Hasta ahora se trata tan solo de una “Propuesta” (de Ley), pero ya está sobre la Mesa del Congreso de los Diputados. El Gobierno de la Nación tiene ahora de plazo, hasta el próximo día 6 de marzo de 2012, para establecer su criterio con respecto a la Proposición de Ley sobre transparencia y lucha contra la corrupción que el pasado día veintidós de diciembre de dos mil once presentó ante la Mesa del Congreso de los Diputados el Grupo Parlamentario Unión Progreso y Democracia, a instancia de la Diputada doña Rosa María Díez González. Dicha Propuesta de Ley fue admitida a trámite por la Mesa de la Cámara en su reunión del día 28 de diciembre de 2011 y publicado el texto íntegro en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (Serie B, nº 36-1) de fecha 5 de enero de 2012.
Que la corrupción es un grave problema para la democracia, es algo incuestionable. Ataca directamente su esencia al transgredir los principios de un Estado social y democrático de derecho, convirtiendo en papel mojado la igualdad ante la Ley y destruyendo, de la misma forma, la igualdad de oportunidades. Si además tenemos presente que nuestro país está situado en el puesto número 15 de los 27 países miembros de la UE en el Índice de Percepción de la corrupción 2010, ello hace que debamos todavía tomarnos más en serio el adoptar medidas que contribuyan de alguna medida a paliar esta situación.
Tal como dice en su Exposición de Motivos: “En la opinión pública española se ha abierto paso la idea de que la corrupción de los cargos públicos y partidos políticos es algo usual, insuficientemente penalizado e incluso beneficiado por zonas de impunidad, y en cualquier caso menos perseguido de lo que se debería”. Por ello proponen, entre otras medidas:
Que se modifique la Ley de Contratos del Sector Público (ahora TRLCSP aprobado por RDL. 3/2011, 14 noviembre) para reforzar los principios de objetividad, publicidad e imparcialidad en las adjudicaciones de los contratos y prevenir posibles adjudicaciones fraudulentas:
1) Reduciendo las cuantías máximas establecidas hasta ahora para llevar a cabo una contratación menor: así los contratos menores de obras, que actualmente están en el límite de 50.000 euros, se reducirán a 15.000 euros. Para el resto de contratos, el límite pasa a estar tan solo en 6.000 euros (de los 18.000 euros actuales).
2) Además se impone otra limitación, y es que ninguna empresa podrá ser adjudicataria durante un mismo ejercicio presupuestario de un número de contratos menores de cualquier clase celebrado con un mismo organismo cuya cuantía acumulada supere los 50.000 euros (limitación no recogida en la normativa contractual del Sector Público hasta este momento).
3) Todos los contratos (por tanto, se entienden incluidos también los menores y los negociados sin publicidad) deberán cumplir con el requisito de publicidad a través del perfil del contratante.
4) Finalmente, ampliar los supuestos del art.49 (actual art. 60) de la Ley, que regula las prohibiciones para contratar, al personal de alta dirección, asesores, representantes legales, apoderados o mandatarios de las empresas, que tengan conflictos de intereses con las administraciones públicas.
Proponen también, con el objetivo de contar con una función pública profesional, la cual es considerada como básica para poder hablar de una buena gestión pública que evite arbitrariedades y malas prácticas, limitar el abusivo nombramiento de personal de confianza y terminar, de una vez por todas, con el abuso de la libre designación para cubrir puestos de cargos directivos. Además, considero que si se llegasen a cumplir todas las expectativas que recoge la presente Propuesta de Ley, se daría en parte cumplimiento a una serie de reivindicaciones que hasta el momento ha estado el colectivo de los Funcionarios con Habilitación Estatal reclamando para el ejercicio de una mayor imparcialidad y objetividad, como es recuperar su verdadera naturaleza de Cuerpo Estatal y evitar, en la medida de lo posible, el alto grado de intrusismo que en la realidad existe. Para ello se establecen en el art. 8.uno de la Propuesta de Ley (Según su Disposición Final Primera: el art. 8.uno tendrá naturaleza de Ley Orgánica) que: “El Gobierno, en el plazo de tres meses, remitirá al Congreso de los Diputados un Proyecto de Ley de modificación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, que regula el Estatuto Básico del Empleado Público de acuerdo con los criterios siguientes:
1) Limitar por Ley el número máximo de personal eventual correspondiente a cada Órgano de cualquier Administración Pública.
2) La selección del directivo público se realizará a partir de una terna propuesta por un órgano imparcial de acuerdo con el perfil que se busque. Se regulará un sistema de acreditación para directivos privados que quieran concurrir a puestos de alta dirección públicos. Que consistirá en superar un proceso objetivo de certificación de sus méritos semejante en la forma al que ahora existe para acreditar la valía de los profesores universitarios. De forma que una vez obtenida la acreditación, ésta sea suficiente para considerar que cumplen con el requisito de mérito y capacidad para ser nombrados.
3) No podrá ser usado el sistema de libre designación para proveer ningún puesto de naturaleza técnica.
4) Finalmente, con respecto a los Funcionarios con Habilitación de Carácter Estatal. Con el objeto de garantizar la imparcialidad y objetividad de la Administración Local -al igual que ya se dijo por el Partido Popular en su Programa Electoral de las últimas elecciones nacionales 2011 (Reforzar el importante papel que juegan en las Administraciones Locales los Funcionarios con Habilitación de Carácter Estatal, garantes de la imparcialidad y objetividad),- su regulación seguirá los criterios siguientes:
- Los Funcionarios con Habilitación Estatal serán seleccionados por el Estado.
- El concurso para cubrir las plazas que correspondan a esos funcionarios será convocado únicamente por el Estado.
- Las plazas que correspondan a esa clase de funcionarios en ningún caso podrán ser cubiertas por otro personal.
Es cierto que éste es sólo el principio de un largo recorrido que no se sabe cómo terminará (una vez incorporadas las posibles modificaciones al texto inicial), pero lo que es seguro es que se están dando los primeros pasos para que la futura <Ley sobre la Transparencia y Lucha contra la corrupción> vea la luz algún día. Para la inmensa mayoría, una vez leída la Propuesta de Ley en su conjunto [para ello nos remitimos al BOCG de 5/1/2012], estoy seguro que pensarán que podría mejorarse, eso sin duda, concediendo por ejemplo mayores competencias fiscalizadoras a los Funcionarios con Habilitación Estatal o estableciendo que sus retribuciones básicas corrieran a cargo del Estado y no de las Corporaciones Locales donde estén desempeñando sus funciones (quién se atreve a morder la mano que le da de comer). Pero como dijo Benjamín Franklin: “Todo camino de mil millas comienza con un paso”, y estos son sin duda los primeros pasos que se están dando en la lucha contra la corrupción, intentando su regulación a través de un texto legal, cuyas medidas reformistas que ahora se plantean estoy seguro tendrán buena acogida entre la opinión pública.
No comprendo que pongas como ejemplo de posible mejora en la futura Ley, lo de poner las retribuciones básicas de los habilitados en manos del Estado; pues el problema no está en las básicas -que son iguales para cada grupo y vienen fijadas por Ley-, sino en las complementarias (específico, productividad, etc.); estas son las retribuciones dinerarias en manos de las CCLL que utilizan los Políticos locales para mantener corrompidos a dichos funcionarios. Y las que nos reducen o quitan a los que aplicamos la Ley.
Otra cosa que me llama mucho la atención es que para «luchar contra la corrupción» se pretenda comenzar por los contratos públicos hurgando una y otra vez en la legislación correspondiente; cuando el meollo de la corrupción está en el personal ¿Qué más da poner un límite de euros u otro, en una cueva de bandidos donde no hay controles, porque previamente se ha destruido la función pública y se ha colocado a meros lacayos comprados por los políticos, en todas las esferas de la vida pública?
Cuando la ONU condenó al Reino de España en 2009 por violación de derechos humanos, con ocasión de una actuación policial que incurrió en discriminación racial hacia las personas, lo más espectacular del caso no fue aquella actuación policial, sino que la misma fue avalada sin fisuras por todas las instancias del Estado que intervinieron en el asunto: desde el Ministerio del Interior al Tribunal Constitucional, pasando por el Servicio Jurídico del Estado, el Ministerio Fiscal y el Tribunal Supremo.
Me parece muy interesante el artículo, la verdad que no estaba enterado de tales novedades. Con respecto a nuestras retribuciones como funcionarios de habilitación estatal, es cierto que lo mejor sería que todos los complementos retributivos corrieran a cargo del Estado, pero desde que ellos mismos lo dejaron en manos de las Corporaciones Locales, ha supuesto un ahorro considerable para el Estado. Lo difícil será ahora volver a pagarnos el Estado. Por lo menos, tal como dice el Sr. Reinoso, que nos pagaran parte de las retribuciones: básicas, trienios, etc… Pero ya veremos como ni eso. Y con respecto a mayores competencias a los FHN, esperemos que sea así y evitar de una vez por todas la corrupción existente en muchos Ayuntamientos.
….¿y cuál es la participación de los órganos de control o fiscalización? Tal parece que se ha olvidado que el Tribunal de Cuentas de España es miembro de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) y en el Plan Estratégico, en la Misión, establece que dichas organizaciones tienen como «misión» LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN. Luego entonces, como se insiste en afirmar que la auditoría no tiene como función la investigación del fraude (léase corrupción) y los órganos que tienen la función de controlar busquen afanosamente la imagen fiel y no la corrupción.
Se tendria que estudiar muy a fondo la corrupción en la creación de puestos de trabajo, y poner limite al complemento especifico segun el grupo y subgrupo del funcionario, ya que es una practica habitual crear puestos de trabajo en la relación para subgrupo C1 con complementos especificos que superan enn el doble y el triple a un A1 jefe de sección ( fab¡vores que hacen los politicos a sus amigos).
Otro limite que se ha de imponer es la facultad que tiene el Alcalde nombrar por Decreto a un funcionario para un puesto, aunque sea accidentalmente, esta puede durar años, y cuando se convoca el concurso interno el funcionario nombrado accidentalmente tendra los mejores conocimientos, y más si en las bases se pone experiència en trabajos similares.
Esta es una practica habitual, y los funcionarios ya no tienen confianza en el sistema, ya que se hace lo que quieren.
Tambien se tendria que definir bien lo que ha de constar en la relación de puestos de trabajo ( funciones determinadas por lo que hace a las competèncias de la gestion del servicio público municipal, grupo, subgrupo, estudios especiales en su caso,y el màximo detalle possible, ya que en caso contrario montan y desmontan la estructura administrativa y las competèncias de los puestos de trabajo de forma discrecional y arbitraria, a voluntad de los politicos segun si el funcionario que va ocupar un puesto de trabajo le cae mejor o peor.
Sdice tendria que exigir un informe tècnico cuando se modifica la estructura administrativa y las funciones de los departamentos, secciones según la voluntad de los politicos, y a la practica montan y desmontan servicios a su antojo, sin tener en cuenta el interes publico.
Mi experiència profesional me indica que se tiene que acotar el autogobierno de la administración local, ya que es una puerta de abuso de sus discrecionalidad, y en su lugar establecer de forma reglada tipologia de los puestos de trabajo, y distribución de la estructura para ejecutar los servicios públicos obligatorios segun categoria del municipio, donde se defina las competèncias de la àrea de urbanismo, sanidad, medio ambiente, contractación, compras, fiscalización,etc…según se crea, peró que sea un criterio fijo e identico para todos los ayuntamientos, con ello evitaremos:1) confusión a los ciudadanos,2) evitar el abuso politico ya que cuando entra un equipo de gobierno cambia todo lo anterior segun creen,3) limitación al abuso politico.
Si, todo eso parece bien, pero luego llegas a pequeños ayuntamientos en los que los propios habilitados nacionales cobran por asistencias a plenos la misma cantidad que se le abona a un concejal, o en otros en que se le aumenta el complemento especifico sin valoracion previa dependiendo de lo sumiso que sea… si los propios funcionarios que tienen que velar por la adecuacion a derecho de los gastos publicos son los que crean ilegalidades de semejante tamaño a donde vamos-
Vaya fama que se nos da a los funcionarios…. Desde fuera de la barrera se ve todo color de rosas….
Yo abogo y apoyo para que el salario del Secretario venga establecido, las básicas y complementos, por igual desde el Estado dependiendo del número de habitantes….
Recordar que los funcionarios, por decretazo, son ilegales…. si conocen alguno… ¿por qué no los denuncian?… Si se permiten..¿quién es más corrupto?…
Luego, es lógico que tengan más puntuación…. ¿quién es más hábil, el que lleva cinco años trabajando en una Administración o el memorión de turno que en tres meses se empolla un temario?…..
Y en cuanto a la corrupción en los pequeños Ayuntamientos….. NO FIRMO UN DOCUMENTO FALSO NI AUNQUE ME PAGUEN UNA MILLONADA… con lo cual la corrupción no es política o de las Administraciones, sino del individuo como persona….
Porque existimos otro colectivo….. los Secretarios Accidentales por obligación…. nombrados por tener mayor capacitación en Ayuntamientos alejados de las ciudades, porque ningún habilitado quiere venir a cubrir dichas plazas…. Y la pringamos y nos comemos los marrones sin quererlo, por imposición, y sin que podamos renunciar a ello….y sin un complemento con el que tener una “vida de ensueño” como se insinúa…. El mío es de 50€ al mes, sin más, ni más dietas por asistencia a órganos colegiados… ni por trabajar de tarde/noche…. NADA….
No todo es color de rosas……
La propuesta es interesante, pero le veo problemas prácticos. Tengo la impresión de que quien la ha propuesto no tiene muy claro dónde se producen los problemas: en el responsable político. En la medida que éste tenga capacidad de elegir discrecionalmente al contratista, habrá corrupción potencial. Solamente mediante procedimientos abiertos puede mantenerse la transparencia necesaria para que dicha corrupción no se produzca en el marco de la contratación.
Otro problema concreto que veo a la propuesta es que no tiene en cuenta que a veces sólo existe una única empresa con la que contratar en el ámbito de la Administración (sobre todo, en administraciones locales, para contratos de suministros). En ese caso, no habría otra opción, con esta propuesta, que recurrir a costes inasumibles mediante la compra a suministradores con costes mayores.
Además, contribuye a la ineficiencia no poder recurrir a la empresa que mejor oferta presente, por una barrera cuantitativa establecida arbitrariamente.
También cabe señalar la contrariedad de que los procedimientos negociados sin publicidad deban tener publicidad. En todo caso, debería proponerse su abolición y subsumir todos los procedimientos negociados en la variante que tenga publicidad.
Por lo demás, es una propuesta interesante.
Nuestro querido compañero Antonio ha abierto un buen debate, que por otra parte no es nuevo. Como colectivo, y él pertenece al mismo colegio que yo, deberíamos comenzar por denunciar los casos de instrusismo que conozcamos, con el fin de defender la integridad de nuestro colectivo. En varias ocasiones, he propuesto a mi colegio que envíe una misiva a los Alcaldes, recordándoles que deben cumplir con la Ley, y desde el mismo colegio se me ha indicado: » Hombre, no es conveniente, por tal y cual. Y una mona. Ya nos podemos hartar de opinar y escribir artículos y abrir debates. Lo que hay que tener es coraje, por no decir otra cosa más fuerte. Por ejemplo, a mí me ofrecieron un nombramiento provisional en un Ayuntamiento, en mi pueblo de nacimiento, ganando más, cerquita de casa y le dije al Alcalde que no, simplemente porque el que hace de interventor, que así le llaman y concocen en todo el pueblo desde hace veinte años, terminaría bachiller después de repetir cuatro veces. Por tanto, dejémonos de pantomimas y mojarse. La forma. A través de nuestros colegios, que deben servir de algo más que organizar cursos, ponencias y comidas anuales.
Respecto al tema de los contratos. Pues nada, si proponen otro cambio, pues será eso, otro cambio. Acaso no podían haber aprobado un Real Decreto con el decreto del año 1953, y hacerlo postconstitucional. Acaso era un mal reglamento. En fin, después de treinta y pico de años, aún seguimos en estas Españas sin saber qué queremos y cómo. Seguimos involucionando.
Creo que deberíamos empezar los propios colegiados por defender desde los Colegios nuestros intereses generales en lugar de participar en ponencias, jornadas, congresos y comidas que no nos solucionan la vida y los están relegando a una asociación amable y en ocasiones colaboracionista con ciertos políticos de las altas instancias autonómicas.
Recientemente, en el proceso selectivo convocado por la Comunidad Autónoma de Andalucía para cubrir 30 plazas de Funcionarios con Habilitación Estatal , 15 estaban destinadas a una mal llamada promoción interna, ya que en realidad no se puede llamar así cuando no se cambia de grupo.
Es curioso como en cada convocatoria se viene aumentando el número de temas y se complica el sistema de examen, con lo que se pone de manifiesto un cierto recelo de la propia administración convocante respecto a la preparación de los Secretarios-Interventores . En esto los Colegios más que pelear por nosotros parecen los colaboradores necesarios de esta situación.
Celebrado el primer examen, solo han pasado el primer filtro 12 personas, para 15 plazas. Es decir , de los 80 que se presentaron, debe ser tan bajo su nivel de preparación que no merecieron pasar al caso práctico ni siquiera 30 . Posiblemente ni se cubran las 15 plazas. Teniendo en cuenta que muchos de los presentados desempeñan puestos de Secretaría de Entrada y de Primera y que hay gente con más de 20 años de experiencia, la siguiente conclusión que se puede extraer es que muchos Ayuntamientos están en manos de “ incompetentes”. Todos sabemos que no es cierto y que las funciones de Secretaría son las mismas en Municipios pequeños y grandes, ya que la ley no distingue la calidad de los informes de Secretaría ni el cumplimiento de la misma según los habitantes del Municipio. Además, los Secretarios Interventores se enfrentan día a día a una limitación de medios personales y materiales que no existe en Municipios mayores y a pesar de ello desempeñan sus funciones con gran profesionalidad y dignidad.
Algunos compañeros que han asistido como miembros del Tribunal en esta edición y en anteriores han invocado que es bueno endurecer el sistema de acceso para dotar de prestigio a la profesión y llegar a ser un cuerpo de élite . Sus argumentos se caen desde el momento en que se toleran los nombramientos accidentales. Todos vemos a nuestro alrededor plazas vacantes ocupadas accidentalmente por bedeles, albañiles promocionados a auxiliares administrativos, etc.. ocupándolas durante décadas . ¿ Que nivel se les exigió a estas personas? ¿ Quién los evaluó?. Estos casos constituyen un agravio tan grande que no sería disparatado que nuestro Consejo se planteara presentar una demanda por daños morales a los responsables de este desatino.
Nos brindan la posibilidad de una extraña promoción horizontal en la que nadie cree. Todo indica que cuando se nos integró en el grupo A se hizo con la reticencia de ciertos sectores . Nos han dejado encerrados en el “corralito del grupo A” y de él será difícil salir.
Prueba del «colaboracionismo» de los Colegios del que habla la compañera (yo hablaría más bien de «sindicatoverticalismo»), es el hecho de que los miembros de los órganos de selección para los examenes de entrada que pone la Administración autonómica, curiosamente vengan a coincidir con los capos del Colegio correspondiente.
Si la colegiación no es obligatoria en el caso de los habilitados estatales (por contraria al derecho fundamental de asociación, en su vertiente negativa, según el Tribunal Constitucional), no se entiende porqué los miembros del órgano de selección tienen que ser colegiados, pues la colegiación no es algo que acredite mayor preparación, mérito y capacidad; antes al contrario, esto implica una vulneración del derecho fundamental de acceso a los cargos públicos en condiciones de igualdad (miembros de tribunal de oposición, en este caso), al discriminar por una circunstancia personal o social, como es el haber ejercitado el derecho fundamental a no asociarse.
Yo he recurrido en reposición la resolución autonómica correspondiente, por ese y otros motivos, y la respuesta como en tantas ocasiones ha sido el silencio. No es extraña la saturación de los Tribunales contenciosos. Tampoco lo es la modificación que han impuesto los políticos en la Ley de la jurisdicción contecioso-administrativa, de que haya condena automática en costas en caso de perder la 1ª instancia; las mafias tienen que proteger sus intereses.
El problema está en que si no intentas cambiar el sistema desde dentro no vas a conseguir regenerarlo. La Administración, de momento, solo reconoce como interlocutores a los que tu llamas «capos»· Te invito a que contactes con aquellos compañeros que queremos que esto cambie y se acabe con este sitema de élites.
Estoy muy de acuerdo con vosotros, pero hay que moverse, nadie nos lo va a regalar. Reivindiquemos el derecho que nos ganamos opositando duramente y en un trabajo lleno de dificultades y responsabilidad sobre muchas materias y soportando solos el tipo para mantener nuestra profesionalidad e independencia frente a gobiernos locales clientelistas.
Y si los Colegios no nos representan, pues cambiemos sus órganos de gobierno. En el colegio provincial de Jaen somos mayoria en el Consejo de gobierno, y eso debe ser lo normal en todos los colegios provinciales, puesto que los Secretarios- Interventores somos la subescala abrumadoramente mayoritaria y todos pagamos las mismas cuotas. No dejemos que se apalanquen quienes no nos representen de verdad, y si no, pues nos salimos todos, y creamos una Asociación profesional distinta que se mueva por nuestros derechos. Lo que no podemos seguir consintiendo son corruptas élites de compañeros instalados en intereses o privilegios( como bien pagados cursos en IAAP, preparación de oposiciones…) conchabados con los prohombres autonómicos que deciden sobre nosotros impidiendo en realidad sistemáticamente nuestro derecho a la carrera administrativa y la promoción interna. Porque en cifras, este derecho para los func. de habilitación estatal, que hemos visto ponersela en bandeja a todos a nuestro alrededor en ayuntamientos, diputaciones y Junta, tanto a laborales como a funcionarios, a pesar de haber entrado en masa a dedo despues de la Ley 30/84, para nosotros en la practica ha sido una excepcion irrisoria. Y ello por las escasísimas convocatorias cada 4-5 años, con poquisimas plazas en relación a las vacantes reales, juzgados por otros especialistas normalmente funcionarios civiles de la Junta o el Estado, curiosamente siempre de Sevilla, y con un extenso temario (que por cierto ya aprobamos para entrar) y un larguisimo examen para dos horas, en el que nos suspenden como a chinches, porque por lo visto somos tontos y con más de 20 años de profesion no llegamos al 5 para saber lo que es un teniente de alcalde, un Consorcio o una licencia parcial de obras, aunque trabajemos con todo esto todos los días.
Consuelaté Carmen, a mi tambien me han suspendido y a mucha más gente muy preparada, y montones de compañeros mucho menos ilusos que nosotros, finalmente no han ido ante la evidencia de que no sirve para nada. Basicamente no se nos quiere en la Junta porque no tenemos el pedigrí autonomista que se traduce en alabar las modernas practicas de huir del derecho administrativo, ni en muchos ayuntamientos, donde a menudo somoslos únicos independientes y representamos incómodos controles(con la falta que hacen serios controles, como se está viendo a diario) y solo hacen un paripé con nuestra promoción interna. De buena fuente sé que antes de que leyeramos ya sabían que no iban a dar todas las plazas, ¡que listos ellos, antes de corregir ya tienen los resultados!
Me dolió mucho más que mi suspenso, saber que solo habían aprobado a 12 (habiendo 15 plazas) en el primer ejercicio, que se quedarán a la mitad en el 2º. Los libres han tenido más suerte ya que les han bajado la nota a 3 para que pudiera aprobar alguno.
Es un insulto a la profesión . Un tremendo insulto que no debemos aceptar más por quienes van de genios de la administración en comodos despachos, y en insulsas ponencias sobre leyes y leyes autonomicas que reproducen casi identicas leyes estatales, como si estuvieran descubriendo América con la 2º modernización autonómica, con lo que cuesta en dinero público tantisimo legislador, que no repercuten casi nunca en mejores y más eficaces servicios ni mejoran la vida de la gente.
Y si a ello añadimos el intrusismo de los accidentales, a veces durantes decadas, con la mirada para otro lado de la Junta de Andalucía que es quien tiene las competencias (¿ para que las querían, se pregunta una?) pues ni te cuento.
ANIMAOS, VAMOS A MOVERNOS, QUE ESTO TENEMOS QUE CAMBIARLO ENTRE TODOS.
NOS ESTAMOS MOVIENDO , TE ENVIO ESTO PARA QUE SE ADHIERAN TODOS LOS SECRETARIOS INTERVENTORES DE ESPAÑA:
Sres. Presidentes del Consejo Andaluz de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local y del Consejo Nacional:
LOS FUNCIONARIOS/AS CON HABILITACION ESTATAL PERTENECIENTES A LA SUBESCALA DE SECRETARIA-INTERVENCION, QUE SUSCRIBEN ESTE ESCRITO,
EXPONEN:
Recientemente se ha celebrado el proceso selectivo convocado por la Comunidad Autónoma de Andalucía para cubrir 30 plazas de Funcionarios con Habilitación Estatal, Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, de las cuales 15 estaban destinadas a una mal llamada promoción interna. Queremos denunciar que este sistema de promoción interna pone de manifiesto convocatoria a convocatoria el recelo de la Administración convocante respecto a la preparación de los Secretarios-Interventores. Efectivamente, en cada edición se viene aumentando el número de temas y se complica el sistema de examen. Así, en los últimos años, hemos pasado de 50 temas y la elección de un tema general a desarrollar de entre dos propuestos por el Tribunal, a 90 temas y un endiablado sistema de examen que consiste en contestar a 10 preguntas, equivalentes a 10 temas generales, bajo la presión de hacerlo en dos horas en las que apenas hay tiempo para ordenar ideas. Sin embargo, a pesar de las dificultades algunos se animaron y sacaron tiempo y esfuerzo para presentarse con la convicción de que podrían conseguirlo.
Celebrado el primer examen, solo han pasado el primer filtro 12 personas, para 15 plazas. A juicio del tribunal , de los 80 presentados, solo 12 merecieron pasar al caso práctico, ya que los demás han demostrado un alarmante bajo nivel de preparación o excelencia. Nos negamos a aceptar este planteamiento. Consideramos que con este criterio seguido por el Tribunal, todos los Secretarios-Interventores hemos sido objeto de una vejación profesional intolerable. Muchos de los presentados desempeñan puestos de Secretaría de Entrada y de Primera. ¿ Quiere esto decir que muchos Ayuntamientos están en manos de compañeros incompetentes y sin un nivel mínimo de formación? . Todos sabemos que no es cierto y que las funciones de Secretaría son las mismas en Municipios pequeños y grandes, ya que la ley no distingue la calidad de los informes de Secretaría , ni el rigor en el cumplimiento de la misma, según el número de habitantes del Municipio.
Algunos compañeros que han asistido como miembros del Tribunal en esta edición y en anteriores pueden invocar que es bueno endurecer el sistema de acceso por promoción interna, ya que con ello se dota de prestigio a la profesión y se convierte en un cuerpo de élite . No lo compartimos, ya que sus argumentos se caen desde el momento en que se toleran los nombramientos accidentales. Todos vemos a nuestro alrededor plazas vacantes de habilitados, ocupadas “accidentalmente” por bedeles, albañiles, policías locales, promocionándolos dos veces, primero a auxiliares administrativos y después a secretarios accidentales y que son ocupadas durante décadas. ¿Que nivel se les exigió a estas personas? ¿ Quién los evaluó?. Estos casos constituyen un agravio tan grande que no sería disparatado que nuestros Consejos se plantearan presentar una demanda por daños morales a los responsables de este desatino.
No podemos progresar profesionalmente. Nuestro ejercicio se desarrolla en un campo yermo de recursos personales, materiales y económicos. Hay ausencia de herramientas técnicas; trabajamos, muchas veces, en centros desdichados; con movilidad reducida cuando no inexistente. A pesar de este panorama y con cargo a esfuerzos propios, muchos compañeros alcanzan en sus centros de trabajo un encomiable grado de excelencia. He aquí una gran paradoja a valorar.
Nos brindan la posibilidad de una extraña promoción interna en la que nadie cree. Todo indica que cuando se nos integró en el grupo A se hizo con la reticencia de ciertos sectores . Nos han dejado encerrados en el “corralito del grupo A”. Para progresar profesionalmente nos exigen volvernos a examinar partiendo de cero, vulnerándose así uno de nuestros derechos como funcionarios públicos. Nos podemos preguntar: ¿con qué autoridad moral nos juzgan, nos controlan y nos tutelan? ¿Son conscientes de nuestra subsistencia en las EE.LL? El desconocimiento de nuestro trabajo y de nuestros genuinos conocimientos, derivados y acrecentados por el día a día, constituyen elementos de inteligencia, que superan la mera posición coyuntural de determinados miembros de tribunal, máxime cuando éstos, los tribunales, son formados, en su mayoría por funcionarios de la administración general autonómica, parcela importante en muchos aspectos, pero siempre limitada a un conocimiento solo de su ámbito, pero nunca extrapolable al mundo local.
Po todo ello,
SOLICITAMOS al Consejo Andaluz de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local y al Consejo Nacional:
1º) Que se exija de las Administraciones competentes que se convoquen todas las vacantes existentes en todas las Subescalas, con el fin de acabar con el intrusismo y se unifiquen contenidos en materia de promoción profesional.
2º) Que los Tribunales de los procesos selectivos estén compuestos por funcionarios con un adecuado conocimiento del mundo local y en todo caso con una equilibrada representación de todos los Colegios .
3º) Que se formule una declaración institucional sobre la necesidad de remover las reiteradas trabas que desde las distintas Administraciones se viene poniendo a la carrera administrativa de los Secretarios-Interventores, y que recientemente, se ha puesto de manifiesto en el último proceso selectivo, celebrado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para cubrir 15 plazas vacantes en la Subescala de Secretaría de Entrada, por la modalidad de promoción interna.
4º) Que se regule la promoción profesional de los habilitados estatales como carrera horizontal tal como se contempla en el artículo 17 del Estatuto Básico del Empleado Público.
5º) Que se nos faciliten las herramientas técnicas y las infraestructuras precisas para el desempeño de nuestras funciones directivas con inteligencia y responsabilidad .
6º) Que se exija erradicar de raíz la libre designación, los salarios y los nombramientos arbitrarios.
Yo he sido afectada de las promociones internas en Andalucia. Es más una vez aprobamos cuatro el primer ejercicio de Secretaria de Entrada dejan tres vacantes , eso en el 2007.
Además despues de estar cuatro años preparando la promocion a Interventores con un gran preparador , nos encontramos que el temario de la promoción es el mismo que el de libre , con que nos exminamos del primer ejercicio en 2009 con 130 temas ( y se suponen que eran restringidas ) , pasamos el primer ejercicio 19 personas para 20 plazas , y una vez mas en el práctico dejan 16 plazas desiertas ( ya que visto lo visto no sabemos nada de nada despues de años de preparacion ) , Además al ser el primer supuesto de promoción realizado integramente por la Comunidad Autónoma hubo vía libre para opositores de Comunidades donde nosotros no nos podemos presentar.
Es por todo ello que se nos queda una pena ( por decirlo sinceramente ) muy grande de pensar si es que nuestros propios compañeros no quieren que promocionemos ( con la de vacantes de Intervenciones que hay y las exigencias de controles que tenemos en nuestra vida diaría) o que los procesos no son los correctos .
Pero es indignante que pierdas tiempo de tu familia , de tus horas de sueño…. para que tus propios compañeros se empeñen en que yo no valgo para promocionar.
Yo me he presentado tambien ahora a Secretaria de Entrada en Andalucía , no iba tan bien preparada como en otras ocasiones pero se que compañeros a los que han suspendido si que lo iban , compañeros que ocupan Secretarias de Entrada con un nivel de profesionalidad y cualificación tremendos .
Así que espero que se modifiquen los procesos de Promoción Interna y al menos nos den igualdad de oportunidades a todos.
Yo he vivido lo mismo que tú. Me ha presentado dos veces a Intervención y al segundo examen pasamos menos aspirantes que plazas y tampoco aprobamos todos. En Entrada me he presentado tres veces. Las tres veces me esperaba aprobar con nota alta y tampoco se cubrieron las vacantes. ¿ Quién marca la pauta? ¿ Algunos gurús de nuestro propio colectivo? No lo sé pero creo que ha llegado el momento decir !BASTA YA! . Estoy totalmente reciclada y al día en normativa, pero no merezco ocupar el puesto que ocupa por ejemplo un operario promocionado a auxiliar adtvo en un Ayuntamiento de primera. Es humillante y vejatorio ver estas situaciones y lo poco que han hecho algunos por acabar con esto.Creo que la única solución para acabar con esta situación es la unidad de todos, unirnos en alguna plataforma si los Colegios nos nos defienden y presentar una alternativa a las Administraciones competentes, que pasa por la desaparición de las subescalas. Si son las mismas funciones y se exige la misma titulación , el sistema de promoción horizontal debe ser otro. Hay un compañero, Juan Jiménez Herrera, que publicó en este blog hace tiempo una propuesta semejante a la de las notarías . Lo he rescatado .Este es un extracto:
Una propuesta de promoción interna para Secretaría Intervención: el modelo notarial.
Los funcionarios con habilitación de carácter estatal pertenecientes a las subescalas de Secretaría y Secretaría Intervención realizan las mismas funciones en lo que a fe pública y asesoramiento legal preceptivo se refiere. El ejercicio efectivo de estas funciones en nada difiere en los distintos municipios con independencia de su población. La Junta Local de Gobierno y las Comisiones Informativas, de obligada constitución en los municipios de más de 5000 habitantes y potestativa en los de menor población, son, sin embargo, en éstos una realidad persistente ante la que los Secretarios Interventores están habilitados y capacitados para hacerle frente en el ejercicio diario de sus funciones. No existe normativa alguna que relaje las exigencias en el ejercicio de las funciones públicas de fe pública y asesoramiento legal preceptivo en los municipios de menos de 5000 habitantes; ni tampoco la normativa contractual, de función pública, urbanística, etc., permiten a los habilitados que sirven en estos municipios rebajar la naturaleza y enjundia de su asesoramiento legal o fe pública. Excepción hecha de los municipios de gran población, la distribución de competencias entre los distintos órganos de gobierno es común para el resto. El Secretario que presta sus servicios en un municipio de 1300 habitantes está obligado, con la misma intensidad que el que lo hace en un municipio de 13000 habitantes, a ejercer sus funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo con sujeción plena al mismo ordenamiento jurídico.
De otro lado, es lo cierto que la complejidad de los expedientes a que un secretario o secretario interventor debe hacer frente en sus respectivos municipios es sustancialmente la misma sino idéntica. En un municipio de menos de 5000 habitantes el planeamiento urbanístico se formula y ejecuta con iguales garantías y procedimientos que en otro de 13000 habitantes; los contratos de obras, suministro, servicios, privados, etc. se licitan con sujeción a los mismos procedimientos y reglas, prefigurados en la normativa de contratación. En muchos municipios de menos de 5000 habitantes han proliferado, al igual que en otros de mayor dimensión, organismos autónomos, sociedades mercantiles, etc., y a cuya regulación y funcionamiento los secretarios interventores dan cumplida respuesta. Ni siquiera la diferenciada atribución de servicios mínimos obligatorios a prestar en función del nivel de población supone, en la actualidad, una diferencia sustancial en el ejercicio diario de las funciones reservadas, puesto que la mayoría de los municipios de menor población, voluntariamente, han asumido la prestación de servicios para ellos potestativos y de su regulación y funcionamiento conoce perfectamente el colectivo de secretaría intervención.
Se puede afirmar, por tanto, a la vista de cuanto antecede, que tanto secretarios como secretarios interventores, en lo que a fe publica y asesoramiento legal se refiere, tienen idénticas funciones, es decir, tienen capacidades, competencias y conocimientos comunes, notas éstas que conforman el concepto de escala o cuerpo. Los secretarios interventores suman a su conjunto de capacidades, competencias y conocimientos los propios del ejercicio de la intervención y ello justifica la creación de una subescala propia, que se ha querido adscribir a municipios menores, no porque en ellos, como queda demostrado, las referidas funciones de asesoramiento legal preceptivo y fe pública sean de menor enjundia sino porque, aunque todo ello sea muy discutible, su, al parecer, menor volumen de trabajo, aconsejan acumular a aquellas las propias de intervención, que, en tales municipios, reciben, eso sí, contable y presupuestariamente, un tratamiento legal más simplificado, razón por la cual en las pruebas de acceso a la subescala de Secretaría Intervención, a diferencia de las propias de la subescala de Intervención Tesorería, no se exige acreditar el conocimiento práctico de las materias propias de matemática financiera, contabilidad analítica, de costes, etc.”
La lucha contra la corrupción en la selección de personal tiene un claro nombre y se llama OSADIA (Órgano de Selección Aleatorio para Disminuir las Incorporaciones Arbitrarias).
La Constitución Española prohibe cualquier tipo de nepotismo en el acceso a la función pública, sin embargo los procesos selectivos en su inmensa mayoría incurren abiertamente en el nepotismo indirecto. Un alcalde, pongamos por ejemplo, sabe que no le van a dejar meter directamente a su sobrino a dedo en el ayuntamiento. Sin embargo, nadie le dirá nada si nombra a dedo a los amigos que van a formar el tribunal y que van a decidir quien supera el proceso selectivo. Naturalmente casi siempre se cumple el pronóstico y el sobrino acaba entrando y probablemente quitando el puesto a una persona más preparada y generando a los contribuyentes una carga imposible de soportar cuando los sobrinos ya se cuentan por cientos de miles.
Naturalmente, no es posible entrar en la espiral infinita del tribunal elegido por otro tribunal, que a su vez es elegido por otro órgano, etc. Es ineficaz y absurdo.
Si se me permite la licencia humorística, recordemos a nuestro gran Juan Tamariz cuando nos quería convencer de que el ayudante «voluntario» elegido de entre el público no estaba compinchado por que la selección se hacía lanzando una bolita de papel de espaldas y sin mirar. Luego añadía, con su magistral sentido del humor, que algún malpensado podía decir que nuestro gran mago era el «mejor lanzador de bolitas de papel del mundo», y por tanto, el primer receptor debía volver a lanzar hacia atras la bolita para finalmente llegar al voluntario.
Bromas aparte, la solución es de una simpleza apabullante. Si partimos de la base de que miembro del tribunal puede serlo cualquiera que cumpla una serie de requisitos, ¿por qué seleccionarlo a dedo en lugar de hacero aleatoriamente?
Si nuestro buen alcalde de antes necesita seleccionar a un nuevo empleado público, en el régimen jurídico que sea, le será bastante más difícil meter a su sobrino si las personas que han de formar el tribunal de selección han salido de las bolas de un bombo en el que han entrado muchos voluntarios (o forzosos, según la población de elegibles) que cumplan rigurosamente con los requisitos necesarios para ello.
La explicación matemática es igualmente sencilla y se basa en la independencia de sucesos. Podemos partir con la premisa de que para una población dada, la probabilidad de encontrarse con un corrupto es siempre menor que la unidad. Basta con que haya una sola persona honesta para que esto sea así.
Supongamos que un estudio sociológico arroja el resultado de que el 50% (probabilidad = 0,5) de la población de alcaldes de España son personas corruptas, así como el 40 % (p = 0,4) de la población de funcionarios que cumplen requisitos para ser miembros del tribunal en una oposición en concreto.
El sistema actual permite que el alcalde seleccione el tribunal que le venga en gana. Por tanto, un alcalde corrupto tratará por todos los medios de meter a su sobrino y siempre elegirá un tribunal corrupto que le garantice la consecución del siniestro fin perseguido. Podemos decir, en tal caso, que la probabilidad de que entre un sobrino a dedo en un ayuntamiento de España, en el mejor de los casos, es del 50%. Matemáticamente se demuestra porque los sucesos no son independientes.
Sin embargo, forcemos a nuestro buen alcalde a un sorteo público. Ahora deberá elegir a cada miembro del tribunal mediante una bolita extraída de un bombo ante la mirada de los implacables ciudadanos en paro que podrían asistir al evento y entre los que puede incluso encontrarse alguno de los opositores que concurrirán a las pruebas selectivas. Ahora los sucesos «alcalde corrupto» y «tribunal corrupto» son independientes y la probabilidad de que el sobrino se pasee por la oposición «como Pedro por su casa» se reduce a 0,5 x 0,4 = 0,2. Es decir, ahora solo existe un 20% de probabilidades de que el sobrino le quite el puesto de trabajo de funcionario a su verdadero merecedor.
Técnicamente no sería difícil incluir por Ley este proceso aleatorio a todas las incorporaciones de personal en la Administración; desde la oposición para jardinero temporal en un ayuntamiento hasta para letrado del Tribunal de Cuentas.
¿Pero qué político tendría la suficiente OSADIA de proponerlo?
Saludos.