Los Reyes Magos y el Derecho

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Por más que costumbres foráneas y hechos diferenciales propios y magnificados traten de minar el arraigo de la festividad de Reyes, al día de hoy es innegable que sigue siendo un elemento de cohesión  nacional, como la Liga de fútbol o la bicentenaria Lotería Nacional, tan amenazada por las ínfulas privatizadoras del gobierno anterior y, sorprendentemente, del actual, cuyo grupo parlamentario había recurrido la disposición adicional 34ª de la anterior ley de presupuestos, que daba vía libre al sacrificio de la gallina de los huevos de oro del erario. Cosas de la política que, en cambio –y volviendo a la fiesta de Epifanía- ha tenido que recular ante la posibilidad de trasladar al lunes inmediato la celebración de los Magos de Oriente, lo que habría generado un descomunal enfado entre el segmento infantil, que no vota pero tiene familia que lo hace.

El hecho es que la inmensa mayoría de las localidades españolas, de cualquier tamaño y poderío financiero, organiza cabalgatas el cinco de enero, tirando, no pocas veces, la casa por la ventana, con ricos atuendos, ornamentos, carrozas y semovientes con y sin jorobas. Y se reclutan figurantes, en una suerte de voluntariado para alegrar a los más pequeños de la vecindad, a los que, en algunos lugares se avitualla o, incluso, se gratifica simbólicamente. Y luego, claro está, aparece la decisión, unipersonal o colegiada, de elegir a los notables o populares del lugar que quieran representar a aquellos portadores de oro, incienso y mirra que se acercaron un lejano día del reinado de Augusto, hasta Belén.

Esa elección, a diferencia de la comparsa, suele ser muy meditada y no pocas veces se busca pagar favores o comprar vanidades. Otras, ciertamente, reconocer a personas modélicas o comprometidas con la protección de la infancia. Pero a no dudar que esa elección no deja de ser un reconocimiento honorífico, muchas veces otorgado a dedo por el alcalde de turno. Y es que, por algunas de nuestras calles, han desfilado coronados y bajo túnica, futuros condenados por la justicia pero, que en el momento de subirse a la cabalgadura eran benéficos mecenas u hombres de negocios ejemplares.

Sería pedir peras al olmo el exigir publicidad y concurrencia en la selección de Melchor, Gaspar y Baltasar, pero no estaría de más recriminar alguna cacicada claramente interesada, disfrazada de discrecionalidad administrativa. Máxime en estos tiempos donde la casuística al respecto motiva sonrisas o sonrojos. Por ejemplo, desfiles donde, en aras de la igualdad de género, han travestido a una señora de rey mago o cabalgatas, más de una, donde lo racialmente correcto ha llevado a maquillar simultáneamente a un blanco de negro y viceversa.

Pero volviendo al interés festivo y cultural de esta fiesta, merece la pena elogiar el reciente Decreto 199/2011, de 23 de diciembre, del Consell de la Comunitat Valenciana, por el que se declara Bien de Interés Cultural Inmaterial la Cabalgata de Reyes Magos de Alcoy. Disposición donde se recuerda que “la festividad de la Epifanía en Alcoy tiene una personalidad propia con la Cabalgata de Reyes Magos, que se documenta por primera vez en el año 1866, si bien es a partir de 1885 cuando la Cabalgata adquiere las características que la definen y que la han convertido en la (…) más antigua de España”.

El Decreto declara que la gestión de la Fiesta de la Cabalgata de Reyes Magos es competencia del Ayuntamiento de Alcoy, pero que por su interés claramente supramunicipal –máxime siendo ya BIC-, “si se produjese cualquier cambio en la Cabalgata de Reyes Magos de Alcoy que modifique lo dispuesto en el anexo y que exceda del normal desarrollo de los actos de la festividad anual, los interesados lo deberán proponer a la Dirección General de Patrimonio Cultural, para, en su caso, proceder a la autorización administrativa y consiguiente modificación del presente Decreto, justificándolo en la mejora tutelar de los valores protegidos”.

Igualmente se entiende que a todas las administraciones públicas –se entiende que la estatal, autonómica y local- les corresponde velar por el mantenimiento y la dignidad de la fiesta, y fomentar la difusión de este bien, garantizando su estudio y documentación con criterios científicos e incorporando los testimonios disponibles a soportes materiales que garanticen su pervivencia.

La cabalgata infantil –Les pastoretes– que se remonta al año 1889; el Bando Real, que se incorporó como preludio de la fiesta de Reyes en 1924; el Pregó del tio Piam, recuperado en 1996 y que consiste en el anuncio de un personaje popular del Alcoy del siglo XIX; la visita de los Magos a centros asistenciales por la mañana  y la cabalgata propiamente dicha, de algo más de dos kilómetros y medio de recorrido, integran esta manifestación cultural que, con toda justicia, ha pasado del sentimiento popular al reconocimiento jurídico.

1 Comentario

  1. Ahora sabemos que la milenaria tradición alcoyana será protegida también por la ley, la cual, como todos sabemos, constituye el principal elemento de pervivencia de las tradiciones. Sabemos también que la cabalgata es alcoyana (y no palestina), ya que han sido los primeros en obtener el reconocimiento superior, y lo han obtenido prescindiendo del resto de las cabalgatas de reyes. Y averiguamos, por último, que es «pedir peras al olmo» que quienes intervienen en asuntos públicos en materia de festejos populares sean seleccionados objetivamente. Pues sí. Lo es.

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