El Urbanismo en relación con la Financiación de los Ayuntamientos

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El Urbanismo en relación con la Financiación de los Ayuntamientos

Hace unos meses leí en la página del Cosital de Murcia como la FEMP apostaba por la descentralización, proceso que se ha intensificado en los últimos años especialmente en favor de las Comunidades Autónomas; por otra parte es necesaria una descentralización en relación con las fuentes de financiación, ya que a pesar del aumento de competencias la financiación no ha aumentado en la misma proporción.

Debido a la falta de recursos, es bien sabido que las haciendas locales recurren al dinero proveniente del urbanismo para nutrir las arcas municipales, principalmente usan las enajenaciones de Patrimonio Municipal de Suelo, según establece el informe "Un nuevo modelo para los Ayuntamientos españoles" del Círculo de Empresarios. Es significativo que el 40% de los ingresos tributarios de las Entidades Locales corresponde al Impuesto de Bienes Inmuebles, el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Este documento señala que la importancia de esta fuente es "aún mayor por tratarse de un recurso propio en el marco de una insuficiencia financiera recurrente”. Por ello, es lógico que las corporaciones locales caigan en la tentación de utilizar el suelo de su PMS como instrumento financiero para acometer sus proyectos municipales, siempre teniendo en cuenta la regulación establecida por la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo que dispone que el destino de los ingresos obtenidos debe ser la conservación, administracion y ampliación del mismo.

Esta falta de financiación, frente a la enorme carga compentencial de facto que soportan las entidades locales, ha generado el denominado “urbanismo financiero” mediante el cual “se crean grandes plusvalías que, inexorablemente, llevan a prácticas especulativas y, en el peor de los casos, a la corrupción urbanística”. De hecho, continúa el informe, “se ha extendido el uso de procedimientos no objetivos de transformación del suelo, así como la apropiación, mediante los convenios urbanísticos, de importantes porcentajes sobre las plusvalías anticipadas”.

Además, según esta entidad, la nueva legislación del Suelo aprobada por el Gobierno, no parece que “vaya a modificar la situación actual”. Por ello, los empresarios propugnan la “segunda descentralización” en beneficio de la administración local, con el objetivo de incrementar su margen de maniobra en materia de financiación. La autonomía política y financiera de los municipios permanece estancada, en comparación con lo que ocurre en las entidades locales europeas.

Según este documento el nivel de ingresos de las Corporaciones locales permanece en torno al 6% del PIB nacional desde hace una década, frente al 11,3% de la UE en 2006, al igual que el volumen de gasto público que gestionan, “muy similar al que manejaban a finales de los años 70”. Según los empresarios, la administración local debe adaptarse a las nuevas realidades de la sociedad española: el envejecimiento de la población y la masiva llegada de inmigrantes son “retos monumentales” para los consistorios, responsables de muchos de los servicios específicos que precisan tales segmentos.

El estudio afirma que el retraso de la reforma local ha generado un desequilibrio financiero, ya que “se han visto obligados a asumir responsabilidades de gasto más allá de sus competencias”. Por todo ello,  en 2006 se alcanzó un déficit de 2.000 millones de euros, lo que elevó el total de la deuda local hasta un máximo histórico de 27.500 millones.

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1 Comentario

  1. No siempre es así, el incremento del gasto de los Entes locales, podemos decir que procede de una muy dudosa gestión política de los fondos públicos.

    Pongamos varios ejemplos , nuestros políticos locales, provinciales y autonómicos , en su mayoría , es decir en aquellos municipios que luego inciden en el incremento de la deuda de la que hablamos , el primer acuerdo de importancia que adoptan nada mas iniciar la legislatura es fijar sus sueldos , sus indemnizaciones por asistencia a comisiones y plenos y sus dietas.

    Esta cantidad es muy importante e incide significativamente en el capitulo I y en sus repercusión en los ciudadanos, ya que además cotizamos por ellos a la seguridad social, para que cuando dejen sus cargos puedan recibir el subsidio de desempleo etc…,

    Caso similar a lo que sucede con los fondos o ingresos que se recaudan para fines humanitarios, al final a los perjudicados les llega muy poco , así nos va a suceder a los ciudadanos de a pie.

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