Internet ya configura nuestras vidas. Y, como suele ocurrir en la historia ante los grandes cambios, sus posibilidades, para lo bueno y lo malo, van por delante de leyes y normas. Apenas si hemos dado los primeros pasos en la colonización del nuevo continente digital en el que habitaremos a partir de ahora. Por eso, cada día se generan nuevos y apasionantes debates que deben preocuparnos y ocuparnos. Y durante estas últimas semanas hemos sido testigos de algunos de especial relevancia, que no podemos por menos que reseñar y debatir.
La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la UE por el que se consagra el conocido derecho al olvido ha abierto un debate tan interesante como necesario acerca de los límites que pueden imponerse a las informaciones y contenidos expuestos en internet. La demanda, interpuesta por un español, pedía una cosa bien simple. Que cuando alguien tecleara en un buscador su nombre, dejara de aparecer su antigua condición de moroso, situación superada años atrás, pero que seguía pesando como una losa sobre su imagen, reputación y perspectivas de futuro. Mil veces intentó eliminar esa referencia, pero mil veces se la denegaron hasta que, irritado, decidió acudir a los tribunales. Tras una agotadora lucha, ha logrado ver reconocido su derecho y, gracias a su tesón, el de todos aquellos que, con legítimo derecho, quieran borrar algunos de los infundios que pudieran perjudicarles. Debemos felicitarnos por una sentencia que puede garantizar derechos individuales en esa jungla sin ley que es la Red, aunque, desgraciadamente, no es oro todo lo que reluce.
Es cierto que hasta ahora, el criterio dominante ha sido el de la libertad de expresión sin ningún tipo de cortapisas. Si a esa libertad unimos el anonimato de los mensajes y la extranacionalidad de los servidores y las cuentas podemos comprender la enorme dificultad que entrañaba cualquier acción judicial. La nueva jurisprudencia separa entre las informaciones – que no podrán ser borradas aunque perjudiquen – de las difamaciones, que sí podrán eliminarse. Y esta prohibición afecta tanto a la página en la que se ubica el mensaje difamante como la de los enlaces de los buscadores que permiten al internauta llegar hasta ella.
No era fácil, en nuestra sociedad tradicional el perseguir al rumor injurioso, desgraciadamente tan frecuente entre nosotros. La difamación expresada a media voz, la murmuración maliciosa, el susurro injurioso siempre han existido. Pero es muy difícil de probar porque las palabras, como ya advirtiera el poeta, viento son y al viento van. Pero en internet las maledicencias quedan por escrito, puede localizarse su procedencia y perdura en el tiempo. Y cualquiera que pulse ese nombre en un buscador podrá tener acceso a todas las verdades y también a todos los infundios que sobre esa persona que haya vertido en la red. Quedan fijadas y durante mucho tiempo aparecerán en la pantalla. Por eso, hacen más daño, pero, también por eso, pueden localizarse y retirarse. La cuestión a partir de ahora – y no es cosa fácil – será dilucidar entre lo que es información y lo que no es difamación. Eso, ¿quién lo decide? ¿El juez? ¿La simple acción del perjudicado? O como hasta ahora se hace, los expertos de reputación digital que sepultan esa información con otras nuevas que copan las primeras páginas?
La implantación del derecho al olvido no será ni cómoda ni fácil, pero no cabe duda que se ha dado un pequeño, pero importante paso, en la defensa de nuestros derechos individuales.
Otro debate abierto estas días ha sido el de la posible persecución criminal de los comentarios que jaleen acciones violentas. La miseria humana se expresó con saña en algunos de los tuits escritos con motivos del asesinato de Isabel Carrasco y que ha originado algunas detenciones. Asimismo la comunidad judía ha protestado con toda la razón por los crueles comentarios antisemitas que la victoria del Maccabi de Tel Aviv sobre el Real Madrid en la final de la Copa de Europa de baloncesto. Y, tras la cogida a los tres maestros que torearon el pasado día 20 de mayo en Las Ventas algunas voces han mostrado las decenas de comentarios que se alegraban de las cornadas sufridas por los toreros. Y podríamos poner muchos más ejemplos. El Fiscal General del Estado ha manifestado su intención de perseguir estos comportamientos.
¿Será eficaz esa acción policial? ¿Cómo implantamos una justicia que garantice derechos en una Red de servidores y cuentas ubicadas en remotos países? ¿Debe priorizarse la libertad de expresión o es lícito imponer ciertas limitaciones? Sin duda alguna estas preguntas originarán vivos debates en estos próximos tiempos. Y mientras, las posibilidades de internet seguirán creciendo y multiplicándose, por lo que, debemos plantearnos, además de las acciones jurídicas, la necesidad de educar a los niños en una nueva ética digital, todavía no elaborada ni pensada que incorpore valores y normas de comportamiento.
Al tiempo, de continuar así, los contenidos de internet quedarán relativizados. Los anónimos perderán todo valor, aunque duelan. Los internautas también tendremos que aprender a discernir lo bueno que se puede encontrar sumergido en las toneladas de basura y baba digital. No podemos dejar todo en manos de una justicia que, si ya de por natural es lenta, en estas complejas cuestiones se manifestará claramente insuficiente. Tendremos que mejorar nuestro propio comportamiento personal y rechazar el de los incendiarios, el de los difamadores y exaltadores de la violencia de cualquier tipo. La autoregulación será sin duda el motor más importante de la nueva ética digital que iremos pergeñando en estos próximos tiempos. ¿Quién dijo que fuera fácil la vida de los colonizadores de los territorios vírgenes?