Corresponsabilidad fiscal local

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Corresponsabilidad fiscal local

Empieza ahora un nuevo mandato de cuatro años tanto de las entidades locales (ayuntamientos y diputaciones) como de comunidades autónomas.  Y sería un buen momento para replantearse algunas cosas desde el punto de vista municipal, en el ámbito de lo económico.

Hablar de gastos en lo municipal, equivale tradicionalmente a hablar de escasez endémica. Por eso sería oportuno ya, replantear el sistema actual que tiende sin duda, por su naturaleza, hacia lo clientelar. Un sistema cierta y probablemente caduco que se justifica a sí mismo a través de la llamada planificación estratégica, pura teoría de desconocido contenido. O que se justifica en otras ocasiones en conceptos jurídicos indeterminados o difícilmente determinables, como la ordenación territorial, otro concepto escasísimamente explicado.

Hora sería, tras treinta años de democracia constitucional y de descentralización territorial de procurar encontrar un sistema real y factible que procure medios económicos suficientes para gestionar los servicios que se deben prestar a los ciudadanos. El sistema descentralizador tomó la dirección de Estado hacia Comunidades Autónomas pero no desde éstas hacia los Ayuntamientos. Por otra parte y en mi opinión, se hizo sin una planificación previa y a golpes de necesidad de apoyos políticos puntuales de gobiernos sin mayorías de gobierno. Y establecidas las premisas anteriores creo importante lanzar estas reflexiones:

1. En primer lugar habría que determinar qué servicios debe prestar un Ayuntamiento y cuáles no, ya que los Alcaldes, con su mejor voluntad deciden prestar servicios que evidentemente no les corresponden de modo obligatorio por ser competencias atribuidas al Estado o la Comunidad Autónoma. Son servicios que no están recogidos probablemente en el artículo 26 de la Ley de Bases de Régimen Local pero sí en el 25 cuando, aparte de la lista, se habla de las “aspiraciones de la comunidad vecinal” y, en todo caso, en el “circulo de intereses” de que habla el art. 2 (preciosas expresiones por otra parte).

Sin embargo, consideran que son servicios fundamentales o muy importantes, y consiguientemente, deciden acometerlos.

A posteriori, desde foros municipalistas de discusión local como la FEMP, se reclama que se compense de algún modo ese gasto que no le correspondía hacer. La Revista "Carta Local" de la FEMP alude una y otra vez al tema y su Presidente clama en el desierto continuamente pidiendo financiación y aquello de la distribución del gasto público (50 % Estado; 25 % Comunidades Autónomas; 25 % Ayuntamientos). Argumento recurrente. Veamos un par de citas a este propósito:

– En  www.malagaes.com  (6/7/06) se informa que “La concejala del Ayuntamiento de Málaga Carolina España destaca que los Ayuntamientos asumen un 26,7% de gasto que compete a otras administraciones” Añade que “Además, ha informado de que el gasto no obligatorio por habitante asciende a 227,20 euros, del total de 850 euros por habitante. Estos datos se enmarcan en un estudio realizado por el Instituto de Economía de Barcelona, solicitado por la FEMP para valorar las actividades realizadas por las entidades locales cuya competencia corresponde legalmente a otra administración pública y enviarlo al Ministerio de Hacienda con vistas a estudiar medidas y fórmulas de financiación…”

– Sirva asimismo el ejemplo publicado el  20/10/2006 por la FEMP, noticia en la que se resalta que "La FEMP pide un incremento sustancial del fondo destinado a los pequeños municipios". Por estar perfectamente resumido, se puede citar que el 14/9/2006 se publica: "Estudio: La situación de los Ayuntamientos en España, sus carencias económicas y problemas de gestión: diagnóstico y propuestas en una perspectiva europea". La reseña es: "…se publica un laborioso estudio realizado con la colaboración de alrededor de 80 técnicos de la administración local, y un número muy superior de Corporaciones Locales que han proporcionado información sobre el funcionamiento de sus Ayuntamientos. La investigación fue encomendada por la Comisión Ejecutiva al Departamento de Estudios de la FEMP, y ha contado con la contribución del Grupo BBVA. Este estudio aborda, en una perspectiva comparativa europea, un diagnóstico y propuestas sobre financiación de los Ayuntamientos y trata los problemas de gestión de las ciudades, las áreas metropolitanas y los municipios rurales. En él se ponen de manifiesto una nada desdeñable cantidad de funciones que realizan los Ayuntamientos y que podríamos considerar como no obligatorias, dado que su competencia corresponde a otros niveles de la Administración. Estos servicios que hoy prestan los municipios, soportando una enorme carga económica, están directamente vinculados con el bienestar de los ciudadanos y su supresión ocasionaría enormes carencias sociales. Por ello, desde la FEMP solicitamos que los Poderes Locales en su conjunto participen de forma creciente en los ingresos del Estado y de las Comunidades Autónomas."

Bien, si comprensible es que los Ayuntamientos quieran ir más allá habría que decidir colectivamente si deben hacerlo o no. Si se decide que no deben hacerlo,  entonces no pueden reclamar financiación para aspectos que no les competen. Y si es conveniente desde el punto de vista jurídico y social que presten esos servicios, los mismos deberían ir efectivamente acompañados de la correspondiente financiación por parte del ente que tenga verdaderamente la competencia que no esté prestando.

2. En segundo lugar, hay que referirse a que quizás los márgenes de maniobra de los Ayuntamientos en los aspectos impositivos debería ser más amplio. Sin olvidar que el sistema fiscal forma parte de un todo general que tiene importantes efectos y repercusiones económicos y que resulta indiscutible que hay que establecer un sistema mínimamente uniforme para todo el Estado, se deberían quizás ampliar las posibilidades de decisión.

3. En tercer lugar, habría que replantearse la política de subvenciones que funciona aparentemente sin criterios claros –esa es la impresión que da al que no está en los entresijos de su formulación- y con multitud de carencias  entre las cuales podemos resumidamente indicar algunas: exceso de planes, cuantías muy escasas de muchas de las subvenciones (a veces ridículas),  exceso de burocracia basada en la desconfianza mutua en vez de en la colaboración franca, criterios excesivamente ambiguos para la concesión o no, exceso de planes que fijan su atención en inversión nueva dejando sin financiación el funcionamiento posterior del servicio implantado, y derroche de recursos humanos sin duda en implementar un irritante sistema de convocatoria-justificación-comprobación-pago.

4. Por último querría hacer mención a un aspecto que muy raramente se plantea por nuestros políticos pero que es de cajón. Y no es otro que, aunque parezca de Perogrullo, el dinero está para quien lo necesita. Hay desgraciadamente en el acervo popular hay un dicho: "El mejor Alcalde es el que más perricas trae al pueblo".  Sin embargo cuando se dan subvenciones, nunca se plantea por el ente protector la cuestión de que si el Alcalde pide dinero para el pueblo es porque no tiene suficiente para hacer lo que cree que es importante. Y que antes de que se concediera una subvención, desde mi humilde punto de vista, sería imprescindible que se examinara la capacidad o esfuerzo fiscal de ese Ayuntamiento. Es decir, dicho de otro modo, el subvencionador debería ayudar y llegar allí donde no llega el político local, por lo que se debería de hacer un estudio previo y objetivo, con parámetros explícitos, de la capacidad o esfuerzo fiscal que el Ayuntamiento solicitante hace conforme a sus posibilidades legales, o sea de los impuestos que exige a sus vecinos. Y una vez estudiado, conceder o no la subvención. Porque la política fiscal tiene un desgaste a veces serio si no se gestiona adecuadamente el dinero. El planteamiento pues sería obviar las habilidades políticas del Alcalde circulante por las instituciones y decirle claramente: pida usted  ayuda cuando haya apretado suficientemente a sus ciudadanos, pero no pretenda obtener fondos si su presión fiscal está bajo mínimos para invertir y dar servicios a un ínfimo coste. O lo que es lo mismo y siguiendo el sabio refranero, que cada palo aguante su vela.

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