Asistimos a un revolución vertiginosa en el mundo de la movilidad urbana. Por un lado, las restricciones a la circulación de vehículos de motor, llegando al anuncio de la prohibición futura de los motores de combustión, mientras de otra parte nos invaden los patinetes y bicicletas. También ha de tenerse presente la proliferación de nuevos negocios de alquiler de vehículos mediante dispositivos móviles, que permiten al usuario alquilar desde su dispositivo electrónico un coche, moto, bicicleta o patinete eléctrico, acceder al uso del vehículo durante un tiempo y al acabar dejarlo estacionado en la vía pública. Todo ello sin olvidar las nuevas plataformas digitales de alquiler de vehículos con conductor (VTC), que han convertido nuestras mayores ciudades en un caos sembrado por los tradicionales taxistas, que procuran defender su negocio de la competencia de los nuevos servicios.
Como es lógico, esta revolución de la movilidad provoca disfunciones añadidas a la guerra de taxistas contra las VTC, con quejas de peatones sobre el peligro de los patinetes, protestas de ciclistas por el riesgo que provocan los automóviles, disconformidad de los conductores con los nuevos carriles para bicicletas,… disgustos varios de usuarios de aceras y calles con la concurrencia de otros usuarios. Pero ello no queda aquí, ya que también hay consecuencias graves, como los cada vez más frecuentes atropellos de ciclistas, los primeros accidentes de patinetes y los diversos arrollamientos de peatones en las aceras.
Ante tal situación, rápidamente se ha intentado dar soluciones y se ha hecho desde los Ayuntamientos, comenzando a regular el uso de estos vehículos de movilidad personal. La Dirección General de Tráfico se ha considerado ajena a la regulación de esta materia, por lo que se ha limitado a formular una propuesta de criterios (Instrucción 16/V-124, de 3 de noviembre de 2016).
En principio no hay nada que objetar, pues ciertamente estos temas parecen ajenos a la competencia de Estado y Comunidades Autónomas, siendo más propios de la organización interna de municipio. Pero se ha de tener en cuenta que ello puede generar problemas. Una misma persona en su pueblo es vecino, pero puede trabajar en localidad diferente, asistir al médico en otra y ser turista en varias más. Ya sabemos que la ignorancia de la Ley no exime de su cimplimiento, ¿pero es lógico pretender que nos sepamos las ordenanzas de movilidad de cuantos Ayuntamientos visitemos? Sinceramente creemos que hay aspectos importantes que deben ser unificados y generalizados, aparte la labor de difusión que las Administraciones deben hacer para que los ciudadanos sean conscientes de las nuevas ventajas y riesgos que pueden encontrar en las calles.
Lo que sí está claro es que la regulación de los novedosos dispositivos de transporte no puede suponer una hiperregulación monstruosa como la del taxi, pues es un elemento a considerar que la sobreabundancia de regulación administrativa conlleva la multiplicidad de obligaciones y amenazas de sanción, que generan incumplimientos frecuentes, cuando no la proliferación de mafias.
En consecuencia, normas claras y las necesarias, no más.
Por último, no se puede hablar de movilidad urbana sin dedicar una mención al transporte público colectivo. Si los usuarios contaran con un transporte público eficiente, económico y cómodo, lo usarían más, lo que permitiría abaratar su coste, además de aminorar los problemas de circulación, aparcamiento, contaminación, accidentes… Pero esta es otra historia, en la que merece tomar en consideración la reciente propuesta del Profesor Sosa Wagner en este mismo foro (véase “Transportes públicos: ¿gratuitos?”, del 21 de enero).