Algo más que bilingüismo

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No he perdido interés, después de un cuarto de siglo familiarizado con el tema, con lo que el profesor Charles-Albert Morand llamó la liberté de la langue, por más que en nombre de los supuestos derechos idiomáticos de los pueblos se hayan cometido no pocos excesos. También en España, país pendular donde en pocas décadas hemos pasado de la única lengua del Imperio a los recortes del Tribunal Constitucional en su sentencia 31/2010, de 28 de junio, para que el castellano no sea, estatutariamente, de peor condición que el catalán. La materia, como la decisión jurisdiccional, ha sido y es merecedora de análisis profundos y generalmente respetuosos con las sensibilidades de una España plural; algo que excede, obviamente, las pretensiones de este modesto y breve comentario.

Pero el pasado martes, 26 de junio, se produjeron dos noticias, de distinto alcance, que guardan relación con el pluralismo lingüístico español y, desde la curiosidad profesional y cívica por el asunto, llegué a una reflexión final inesperada de la que les haré partícipes.

Yendo por fases, por un lado ese día se hizo pública la sentencia del Tribunal Supremo que estima parcialmente un recurso presentado contra una sentencia de 18 de julio de 2011, dictada en pleno por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Dicha decisión a quo, con invocación expresa de la doctrina constitucional, había avalado el Decreto 181/2008, de 9 de septiembre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil en Cataluña. No obstante, esta primera decisión partía de un condicionante interpretativo que ahora desmonta el Supremo: la norma es válida siempre que se interprete de forma que las lenguas vehiculares en la enseñanza sean las dos oficiales y partiendo de que ni la voluntad de los padres ni la Administración autonómica pueden excluir una de las dos. La sentencia parcialmente casada subrayaba que debía descartarse toda pretensión de exclusividad de una de las lenguas oficiales en materia de enseñanza, si bien resultaría perfectamente legítimo que el catalán se mantuviera como centro de gravedad de este modelo de bilingüismo, aunque siempre con el límite de que ello no determine la exclusión del castellano como lengua docente y quede garantizado su correcto conocimiento.

Ahora, la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo viene a anular los artículos 4.1, 4.3, 4.4 y 4.5 y 10.1 del Decreto, en los que se disponía que el catalán debía ser la lengua de expresión en las actividades, tanto internas como externas, de las escuelas, prohibiendo la separación de los alumnos en función de la lengua, implantando el sistema de inmersión lingüística y obligando a los centros a aprobar un proyecto propio para garantizar y promover el uso ordinario del catalán en todos los ámbitos docentes y administrativos. La sentencia ad quem también anula el artículo 14.3, que establecía que las escuelas debían dedicar atención preferente a los alumnos inmigrantes para el aprendizaje del catalán (no se mencionaba el castellano). Una decisión que provocará ríos de tinta y contestación política y social –no sólo jurídica- por lo ideologizado de la cuestión. No en balde no se están protegiendo sólo derechos individuales de alumnos y padres sino que se está anulando buena parte del núcleo duro de una disposición general. Pero, repito, mi reflexión no guarda relación con este importante pronunciamiento judicial.

Y tampoco, en sí misma, con una norma que el mismo día 26 de junio publicaba el BOE. Se trata –no salgo de esta Comunidad- del Acuerdo  de 29 de mayo de 2012, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Cataluña. El texto consolidado tras la reforma, cuenta con un artículo 11 dedicado a la lengua en esta institución académica, donde se dice:

“El catalán es la lengua propia de la Universitat Politècnica de Catalunya y su vehículo de expresión normal. La lengua castellana convive con la catalana en igualdad de derechos para todos los miembros de la comunidad universitaria, sobre la base del respeto a la libertad de expresarse, oralmente y por escrito, en cada caso en la lengua que se prefiera. La Universidad deberá fomentar el conocimiento y el uso del catalán en todos los ámbitos de la actividad universitaria, facilitar su aprendizaje a todos los miembros de su comunidad y asegurar el nivel de conocimiento suficiente de las dos lenguas oficiales, de conformidad con el marco legal”.

Aún partiendo de expresiones no siempre pacíficas como “lengua propia” o vehicular “normal”, el texto es enormemente respetuoso con el bilingüismo y con la igualdad de derechos “para todos los miembros de la comunidad universitaria, sobre la base del respeto a la libertad de expresarse, oralmente y por escrito, en cada caso en la lengua que se prefiera”. Redacción intachable, ciertamente. Luego aparecen referencias igualmente irreprochables al fomento del idioma autóctono y, por último, surge el motivo de mi sorpresa: una universidad, que imparte enseñanzas superiores, se compromete a “asegurar el nivel de conocimiento suficiente de las dos lenguas oficiales”. ¿Pero esto no está ya garantizado en la ESO? ¿No debe ser óptimo ese conocimiento al final del Bachillerato y cuando se encara la PAU? ¿O hay tantos foráneos en esa Universidad que no han estudiado la secundaria en Cataluña? ¿O sigue siendo el catalán la lengua débil después de más de treinta años de enseñanza obligatoria?

Me ha llamado la atención esa referencia, ese propósito del estatuyente universitario. Pero la aplaudo, a buen seguro que con otra óptica distinta en parte: en las tres universidades en las que he sido docente, las tres de comunidades monolingües, no pocos estudiantes de cursos altos de las licenciaturas en Derecho y Economía se expresaban oralmente con dificultad, léxico pobre y no pocos latiguillos; a lo que, en versión escrita, se añadía algún que otro atentado a la ortografía.

Que la Universidad, en todos sus centros literarios, científicos o tecnológicos se siga preocupando de la lengua (o de las lenguas) del país y no sólo de que haya grupos con docencia en inglés, lo que también está muy bien, merece todo tipo de elogios. La cuestión es cómo se articula ese perfeccionamiento de los alumnos en su condición de hablantes y escribidores. Porque con los recortes de la crisis no estamos para hacer milagros.

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