el caso de los servicios públicos locales, el artículo 85 de la Ley de Bases establece que  los servicios públicos de la competencia local podrán gestionarse mediante gestión directa: por la propia entidad local, mediante organismo autónomo local, a través de entidad pública empresarial local o por medio de una sociedad mercantil local, cuyo capital social sea de titularidad pública. O bien se pueden prestar mediante gestión indirecta, mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos en la Ley de Contratos del Sector Público, en estos momentos el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Recuerda las tradicionales formas de prestación indirecta de servicios: concesión, gestión interesada, concierto o sociedad de economía mixta.

La cuestión es que tanto se preste de una forma directa como indirecta, el servicio público sigue siendo público. Por eso cuando se habla de “privatización” de los servicios públicos se debería ser un poco más preciso. Lo que hay que discutir es si sólo a través de una forma de gestión directa se pueden gestionar de una forma razonable o bien es admisible que se preste mediante formas indirectas. Y a esto, desde mi punto de vista, hay que responder que habrá que estudiar en cada caso cuál sea la forma de prestación más adecuada para que sea más eficiente, teniendo en cuenta que la eficiencia tiene como fondo la necesidad no sólo de que exista una optimización en el gasto y en la prestación del servicio, sino que éste debe realizarse con unos incondicionales mínimos estándares de calidad. Sería hora de abandonar la máxima casi intangible de que sólo si se prestan los servicios directamente se prestan unos servicios de calidad con el argumento de que mediante una forma directa no se atiende tanto al coste-beneficio como al servicio en sí.  Esto en absoluto tiene que ser de este modo y menos en estos tiempos en que resulta evidente que todas las administraciones debemos optimizar al límite los recursos públicos. Ahora, con vacas flacas (y como diría Tom Sharpe también con becas flacas), todos nos estamos dando cuenta de que los recursos no son ilimitados y que por lo tanto lo que se gaste sí importa porque es de todos y es escaso.

Nos enseñaron en el INAP, entre otros el Profesor D. Manuel Ballesteros y el muy  recordado D. Ángel Ballesteros, que lo fundamental en la prestación de un servicio público mediante formas indirectas, es la preparación del contrato, el contrato en sí y el control de la prestación, eso es lo fundamental.  En una concesión, establecer un adecuado y estudiado equilibrio del contrato.

Podemos por consiguiente analizar los puntos a favor y en contra de un modo u otro de prestación, pero sin demonizar una ni otra. Nadie discute que las líneas urbanas o interurbanas de transporte de viajeros se haga de forma indirecta mediante concesión, se ve algo natural. Los servicios de recaudación de alguna diputación se hace a través de empresas privadas lo cual es un poco chocante, pero lo que llevan a cabo es toda la tramitación, reservando el control estricto y los actos administrativos o de autoridad a funcionarios.

Sin embargo en estos tiempos en que se tiene que mirar el euro hasta el límite es cuando se está empezando a cuestionar desde algunos sectores sociales por ejemplo la pervivencia de los centros educativos concertados, la posibilidad de que existan conciertos para determinados aspectos sanitarios o hasta en algunos casos si el cuidado de los parques y jardines debe ser hecho por empresas de servicios o bien por funcionarios municipales. Dejando al margen las cuestiones ideológicas que aquí no vienen al caso,  un concierto con una entidad que ya presta un servicio es una forma de prestar un servicio público, una forma probablemente útil y eficiente. En el caso de los conciertos educativos están casi siempre bien controlados desde la Inspección Educativa y si se hace análisis de costes, probablemente éstos son muy inferiores a los de la enseñanza pública. No se trata no de vedar ni de imponer una u otra forma de prestación, se trata de argumentar qué puede ser más conveniente en cada caso. Claro que debe existir la educación pública, una sanidad pública y otros muchos servicios de prestación directa, máxime en lugares en los que de otro modo sería impensable que se prestasen. Pero ¿por qué cuestionar por ejemplo la enseñanza concertada cuando es un modo de prestación que se ha demostrado útil?

Por lo tanto, ahora que se va a agudizar el debate, lo más útil sería estudiar y concluir qué modo es el más adecuado para la prestación de los servicios públicos por ser el más eficiente, entendiendo la eficiencia desde todos sus aspectos y sin que la administración eluda en ningún momento el estricto control en cuanto a su funcionamiento.

4 Comentarios

  1. buenos días,

    respecto a los conciertos en educación, si bien no dudo que en los aspectos pedagógicos como no puede ser de otra manera , están bien controlados por la inspección en otros aspectos, como por ejemplo, el cobro de cuotas «voluntariamente obligatorias» si me permite el juego de palabras, ese control es casi inexistente.

    Por otro lado, coincido con usted en que el punto fundamental de la externalización de un servicio público es el control que la administración debe ejercer sobre la prestación y la posibilidad de rescisión del mismo. El peligro es que no exista voluntad desde la administración de ejercer ese control ni mucho menos de amenazar con la rescisión en caso de incumplimiento.

    Un ejemplo bastante común son lo que ocurría durante los años de bonanza (ahora los ayuntamientos directamente no pagan) con las contratas de limpieza de algunos municipios. Cuando llegaba el momento de negociar el convenio colectivo de una empresa, las protestas de los trabajadores servían para que la empresa presionara al ayuntamiento para obtener más ingresos que servirían para mejorar los sueldos.

    Siguiendo con el ejemplo de las contratas de limpieza, hace unos años tenía sentido pues los ayuntamientos se quitaban de encima el problema de la gestión de plantillas, asumiendo un sobrecoste pues generalmente con la externalización los trabajadores mantenían sus sueldos y además la empresa, lógicamente, quería obtener beneficios.

    Ahora, con la reforma laboral es posible que una administración gestione su personal con el correspondiente coste social/electoral eso sí.

    Creo que se pueden gestionar mucho mejor los servicios públicos
    gestionados directamente por la administración y creo que en las externalizaciones se debe ser más vigilante.

    Por último, respecto a los estudios del coste de plaza escolar según el tipo de centro, me gustaría ver si tiene usted algún enlace especialmente me interesa cómo se hacen los cálculos.

    Hasta donde yo sé estos estudios dejan de lado consideraciones como que se construyen centros públicos en sitios donde un concertado no sería rentable (p.ej pequeñas poblaciones) , prestan servicios específicos a alumnos con dificultades motoras, etc.. (en el buscador de centros educativos de la CAM se puede ver la discrepancia en las cifras entre centros públicos y concertados con adaptaciones) o que la infraestructura de apoyo como el personal de la administración, inspección educativa, etc. presta servicio a la red pública y a la concertada pero sólo computa como gasto de la primera.

    Todo lo anterior dejando de lado , el importe que sufragan los padres en los centros concertados.

    Muchas gracias.

  2. Me parecen muy sensatas palabras, y un buen recordatorio de los principios básicos de la administración de los servicios públicos. En efecto, el punto crítico es el control que ejerce la Administración. Y respecto del comentario precedente, la cuestión, en relación con el control, es el control de la Administración (‘qui custodet custodes’). Creo que la iniciativa de transparencia es una buena iniciativa, puesto que acercará este control a los ciudadanos, que podrán decidir, con información, si les resulta más adecuado una gestión directa o indirecta de los servicios públicos, podrán decidir, con datos en la mano, si uno sale más caro que otro, y según su propia valoración, cuál tiene mayor calidad.
    En el fondo, se trata de ampliar la dimensión de la democracia que, no lo olvidemos, se basa en el contrapeso de poderes, aunque éstos hayan trascendido, en nuestras sociedades modernas, los tres poderes clásicos.
    Por otra parte, creo que en relación con este tema, el debate, más allá de público o privado es ¿cuánto es razonable que preste el público? ¿todo, nada, sólo lo esencial, también parte de lo no estrictamente esencial? ¿cómo se define lo que es «esencial» de un servicio público? Entre el «gratis total» y el «ciudadano-consumidor» (a quien se trasladan íntegramente los costes de todo) hay una amplia gama de posibilidades.

    Quizá es ahí donde la ideología deba jugar un papel.

  3. Hubo un tiempo en el que alguien sí que se atrevió a refutar el carácter de servicio público esencial de la Sanidad y de la Educación. Un tal Ivan Illich nos dijo que el cuidado de la la salud y la instrucción eran una responsabilidad personal de cada uno y denunció la paradójica contraproductividad que tiene lugar cuando el Estado sustituye a los individuos y se encarga de suministrar esos bienes: grandes mafias médico-sanitarias y educativas toman el control sobre la vida de los ciudadanos, y así grandes masas de población ponen su salud en manos de otros que hacen negocio con ella y se convierten en dependientes de la asistencia médico-farmacéutica desde que nacen hasta que mueren, incapaces de afrontar la enfermedad y la muerte por sí mismas, desde la autonomía, la dignidad y la libertad, virtudes sin las cuales difícilmente alcanza el hombre la salud; e igualmente se hacen dependientes dichas masas en cuanto al acceso al conocimiento, en este caso de una burocracia de la enseñanza, programadora, adoctrinadora, uniformizadora, encargada de expedir títulos de acceso al mercado de trabajo (o al Paro) y tan productora de cultos mediocres y de analfabetos especializados útiles al sistema, como aseguradora de que no salga de allí ningún Leonardo Da Vinci, ningún Einstein, ningún genio, ningún gran reformador social, ningún librepensador, ningún sabio asistemático.

  4. Pero afortunadamente existe en nuestro tiempo alguien que recupera un pensamiento que se centró en la crítica de las instituciones. Cuando todavía en el siglo XXI se piensa en las instituciones tal si tuvieran un carácter sagrado, a las cuales no se les debe examinar ni criticar. Por ello celebro los comentarios de Francisco que impulsan a no quedarnos en la mediocridad.

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