El rechazo a la Desaparición del INAP

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En los últimos días viene circulando por los despachos de las Administraciones Públicas un  proyecto de Real Decreto sobre la creación de un nuevo Organismo denominado XXX y que supone la desaparición de cuatro Organismos Autónomos del Estado, como son el Centro de Estudios Jurídicos, el Instituto de Estudios Fiscales, el Centro de Estudios Políticos y el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).

Dicho proyecto que supone la eliminación y supresión del INAP ha encontrado un frontal rechazo entre un importante sector del funcionario español y asociaciones de funcionarios y en este sentido el Acuerdo de la Asamblea General del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local (COSITAL) en la reunión de la misma celebrada en Sevilla el pasado día 29 de marzo del presente año, y el acuerdo de la Asociación de Antiguos Alumnos del INAP con sus secciones iberoamericanas en bloque y de otros colectivos de la Administración Pública Gestora estatal.

El motivo del rechazo se basa en sólidas razones y argumentaciones que vamos a tratar de desglosar muy brevemente.

1) La creación de un Macro-Organismo XXX será ineficiente, costoso y creará más problemas que los que se pretende solventar.

El Proyecto de Real Decreto del nuevo Organismo Autónomo XXX no solo adolece de imprecisiones jurídicas de bulto y fallos de técnica-jurídica  de gran magnitud sino que la finalidad que persigue, va a ser de todo punto contraria a lo que de hecho se va a producir , ya que unificar en un solo centro de Estudios a Catedráticos y estudiosos e investigadores del Derecho Constitucional, Inspectores de Hacienda, Cuerpo de Gestión de Hacienda, Jueces, Fiscales, Secretarios Judiciales, Oficiales de la Administración de Justicia, Técnicos de Administración General del Estado, Cuerpo de Gestión del Estado y Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local, entre otros, suprimiendo sus Centros Oficiales de selección, en su caso, y formación y refundiéndolos y creando un nuevo Organismo que aúne y concentre a los mismos bajo una Presidencia rotatoria por períodos de un año elegida entre los titulares de la dirección de los centros de formación e investigación de los centros que crea, y con una Gerencia común, no solamente va a convertir en inoperativos los mismos en los próximos cinco años que es el tiempo mínimo que los expertos conciben que dura el “aterrizaje” o “rodaje” de los nuevos Organismos Públicos a la realidad social, sino que en el ADN del propio Proyecto de Organismo que se trate de crear lleva su propia ineficacia y su propia inutilidad, insita,  ya que es totalmente imposible, y los que trabajamos en la Administración lo sabemos, y que ese Macro-Organismo pueda funcionar con normalidad y eficiencia.

Adelantamos, y entre otros efectos, que las “guerras” entre funcionarios y personal adscrito a los mismos para lograr su preeminencia y preferencia en el año que dure la Presidencia rotativa de cada uno de los Centros que crea, están garantizadas.

Descartamos hacer comentarios de los problemas que va a suponer a hacer una relación de puestos de trabajo conjunta de cuatro organismos fundidos con especialidades tan dispares y diversas.

2) No existe un Estudio ni Memoria Económico-Financiera que acredite una reducción de costos significativos.

La creación de un nuevo Organismo, con la refundición de los Centros antes transcritos no va a suponer ahorro alguno a la Administración Pública. ¿En qué consiste el ahorro? ¿Dónde aparece mencionado en el Proyecto de Decreto, la Memoria Económico-Financiera que acredite las economías? ¿Se justifica en el terrible costo de la supresión del INAP la promulgación del citado Real Decreto?

Los Centros que trate de refundir tienen sus propias sedes: el Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia que es un Organismo Autónomo dependiente del Ministerio de Justicia en la Ciudad Universitaria, en la calle Juan de Rosas Nº 2, al lado de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense; el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, que es un Organismo dependiente del Ministerio de Presidencia en la Plaza de la Marina Española, 9, al costado del Senado; el Instituto de Estudios Fiscales, organismo dependiente del Ministerio de Hacienda y Administración en la Avenida Cardenal Herrera Oria Nº 378; y el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) en la calle Atocha, 106, antiguo Hospital de San Carlos, y con una delegación en Alcalá de Henares en donde se desarrollan los cursos y seminarios para funcionarios Iberoamericanos que crearon en 1984 la Federación Iberoamericana de Antiguos Alumnos del INAP.

Con la entrada en vigor del nuevo Real Decreto XXX, cuyo archivo solicitamos desde estos comentarios, ¿qué es lo que realmente se persigue? ¿La desaparición física de las sedes de los mismos? ¿La ocupación de una de las sedes de uno de los centros por los otros centros? ¿La aglutinación en una de las sedes de todos los funcionarios y personal de los demás centros que se integran? ¿La dependencia de uno de los centros con respecto a otros que dependerá del poder político del Presidente del nuevo Organismo que se crea y del que le nombran?

Desde estas líneas ya vaticinamos que la confusión y el desastre Administrativo están servidos y los mayores perjudicados van a ser primero los propios funcionarios que dependen de dichos Centros, los funcionarios que se seleccionan y forman en los mismos y al final la ciudadanía en general.

Haciendo un poco de futurología administrativa podemos visualizar que el Palacio de Godoy, en donde se encuentra en la actualidad el Centro de Estudios Constitucionales, será la ubicación futura  del Presidente rotativo y del Gerente del Organismo Público XXX en donde se ubicarán los cuadros directivos del nuevo Organismo, siendo su sede de Protocolo, convirtiéndose la actual sede del INAP y por su centralidad urbana en el centro de selección y perfeccionamiento de todos los funcionarios a los que pretende atender el nuevo Organismo XXX , sede, que será “invalidada” y “ocupada”, en el buen sentido de la palabra, por los funcionarios procedentes de la Administración de Justicia, de la Inspección Fiscal, etc., etc., en detrimento al final del sector funcionarial al que el INAP tiene como clientes, cuales son los funcionarios de la Administración Civil del Estado y siendo los más perjudicados los funcionarios de la Administración Local que irían al pelotón de cabeza de los menos beneficiados por la reforma.

La confusión está servida y ello va en desdoro de los principios de eficacia, eficiencia y economía y contención del gasto que pretendidamente se pretende con la reforma.

3) No me pondría en la piel del político que con su firma disolviera una institución de más de setenta años, como los tiene el INAP.

La tradición española en materia de formación de funcionarios es multisecular. En efecto, podríamos decir que desde siempre ha existido una preocupación porque los servidores públicos fuesen idóneos, responsables, adecuados, en fin, a los cargos públicos y a la autoridad que ostentasen en el ejercicio de sus funciones. Como antecedente remoto podríamos citar las Partidas de Alfonso X y las alusiones en ellas a la función pública. Pero sin ir tan lejos encontramos, allá por 1645, consejos y advertencias, dirigidos a los servidores públicos para que sean “justos, valerosos y sufridos para ser respetados”, en palabras de don Gaspar de Seixas y Vasconcelos.

Y es que no hay que olvidar que España tiene el mérito de haber creado la primera Escuela Especial de Administración Pública (por Decreto de 29 de diciembre de 1842), donde el profesor D. José de Posada Herrera impartiera sus lecciones magistrales como Catedrático de Ciencia de la Administración, que por cierto pueden encontrarse en la colección de publicaciones del INAP. Precisamente en la Exposición de Motivos de dicho Decreto de creación de la Escuela se leía: “carece aún la nación de una escuela que, formando a los diferentes agentes del poder ejecutivo, dé a la acción del Gobierno la unidad y el acierto que es indispensable para la uniforme y exacta ejecución de las leyes”, insistiendo a continuación en la “necesidad de que se exijan estudios previos a los que han de desempeñar cargos importantes en la Administración Pública”, función que se encomendaba a la mencionada Escuela.

El INAP es el resultado de la refundición llevada a cabo por el Real Decreto 1347/1987, de 25 de noviembre, entre el Organismo Autónomo de carácter interadministrativo IEAL (Instituto de Estudios de Administración Local, creado en 1949) y el preexistente INAP (sucesor del Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios creado en 1958).

El INAP es un centro de formación de altos funcionarios españoles y de los funcionarios más cualificados de Iberoamérica en la ciencia de la Administración, en su sede de Alcalá de Henares en la Plaza de San Diego, en donde se funda en 1984 la Federación Internacional de Antiguos Alumnos Iberoamericanos del INAP que aglutina a un conjunto de profesionales de primer nivel que ocupan cargos de gran relevancia en las Administraciones Públicas Iberoamericanas de habla española y portuguesa y que han estudiado y se han formado en el INAP de Alcalá de Henares y rinden respeto y devoción a la Ciudad de Alcalá de Henares y al INAP, que se renueva cada año en los Seminarios que se desarrollan principalmente en Madrid y Alcalá de Henares, y cada dos años en los Congresos que se celebran cada vez en un país diferente en Iberoamérica, el ultimo celebrado en Chile; además de ser un centro de selección de funcionarios del Estado y de los funcionarios de Habilitación Nacional de la Administración Local, desde la publicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalidad y Sostenibilidad de la Administración Local.

La antigüedad, la experiencia de la institución del INAP es de un valor incalculable y que en la actualidad, se encuentra inmersa en pleno desarrollo y ejecución de su Plan Estratégico, su historia que es la historia básicamente del funcionariado estatal y local español y que engloba la historia del IEAL y por tanto del Municipalismo español que ya desde 1926 existía en torno a la Unión de Municipios Españoles (UME), y sus esfuerzos en temas de investigación en el sector público, pueden verse comprometidos y olvidados, y de un plumazo por la tramitación y esperemos su no aprobación de un Proyecto de Organismo Autónomo XXX que por no llevar no lleva ni nombre.

Entendemos que éstas no son formas de hacer las cosas y como hemos puestos de relieve al principio no sería el que suscribe el político o autoridad competente que de un plumazo me cargara y sin más toda una institución casi centenaria, con su historia, bagaje y experiencias en aras de la creación de un Organismo Público de incierto futuro.

La desaparición del INAP podría acabar con más de cincuenta años de Relaciones Internacionales creadas por la Formación de Empleados Públicos Iberoamericanos que en sus respectivos países han creado Institutos hermanos del INAP español, siendo éste su fuente de inspiración y principal referencia.

4) La reforma administrativa de los Centros Oficiales de selección y formación deben de potenciar el INAP.

La reforma administrativa de los Centros oficiales de selección y formación de funcionarios públicos en general debe de efectuarse potenciando el INAP y no a costa de su supresión y desmembramiento.

La reforma debe de efectuarse potenciando el INAP para convertirlo en el germen de una especie de Escuela Nacional de Administración francesa (ENA) que fue creada por la Ordenanza de 9 de octubre de 1945 por el Gobierno Provisional de la República Francesa bajo el mandato de Charles de Gaulle, y no debemos de renunciar a ser ambiciosos en este campo y ofrecer a todos los cuerpos especiales de la Administración que encuentren en las aulas del INAP la formación que, en el campo de la gestión pública y recursos humanos, todo funcionario está obligado a conocer.

La ENA es una de las grandes escuelas para el Alto funcionariado del mundo con vocación internacional, con Formación Permanente e Investigación y escuela de la élite francesas (Valery Giscard d`Estang y Jacques Chirac, Presidentes de la República Francesa estudiaron en el ENA, así y entre otros, los siguientes primeros ministros: Laurent Fabius (1984), Michel Rocard (1988), Edouard Balladur (1993), Alain Juppe (1995), Lionel Jospin (1997) y Dominique de Villepin ( 2005)). Este es el modelo a seguir y no el modelo del Proyecto del Real Decreto XXX.

5) Los funcionarios de la Administración Local los más perjudicados de la pretendida reforma con el modelo del Proyecto del Real Decreto XXX.

La selección de funcionarios de Habilitación Nacional (FHN) y su formación así como la formación de otros funcionarios de otras Escalas de Administración Local era llevado a efecto por IEAL y tras su desaparición por el INAP, si bien tras la regionalización del colectivo por el Estatuto Básico del Empleado Público de 2007 su selección fue llevada a efecto por las Comunidades Autónomas, siendo un total fracaso, de tal suerte que con la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, pasan de nuevo la selección al INAP, lo cual supuso al grupo de funcionarios de Habilitación Nacional una gran alegría.

La pretendida supresión del INAP, heredero directo del IEAL, supondría una grave pérdida para los funcionarios de Administración Local en su conjunto, cuya formación depende del INAP ya que sin duda alguna perderían todo lo ganado hasta el momento ya que entre tanto Cuerpo selecto del Estado, y ello no quiere decir que los FHN o los funcionarios de la Administración Local no lo sean, quedarían con toda seguridad relegados a un último plano y a ser condenados a ser los últimos de la fila, ya que ni el Consejo Rector, ni en los Consejos Docentes, aparece ningún representante de la Administración Local, para esta reforma preferimos la refundación del IEAL.

CONCLUSIONES:

Consideramos no es apropiado ni conveniente y por las razones expuestas con anterioridad la tramitación del Proyecto del Real Decreto del Organismo Autónomo XXX y abogamos por su archivo, antes de su posible tramitación, debate y aprobación.

Propiciamos el refuerzo del INAP a imagen y semejanza de la ENA francesa y que éste continúe manteniendo en su competencia la selección y formación de los FHN y siga constituyendo un referente para el resto de los INAP en Iberoamérica en el que se inspiraron para su creación y configuración.

2 Comentarios

  1. Completamente de acuerdo. Sólo una observación: los jueces, desde hace muchos años, no van al Centro de Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia, en el que se forman Secretarios, Fiscales y Forenses, sino a la Escuela Judicial, con sede en Barcelona y dependiente del CGPJ.

  2. Es lógico…tienen que fastidiar a todos los funcionarios españoles e iberoamericanos (un millón, más o menos)…para que se no se perjudiquen los intereses económicos de dos empresarios bancarios

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