Ventajas de la jurisprudencia europea: el caso de los vertederos ilegales

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El Reino de España acaba de recibir una buena reprimenda en términos judiciales del Tribunal europeo de Justicia que tiene su sede en Luxemburgo. En efecto, por sentencia que lleva fecha de 15 de marzo de 2017 se ha condenado a nuestro país por incumplimiento de las normas europeas relativas a los vertederos y además habrá de pagar las costas del proceso.

El asunto tiene el máximo interés porque hay en la sentencia una referencia explícita a los municipios y a sus obligaciones. De manera que nuestros alcaldes y funcionarios habrán de prestar atención al contenido de lo que nos dicen los jueces europeos.

Como consecuencia de una serie de denuncias, la Comisión europea decidió incoar un procedimiento de infracción con el fin de abordar el problema de los vertederos ilegales en España, esos que vemos a diario y que son como costurones, cicatrices en nuestros paisajes, violados por desalmados. Quienes somos aficionados a caminar por los montes, los advertimos con frecuencia y nos preguntamos cómo es posible que las autoridades, entre ellas, las más cercanas, las municipales, no pongan todos sus medios en acción para evitar estos atropellos. Añado que, junto a los vertidos ilegales, se halla otra situación cercana, aunque distinta en términos jurídicos: la de las granjas o instalaciones donde se guarda ganado que se conservan en las más deplorables condiciones estéticas y de higiene, almacenando a veces material altamente inflamable que en las épocas secas se convierten en un riesgo cierto y visible.

El paseo que se puede hacer, de la mano de la sentencia, por nuestro territorio es pavoroso. No hay rincón libre de esta plaga: Andalucía, Islas Baleares, Canarias, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Murcia … Ni hay misericordia -felizmente- con las autoridades españolas que habían alegado todo lo imaginable para librarse del juicio negativo del juez europeo: “ni las explicaciones del Reino de España relativas a los hechos ni los voluminosos anexos que ha aportado permiten refutar la alegación de la Comisión, según la cual, al término del plazo fijado en el dictamen motivado, la situación de los 61 vertederos objeto del presente recurso no era conforme con el artículo 13 de la Directiva 2008/98″.

Hay un segundo motivo mediante el cual la Comisión reprocha al Reino de España que incumpliera las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 15, 1 de la Directiva 2008/98 que exige a los Estados miembros adoptar las medidas necesarias “para garantizar que cualquier productor inicial de residuos u otro poseedor realice el tratamiento de residuos por sí mismo o encargue su realización a un negociante o a una entidad o empresa que lleve a cabo operaciones de tratamiento de residuos, o su organización a un recolector de residuos público o privado …”.

Y es aquí donde recuerda el juez de Luxemburgo que de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia resulta que los municipios han de realizar por sí mismos el tratamiento de los residuos procedentes de vertederos situados en su término municipal, o bien encargar su realización a una empresa, correspondiendo al Estado miembro adoptar las medidas necesarias para garantizar que tales municipios cumplen sus obligaciones. Y se aportan varias sentencias en este mismo sentido.

Vuelvo a repetir: políticos municipales y funcionarios han de tomar buena nota de esta resplandina que nos viene de Luxemburgo.

Se suele recordar el episodio vivido por un súbdito prusiano al que el rey de Prusia quiso privar de su molino porque afeaba el entorno de su palacio, Sansouci, que está en Potsdam. Estamos hablando de Federico II a quien la historia conoce como “el Grande”, músico y amigo de Voltaire y otros intelectuales de la época. Pues bien, el rey tuvo que aceptar la sentencia de un juez que anuló la orden del soberano y este, lejos de indignarse, exclamó satisfecho: “esto demuestra que aún hay jueces en Berlín”.

Pues lo mismo podemos decir nosotros hoy: en relación con los vertederos, menos mal que hay jueces en Luxemburgo.

2 Comentarios

  1. Como siempre fantástico y útil articulo. Pero si queremos legislar y dictar sentencias desde edificios legislativos o palacios de justicia alejados del mundo rural, fomentamos lo optimo como enemigo de lo bueno. En este articulo, en esta sentencia, habría que matizar categorizando el asunto porque nos encontramos ante varios problemas conexos pero diferenciados. Por un lado se trata de la falta de regulación correcta en algunas Comunidades Autónomas sobre el tema que no obliga a adaptar las normas municipales. Por otro lado para aquellas CCAA que si que lo tienen bien regulado nos encontramos con los vertederos ilegales -por no aplicar la normativa estatal y autonómica- pero que cuentan con la vergonzosa autorización municipal y es usado por los ayuntamientos como si de algo absolutamente legal se tratara. Y por ultimo está el problema del vertido ilegal de escombros en zonas en las que por falta de vigilancia se convierten en vertederos. El primero de los problemas, el de la falta de regulación correcta, sí que entraría dentro de este tirón de orejas europeo. El segundo y el tercero son problemas de responsabilidad «in vigilando». Pero a los ayuntamientos se nos echa mucha mala fama en asuntos como vertederos ilegales, urbanismo ilegal, etc. y no se tiene en cuenta las dificultades para el control. Hay que pensar que el entorno rural en este país solo existe cuando nos movemos en coche o en tren y miramos por la ventanilla. Se legisla como si todo el país estuviera pavimentado. No se cae en la cuenta de que miles de ayuntamientos pequeños carecen de policía local que controle esos vertidos ilegales, y donde cuentan con policía local no es suficiente o no cuentan con medios para el control rural. Y por desgracia el personal de la Guardia Civil es muy escaso como escaso suele ser la coordinación con los ayuntamientos. Intentar usar a la Guardia Civil para atajar problemas de ilegalidad rural, incurre en lo mismo que incurre esta sentencia europea, en irrealidad. Este problema es grave no lo niego, pero actualmente los robos continuos en campos y explotaciones agrícolas, o de cable del suministro eléctrico que deja parado incluso al AVE pone bien de manifiesto que lo rural no está vigilado. Y por ello si el alcalde de un pueblo intenta atajar los vertidos incontrolados de residuos o escombros, es luchar contra molinos. Muchos de los problemas públicos que persisten en este país existen porque no somos realistas y tendemos a la utopia, al buenismo, sin contar con la aplicación de las normas. Legislamos como Quijotes y aplicamos las normas como Sancho Panzas.

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