Responsabilidad contable (I)

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Explicar a una colega extranjera cómo hemos llegado a la grave situación económica en España no me ha resultado nada fácil. (Tampoco estoy segura de haberlo conseguido). Joven jurista, y probablemente por ello algo ingenua, inició su conversación dándome a entender su conocimiento de la política española con la noticia de que el nuevo Gobierno había prometido una reforma legal para garantizar la transparencia y responsabilidad de las autoridades públicas. Es cierto que esos dos principios son los más elementales e imprescindibles para considerar que es posible garantizar una mínima corrección en la acción pública. Pero no es suficiente su solemne reiteración, si reproduce un nuevo falsete en la comedia que tantos representan con imposturas de seriedad.

Contamos ya en España con bastantes leyes que recuerdan los deberes de información de las cuentas públicas o de las obligaciones que suscriben las Administraciones al celebrar los contratos. ¿Se cumplen esas mínimas normas de información? Basta leer los sucesivos Informes del Tribunal de Cuentas sobre el sector público donde se reproducen un año y otro también los lamentos por la falta de remisión de datos de muchas Administraciones públicas a ese relevante órgano constitucional. Es cierto que necesitamos una Ley de transparencia. Prácticamente todos los países occidentales, en los que se presume de un buen Estado de derecho y de la defensa de los derechos de los ciudadanos, cuentan con ella. Pero el texto presentado por el Gobierno peca de pusilánime. Lo prueban las múltiples enmiendas que han presentado los grupos políticos. Seguiremos su tramitación con interés. 

¿Y qué decir de la exigencia de responsabilidad? Pues también contamos ya con algunas leyes que desde hace años tratan de proteger la integridad de los caudales públicos y perseguir a quien cause daño a los mismos. Quienes hemos tenido que preparar una oposición para tratar de acceder a la función pública, hemos estudiado y repetido en voz alta muchas normas que insisten en la dación de cuentas, en la fiscalización, en los juicios por alcance, en las diferencias con la malversación, en la ilegalidad de comprometer pagos no presupuestados, en la falta de justificación de las inversiones, en la distracción de subvenciones y ayudas públicas, y una retahíla de conductas que se consideran infracciones a la gestión económica y presupuestaria… El proyecto de ley de transparencia y buen gobierno acoge también preceptos para delimitar infracciones a la buena gestión pública, derecho como sabemos consagrado en la Carta de derechos de la Unión europea, pero algunas son nuevas repeticiones de infracciones ya conocidas.

La conversación con esta jurista amiga continuó porque para avanzar en la investigación que está realizando de Derecho comparado quería saber qué es lo que frustra una eficaz gestión ante tanta densidad de normas.

Entre otras cosas, le traté de explicar, están fallando los controles. Por un lado, andan escasos los Tribunales de Cuentas, tanto el estatal como los autonómicos, de suficientes funcionarios para llevar con más agilidad tanta fiscalización como tienen encomendada. Le enseñé la información que facilita el propio Tribunal de Cuentas sobre sus sentencias, ciertamente pocas para quienes conocemos la grave situación de tanto organismo público. Y lo que es peor, con una decisión que se aleja mucho en el tiempo de los hechos que la originaron. Es cierto que no están todas, porque, por ejemplo, en la provincia donde nos encontramos, se ha conocido en estos últimos días una liquidación tras un procedimiento de alcance de más de tres millones de euros por el desorden y falta de contabilidad del anterior alcalde. Quien sigue, por cierto, como concejal.

Por otro, le dije con cierta suavidad, hay que anotar las presiones de algunos responsables políticos sobre los funcionarios de habilitación nacional, secretarios, interventores y tesoreros. A pesar del rigor que muestran estos funcionarios en su trabajo, y de la ayuda de los programas informáticos que tan indispensables son a la hora de la llevanza de cuentas, padecen en ocasiones cierta presión de alguna autoridad, quien está más preocupada de consolidar su influencia territorial e imponer su arbitrario criterio que de garantizar el correcto cumplimiento de la ley. Tengo algunas noticias de situaciones conflictivas, de ceses en los puestos claves de control, así como de alguna sentencia en la que se muestra la persecución contra una buena funcionaria… Pero preferí no darle más datos hasta no contar con la correspondiente resolución. Quedó esta profesora en que estudiaría la jurisprudencia del Tribunal de Cuentas que le había facilitado y que discutiríamos situaciones para comparar los regímenes jurídicos europeos.

Parece mentira que después de tantos años tengamos que seguir insistiendo en la responsabilidad contable de las autoridades.

2 Comentarios

  1. Un antiguo jefe me enseñó aquello, creo que de Lampedusa, que venía a decir: «si queremos que todo siga como está, es necesario que todo cambie».

    Y en el siglo XII del tercer milenio parece que en ello estamos. La mayor parte de las administraciones públicas españolas son auténticas máquinas de fabricar agujeros presupuestarios (bueno y «no presupuestarios», por lo que a la parte más grande de los mismos se refiere, que no cuenta con consignación presupuestaria) y, como siempre, NO PASA NADA …

    Por no hablar de que, como si lloviese y a nadie atañese, las CUENTAS ANUALES de muchísimas AAPP se parecen a la realidad lo mismo que yo (que mido 1,65 cm) a un pivot de la NBA.

    Sinceramente, no creo que el nuevo artículo 433 bil de código penal sirva para … ¿para se habrá redactado en realidad?

    Saludos cordiales.

  2. ¿…y la responsabilidad de la auditoría?

    Se ha pretendido garantizar el problema de la transparencia y la responsabilidad de las autoridades públicas en la vía jurídica. Sin embargo, en México desde hace varios años se cuenta con Leyes de Acceso a la Información Pública, y todavía tiempo atrás con Leyes de Fiscalización Superior que pregonan la autonomía técnica y el trabajo profesional. Pero, en los hechos también continúa la comedia que las entidades fiscalización coadyuvan en la rendición de cuentas y claridad.

    Por ello, el Presidente Enrique Peña Nieto ha promovido la creación de la Agencia Anti-Corrupción, y los Gobiernos Estatales se apoyan más en los despachos de auditoría privados que en los Órganos Técnicos de Fiscalización que dependen de cada Congreso Local. En el fondo, aunque no se expresa directamente, ha sido el reconocimiento que la fiscalización pública ha fallado. Cualquier análisis indicaría que la debilidad institucional en México se origina en razón de la debilidad de sus entidades de fiscalización.

    Michoacán es ejemplo. A casi un año del cambio del Gobierno Estatal, la confusión ha prevalecido entre dimes y diretes, sobre el monto del endeudamiento público y si existen responsabilidades por perjuicios y daños al Erario del Gobierno en Michoacán.

    También el máximo Órgano de Fiscalización se justifica que su incumplimiento ha obedecido a la falta de personal, a auditores que se dedican a todo, menos a auditor (expresado por el propio Auditor Superior). Y el nuevo Poder Ejecutivo ha encargado auditorías privadas, pero sin ningún efecto legal. Y así, los supuestos acusados parecen más bien acusadores. Desde un principio han sembrado la duda razonable y su política de comunicación ha sido más que contundente, ante la parsimonia de los órganos de control que no aciertan a deslindar o no la responsabilidad de la autoridad anterior.

    De tal forma, que la situación sobre las finanzas en Michoacán se ha convertido en un asunto confuso, opaco, derivado de la primacía de la política que sujeta la fiscalización, la rendición de cuentas y la transparencia, a la discrecionalidad.

    Luego, las Leyes de Información y Fiscalización Superior han servido de muy poco, porque lo jurídico ha supuesto que la auditoría y fiscalización son actividades fuera de duda, cuando se carece de instrumentos metodológicos que garanticen la independencia, la objetividad, y el carácter público del examen de los fondos públicos. En tanto las repeticiones consabidas que se han convertido en apología de la fiscalización en México y en Michoacán.

    Por lo tanto, no resulta extraño que se intente poner en la agenda, la implementación de Tribunales de Cuentas, la fiscalización ciudadana, o la autonomía de las entidades de fiscalización por decreto legislativo. Más el problema continua vigente porque se ignora u omite poner en el banquillo de los acusados, a los auditores, y a las entidades de fiscalización. Y si, no es mentira que la auditoría es cómplice del desastre en la economía.

    Y si bien no se produjo el ‘fin del mundo’. El espacio de Espublico permite comparar las ideas no sólo entre europeos sino con americanos que se niegan a reproducir la colonización intelectual.

    Posdata. Y aunque se queden otros comentarios en el tintero, felicito a Mercedes por su post.

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