Control de la gestión pública

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Control de la gestión pública

A propósito de la aportación del Profesor Sosa en el blog sobre el proyecto de Sarkozy de evaluar a sus ministros a través de una empresa privada, he de decir que a mí también me resultó ciertamente chocante la noticia cuando la leí, tanto que me permití recortar la noticia y guardarla (Heraldo de 4 de enero). Creo que el Presidente francés está adoptando medidas quizás populistas o efectistas, decisiones de cara a la galería, pero en todo caso sorprendentes, y no necesariamente en mi opinión perjudiciales para el sistema. A veces las soluciones imaginativas son adecuadas para un progreso que a veces queda anquilosado por las propias estructuras administrativas.

Creo, como dice el Profesor Sosa, que quizás no se ha meditado lo suficiente la medida, quizás, como dice sea una mera “ocurrencia”, pero abogo al mismo tiempo para que se produzca una meditación seria y profunda” en España sobre el particular, porque no nos engañemos, establecer sistemas de control en la administración es realmente necesario.

Y ¿por qué no empezar por los que tienen las responsabilidades mayores como son los ministros de un gobierno? En una ocasión y en este mismo blog ya comenté que me parecería lo correcto que se estableciese una especie de “contrato electoral” entre el candidato elegido y los ciudadanos, al fin y al cabo éstos depositan su confianza en una persona que le va a representar en sus intereses, al menos eso se supone (como en la mili, muchas veces sólo se supone). Esto es en España, evidentemente, a veces, una falacia. El diputado electo, por efecto de un a veces perverso sistema electoral que habría que replantear, una vez obtenida su acta parlamentaria puede, sin mayores problemas morales, políticos, ni jurídicos, olvidarse de la circunscripción por la que fue elegido. Es más, en muchos casos si se dejase a ese político en el centro de la ciudad capital de provincia por la que se presentó, posiblemente se perdería, porque ni siquiera tiene nada que ver con el territorio por el que se presenta. Tenemos notorios ejemplos en estos momentos de candidatos ‘famosos’ que se van a presentar por determinadas provincias con las que no tienen vínculo alguno, porque se supone que van así a arrebatar votos a la oposición. Bueno, ahora no se perderían, a los políticos nada más ser elegidos se les dota de móvil con agenda y GPS…

Retornado al tema del establecimiento de sistemas de control de los gestores públicos, creo que habría que distinguir entre el personal funcionario y el político.

1. Con respecto a los empleados públicos, me permito transcribir lo que para el personal funcionario, señala la nueva Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) ya manifiesta en su Exposición de Motivos por lo didáctico de la explicación: “elemento fundamental de la nueva regulación es, en cualquier caso, la evaluación del desempeño de los empleados públicos, que las Administraciones Públicas deberán establecer a través de procedimientos fundados en los principios de igualdad, objetividad y transparencia. La evaluación periódica deberá tenerse en cuenta a efectos de la promoción en la carrera, la provisión y el mantenimiento de los puestos de trabajo y para la determinación de una parte de las retribuciones complementarias, vinculadas precisamente a la productividad o al rendimiento. Generalizando algunas experiencias que ya existen en el ámbito de nuestras Administraciones Públicas, se introduce así un factor de motivación personal y de control interno, que es común a las reformas del empleo público que se han adoptado o se están articulando en el ámbito europeo. Es obvio, en efecto, que las oportunidades de promoción y, en alguna medida, las recompensas que corresponden a cada empleado público han de relacionarse con la manera en que realiza sus funciones, en atención a los objetivos de la organización, pues resulta injusto y contrario a la eficiencia que se dispense el mismo trato a todos los empleados, cualquiera que sea su rendimiento y su actitud ante el servicio. De ello deriva que la continuidad misma del funcionario en su puesto de trabajo alcanzado por concurso se ha de hacer depender de la evaluación positiva de su desempeño, pues hoy resulta ya socialmente inaceptable que se consoliden con carácter vitalicio derechos y posiciones profesionales por aquellos que, eventualmente, no atiendan satisfactoriamente a sus responsabilidades.

Por otra parte en el cuerpo normativo, se establece en el art. 1 en una dudosa frase, de penosa y lamentable redacción que “3. Este Estatuto refleja, del mismo modo, los siguientes fundamentos de actuación: … i) Evaluación y responsabilidad en la gestión.”. Desconozco qué es que una norma refleje un fundamento de actuación. Asimismo el art. 13 sujeta a evaluación al personal directivo con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que les hayan sido fijados. En el art. 14 (derecho individual) se hace depender la progresión de la carrera profesional mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación. En el art. 37 se dispone que es objeto de negociación las normas que fijen los criterios y mecanismos generales en materia de evaluación del desempeño y por fin, en el art. 20 se regula de forma genérica esa evaluación del desempeño siendo sus notas características las siguientes:

  • La evaluación del desempeño es definida como “el procedimiento mediante el cual se mide y valora la conducta profesional y el rendimiento o el logro de resultados.”
  • Los sistemas de evaluación deben establecerse por cada Administración.
  • Los sistemas que se establezcan se deben adecuar a criterios de transparencia, objetividad, imparcialidad y no discriminación y se aplicarán sin menoscabo de los derechos de los empleados públicos. En todo caso se hace especial incidencia en la necesidad de establecer criterios objetivos.
  • Los efectos de la evaluación será determinada por cada Administración y podrá tener efectos sobre la provisión de puestos de trabajo y sobre la percepción de las retribuciones complementarias.
  • Se puede hacer depender la continuidad en un puesto de trabajo a la evaluación del desempeño de acuerdo con los sistemas de evaluación que cada Administración Pública determine.

Dicho todo lo anterior, precisemos que:

  • El sistema que se establece es ciertamente ambiguo y no realiza más que declaraciones de principios, brindis al sol y normas que será necesario ir desarrollando por cada una de las administraciones.
  • La evaluación podrá realizarse mediante sistemas directos, o lo que es lo mismo, aplicándose por un departamento específico de la propia Administración o bien externalizando la misma a través de empresas especializadas. Pero en cualquier caso, en mi opinión no se debería dejar al albur de cada administración el desarrollo normativo y práctico de los sistemas de evaluación. Creo que sería más oportuno objetivar ex lege los criterios y los sistemas, porque los agravios comparativos en cuanto a la norma en sí y lo que es más grave, sobre la rigidez, laxitud o flexibilidad en su aplicación está servida ya.
  • Dejar a criterio de cada Administración el establecimiento y aplicación de los sistemas evaluadores puede resultar cuando menos de dudosa practicidad y, permítaseme, nos puede hacer dudar a muchos sobre la objetividad, ya no de su establecimiento que suponemos que en cada caso será de impecable factura, sino de su aplicación concreta al funcionario concreto.
  • Dejar a cada Administración la determinación de los efectos de la evaluación provocará sin duda también agravios si  no se explica adecuadamente y comprensiblemente y no se internaliza por el empleado público el sistema.
  • Hacer que la evaluación pueda ser objeto de negociación colectiva supone probablemente bloquear el sistema antes de que se empiece a aplicar. 

Esto es España y pese a los avances de los últimos años, abiertamente desconfío en primer lugar de que el sistema se llegue a implantar, de que en caso de que se implante no sea un sistema que perturbe más que beneficie la mejora del sistema por los favoritismos de sus aplicadores y los ‘castigos’ que se puedan imponer soterradamente a quienes no sean sumisos y, en fin, dudo que no se pueda convertir en un sistema de recompensa-castigo que se aplique objetivamente en lo formal e innoblemente en la realidad. Dicho lo cual, debo decir que creo que es imprescindible hoy en día establecer mecanismos de control del empleado público adecuados, tanto de presencia en el puesto como de preparación y de eficiencia. La mayoría de empleados públicos están altamente cualificados y son buenos profesionales, pero será necesario disponer de elementos de juicio que valoren aspectos como la eficacia, la motivación y el rendimiento de los mismos. El problema es determinar la forma.
 
Dada la amplitud de este debate, me permito, como sub-cuestión preguntarme: ¿y quién establecerá los objetivos, métodos, sistemas, recompensas, etc en el ayuntamiento de un pueblo de doscientos habitantes cuyo Secretario está solo y lleva además otros cuatro ayuntamientos? ¿Quién adoptará la decisión sobre la evaluación del funcionario de esos ayuntamientos? ¿Cómo se determinará cuál es la mejor gestión que se podría realizar? ¿Cómo se medirá la eficacia y la eficiencia? Preguntas al aire.
 
2. Brevemente hay que mencionar al mismo tiempo al personal político. Nuestra normativa local ha establecido un sistema en el que el político elegido en las urnas es al  mismo tiempo gestor en la práctica; toma decisiones continuamente y su único bagaje es un teórico programa electoral que tiene detrás y como medios, su propia preparación intelectual y/o técnica y confiar necesariamente en la profesionalidad y dedicación del personal funcionario y/o laboral que le rodea. Así que probablemente, sea más sencillo establecer ese control sobre los gestores políticos profesionales. En mi opinión estos son los factores que se deberían tener en cuenta para una valoración de la gestión político-técnica:

  • Programa político – contrato electoral con los ciudadanos: evaluación de resultados, de aplicación de aquellas políticas que fueron las determinantes para lograr la elección. Estaríamos ante un control de eficacia.
  • Control de eficiencia: una vez obtenidos los resultados esperados, qué costes de todo tipo ha habido, si se han empleado los mejores medios. O si se han matado moscas a cañonazos como diría el castizo.

Lo que parece que propone Sarkozy, es evaluar el cumplimiento de objetivos a los Ministros del Gabinete de Fillon. Sólo quedarían excluidos de la evaluación el propio Presidente y el Jefe de Gobierno FiIlon. La solución de Sarkozy es, en todo caso, sorprendente e imaginativa y trae savia nueva a la política; en el fondo no le falta lógica al sistema propuesto ya que el control técnico se realizaría a los ministros sobre objetivos previamente y claramente fijados y con criterios medibles, ministros convertidos en  aplicadores del programa electoral. Parece ser que a esos ministros les otorgarán un boletín de notas trimestral, no sabemos qué pasará si suspenden. Tanto Fillon como Sarkozy quedarían sólo sujetos a la evaluación de las urnas. No veo por qué no se pueda o deban aplicar criterios de evaluación empresariales, si se establece previamente un sistema transparente y objetivo. Otra cosa es que eso lo haga une empresa privada. Además, ¿no será mejor que lo haga una empresa que lo haga un organismo público específico? Salvo que a su vez éste sea tan profesional y objetivo e inamovible y a su vez tan eficiente que no sea necesario controlar a quien controla.

1 Comentario

  1. Magnífico artículo. Sobre el asunto Sarkozy, me gustaría recordar que el [b]Tribunal de Cuentas de Francia[/b] (http://www.ccomptes.fr ) ha evolucionado mucho en los últimos años, haciendo un gran esfuerzo para acoger la evaluación de la gestión pública. Presenta su [i]Raport anual[/i] de auditoría junto a la Cuenta General, con la misma celeridad que las empresas privadas.
    Supongo que no les habrán gustado las declaraciones presidenciales. Por otra parte, sus colegas norteamericanos de la[b] GAO[/b] ( http://www.gao.gov ) llevan años haciéndo evaluación de los planes estratégicos de cada departamento ministerial.
    Os felicito por la web y os animo a seguir en la brecha.

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