De los robos y las corrupciones urbanísticas

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De los robos y las corrupciones urbanísticasLas conductas actualmente calificadas de corrupción urbanística son hijas legítimas de un actuar administrativo perverso, contaminado por luchas partidistas y por un clientelismo servil hacia los centros de decisión, que confunde el ejercicio de los derechos con el otorgamiento de prebendas y bulas, consumando así, en un mismo acto, la permuta del reinado del principio de legalidad, por el imperio del principio de oportunidad.

No hace tanto, la conducta consistente en apropiarse de lo ajeno era denominada, genéricamente, como robo, hurto, atraco o apropiación indebida (todos ellos con sus distintas variedades), según las características del hecho concreto y de las circunstancias que lo acompañaran. Y se tenía a bien aplicar estos conceptos, por igual, a cualquiera que practicase tan antiguo arte, con independencia de su adscripción social o política, o del carácter público o privado del ámbito en que el hecho acaeciera.

Hoy, por el contrario, asistimos a una mutación semántica, no ajena a la labor de la prensa, según la cual la acción consistente en la apropiación indebida de una cantidad de dinero, a cambio de firmar o no firmar éste o aquél documento relativo a la actividad urbanística municipal, viene a denominarse corrupción urbanística, y no, como debiera, robo, hurto, atraco, soborno, etc.….

La distinción conceptual no es baladí. Tanto los medios serios como los circos mediáticos que se generan alrededor de estos ladrones, se refieren a ellos como protagonistas de la corrupción urbanística, en un inconsciente ejercicio que desvía el disparo de la diana.

Se caracteriza el urbanismo por ser una actividad compleja en la que necesariamente han de actuar de manera coordinada distintas Administraciones Públicas. La actuación unilateral de cualquiera de ellas no podrá conseguir la transformación jurídica y material del suelo perseguida por dicha actividad. El planeamiento no puede ser aprobado sin la participación de la Administración Autonómica y Local, y en caso de imposibilidad de acuerdo o consenso, serán los tribunales los que de acuerdo con la legislación vigente decidan en última instancia. De la misma forma no puede otorgarse licencia urbanística sin planeamiento previo, so pena de la aplicación de los mecanismos de control e instrumentos de tutela con que las normas urbanísticas dotan a municipios y Comunidades Autónomas desde hace décadas, y que éstas pueden hacer valer en vía administrativa y en el orden jurisdiccional (sirva como ejemplo la actuación de la Gestora y de la Junta de Andalucía durante los últimos meses de Marbella).

La complejidad del sistema impide que una conducta concreta del individuo o individuos que ocupan un determinado cargo público en una determinada institución pueda producir, por sí sólo, un despropósito urbanístico de tal magnitud como el que vive la Costa del Sol malagueña.

La corrupción urbanística precisa de un actuar conjunto y sistematizado de aquellos operadores urbanísticos con poder suficiente para adoptar decisiones relativas a la transformación jurídica y material del suelo, hasta convertirlo en solar con una adscripción de edificabilidad determinada y con unas plusvalías económicas concretas. O bien, para dotarlo de aquellos sistemas de protección que impidan la degradación de una serie de valores que por su importancia ambiental, histórica o cultural merecen ser conservados para beneficio social.

Los operadores urbanísticos intervinientes en la tramitación de cualquier instrumento de planeamiento o desarrollo del planeamiento son multidisciplinares, y se ubican en una pluralidad de Administraciones, Organismos y Entes Públicos, que suponen otros tantos controles del instrumento urbanístico en cuestión. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Obras y Transportes, de Medio Ambiente, de Cultura, de Agricultura, Organismos de Cuenca, Carreteras y un largo etcétera, amén de la propia Administración Local, intervienen de una u otra forma en la aprobación, gestión y ejecución de cualquier instrumento urbanístico.

Por si lo anterior no bastara, también existe la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, donde tienen cabida representantes de la Administración Central, Autonómica y Local y que conoce de cualquier actuación de cierta relevancia que afecte a cualquier municipio de la provincia.

Púes bien, dicho lo anterior, tenemos que afirmar que la efectiva constatación de una actividad urbanística corrupta precisa, para ser tal, que el actuar de estos operadores se dirija, no a la consecución del bien público y el interés social, sino a finalidades distintas, que pueden incluir desde favoritismos políticos al pago de servicios prestado, y a una suerte de clientelismo que preside todo el sistema.

Es decir, los operadores urbanísticos utilizarían los instrumentos jurídicos de que se encuentra dotada la actividad urbanística, Planes, Convenios, Licencias, Autorizaciones etc.., no conforme a lo establecido por las propias normas que los prevén y regulan, sino en pos de intereses distintos a los perseguidos por la norma, y por tanto sin sujeción al principio de legalidad. La corrupción urbanística supone siempre una previa perversión teleológica de la norma aplicada.

Así, podemos entender como corrupción urbanística, la sistemática aplicación torticera, por parte de los operadores urbanísticos competentes, de la más estricta legalidad a unos determinados y muy concretos ayuntamientos, de signo político distinto a la de aquel partido que los sustenta, mientras que a la inmensa mayoría se les aplica la legislación urbanística conforme a los principios de equidad y mesura, cuando no, con manifiesta flexibilidad y generosidad y, en no pocos casos, con notoria dejación de funciones en lo que concierne a la disciplina urbanística.

También habrá que calificar de corrupción urbanística la persecución tenaz y pública de actuaciones urbanísticas en unos concretos espacios, mientras que las mismas actuaciones son consentidas en el resto del territorio, o en territorios muy concretos.

Sería corrupción urbanística la aprobación de modificaciones de planeamiento de idéntico contenido según el municipio en que tales modificaciones se hubieran propuesto, o según el promotor que la presentara.

Supone corrupción urbanística el que el tiempo de tramitación de un determinado expediente pueda depender del equipo técnico que lo firma, del despacho que lo gestiona, del promotor que lo presenta, o del municipio donde se ubica.

Podríamos llamar corrupción urbanística el hecho de que la Administración tutelarte de la actividad urbanística municipal, impugnara todos los actos adoptados por determinados municipios en determinadas materias, y que, sin embargo, no impugnara ninguno de los adoptados en las mismas materias, con idénticas características, contenido y forma, en otros municipios, y cuya única diferencia fuera el color político de los municipios afectados.

Estaríamos ante un sistema de corrupción urbanística si el acceso de los operadores privados a las instancias decisorias de la Administración dependiera de una red de clientelismo donde se mezclaran los intereses públicos con los partidistas, y éstos, con los intereses privados.

Llegados a este punto, si efectivamente, existen comportamientos de los operadores y Administraciones ajenos a los previstos en la norma; si efectivamente, existe perversión telemática de la actividad urbanística por parte de los órganos encargados de su tutela; si los mecanismos reales de tramitación y aprobación de los instrumentos urbanísticos se apartan de los procedimientos y tiempos establecidos en las leyes; si la rapidez, celeridad y eficacia de la resolución de los procesos urbanísticos dependen, no de la calidad técnica de los trabajos presentados, ni la adecuación jurídica de sus contenidos a las normas reguladoras de la actuación concreta de que se trate, sino que dependa de cualquiera otra circunstancia, entonces sí, entonces estaremos claramente ante un sistema corrupto que contamina toda la actividad urbanística, ajeno a cualquier marco normativo, y fundamentado en prácticas perversas que imponen las reglas al margen del cauce legal previsto, dejando en situación real de fuera de juego a todos aquellos operadores que quieran acercarse o intervenir en la actividad urbanística desde la legalidad vigente.

Y es precisamente aquí donde aparecerán de manera inevitable los salteadores, los saqueadores que acompañan cualquier tipo de catástrofe, ya sea natural (Terremotos, incendios, apagones, huracanes) ya sea social, política o financiera (Caos financieros, guerras, revoluciones, grandes crisis sociales etc.). Aparecerán los Julián Muñoz, Roca, Marisol Yague, Isabel Pantoja y un largo etcétera, que lejos de encarnar la corrupción urbanística, o ser sus verdaderos protagonistas, constituyen un producto marginal y folclórico del mismo, pero también inevitable.

Si de verdad queremos depurar el sistema, regenerar su funcionamiento, habrá que empezar a buscar a los verdaderos protagonistas de la corrupción, que no se encuentran en los programas del corazón. Habrá que investigar en serio el funcionamiento de los centros de poder que han controlado las decisiones urbanísticas de calado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en especial, en la Provincia de Málaga durante los últimos 25 años.

Y es que si hablamos de corrupción urbanística en Marbella y en numerosos puntos de la costa andaluza habrá que comenzar a pensar por qué en ninguno de los casos destapados se ha citado a declarar a los operadores urbanísticos públicos con mayor responsabilidad en el ámbito provincial y autonómico. Limitar la investigación al ámbito municipal y a los operadores privados, así como utilizar el castigo público de los salteadores como única medida preventiva ante males futuros sólo conseguirá saciar la sed de sangre televisiva de los espectadores rosas, espantar la inversión interna y externa que se refugia despavorida y rápida en otros territorios merced a la deslocalización, y perpetuar un sistema tan corrupto como eficiente, que más pronto que tarde proporcionará nuevas carnicerías en el circo rosa de la televisión.

Francisco de Paula de la Torre García
Abogado y Secretario-Interventor

Alfredo Olmedo Peñaranda.
Abogado y Secretario-Interventor.

9 Comentarios

  1. A todos esos de las corruptelas, que muchas son vox populi y se leen en casi todos los periodicos locales , provinciales y nacionales y algunos hasta internacionales, yo dejaría que la Fiscalía les hinque el diente, sean del partido que sean, no son de ningún partido , son lo que son un tajo de tontos del pijo que se llenan los bolsillos aprovechando cargos públicos, y algunos hasta repiten, pero hay que ver lo dificil que es ver a un político en la cárcel, brillan pero es por su ausencia y haberlos haylos con méritos suficientes.

  2. En todos estos escándalos urbanísticos se conoce lo que piensan todos los colectivos salvo el de secretarios de ayuntamiento.

    Es necesario que se empiece a reconocer el papel de figura del secretario como la garantía de la legalidad en los ayuntamientos. Y si no se parte de esta premisa vamos mal.

    La independencia del secretario, y su función fiscalizadora de la legalidad, es posiblemente el factor más determinante para frenar la corrupción urbanística.

    Sin embargo, parece que todos los pasos se dirigen en dirección contraría… que no nos vengan luego con leyes para frenar la corrupción.

  3. Paco y Alfredo, como siempre no podiaís decepcionarnos, un artículo excelente.

    Y lo verdaderamente lamentable es que hay muchos que nos atrevemos a ponerles en la intimidad nombres y apellidos a aquellos «que han controlado las decisiones» en Málaga.

  4. A Alfredo y Francisco, por riguroso orden alfabético, (autores del articulo de los robos y corruptelas urbanisticas), asi como a cualesquiera otros que la presente vieren, entendieren, o con ella se aludieren: Pues sí: lagarto, lagarto; no toquéis a las vacas sagradas, malandrines y follones; ¿es que no podéis limitaros, como todo el mundo que se precie, y como está mandado por los canónes convencionales al uso, a criticar el mundo de la farándula, que es el que vende, al tiempo que limpia, brilla, y da esplendor, a la cosa mediática, corriendo así la debida cortina de humo para que nosotros continuemos nuestros desmanes y desafueros? Si es que no estáis en lo que estáis, oh articulistas

  5. La inflación, eso si que es una corrupción de p… madre,orquestada por las elites financieras y consentidas por los dirigentes políticos a cambio de puestos de «gerifaltes» en el sector privado una vez jubilados.

    ¿Porque si durante 4 siglos los precios de las mercancias disminuyeron en su practica totalidad en siglo XX su tendencia ha sido a la inversa? Ahí está la madre del cordero

  6. Y a mi que lo de la Pantoja entre rejas me da morbo….
    Debo de ser uno de esos amantes del folklóre que se divierte más viendo una buena tonadillera en la cárcel que la persecución a señores de corbatas de fina sea.
    Aunque seguro que no tenemos la suerte de ver como la condenan, y menos de verle haciendo «régimen de conciencia» como Don Julian

  7. Felicidades por el artículo, tan real como la vida misma. Todo este levantar de corruptelas (menores en el fondo)a la que nos tiene acostumbrado este gobierno intervencionista, son más propias de la tele basura que de una intención real de acabar con los males de un sistema perfectamente descrito por estos dos colegas nuetros.

    Todos los que trabajamos en la Administración Pública, sabemos donde están los fallos del sistema, que no son estas minucias más propias de la condición humana que del verdadero problema de la Administración española.

    Si se quiere controlar el cumplimiento de la legalidad vigente en el actuar de las Administraciones podrían empezar por un par de medidas de cajón;

    1º. Secretario e Inteventor, deben de ser funcionarios de carrera y habilitados nacionales. ¿Porque no se pone remedio a tanta accidentalidad en estas plazas que encima en muchos casos se hace por funcionarios más dóciles e «internios» lo cual es absolutamente ilegal? ¿Porqué nadie recurre los presupuestos de esas Administraciones donde se ocultan y disfrazan durante años y años las verdaderas retribuciones de esas plazas, con el fin de que no se ocupen por los habilitados nacionales al no resultar rentables economicamente?

    2º.- Poner fin a la laborización de la función pública. El funcionario de carrera e independiente es incómodo para nuestra clase política, que los prefeiere dóciles y serviles, para lo que nada mejor entrar a dedo, sin meritos ni oposiciónes, y que su renovación de contrato dependa del político de turno.Quien no ha escuchado a algún politico decir aquello de; «el funcionario es una figura a extinguir», se acomoda y no trabaja. Osea, a la Admon Pub con criterios de empresa privada, si no me gustas, a la p… calle! y otro a dedo, ocupará tu plaza.

    3º.- Cuando entra un nuevo equipo de gobierno, una auditoria de lo que hay, con que presupuesto cuenta y como está todo. Y cuando se vallan, otra auditoria de salida, para que así se les pueda exigir responsabilidades por una gestión negligente que o dañina para los intereses generales. ¿No quieren criterios de empresa privada? Pues que los accionistas (el pueblo) les puedan pedir responsabilidades, como a los Administradores de las empresas.

    Saludos

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