El Concejal conductor y otras historias

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En un Pleno municipal la mayoría de los Concejales asisten a distancia, por medios telemáticos. De repente uno de los Concejales pierde cobertura y se oye a otro Portavoz y al Alcalde criticar la poca seriedad del Concejal que intervenía, al parecer, mientras iba conduciendo el coche. Se propone proceder a la votación del asunto debatido sin esperar al edil conductor, pese a que el Secretario advirtió que las normas pactadas eran repetir las votaciones en las que se pudiera perder la cobertura por algún interviniente.

En algún periódico y otros medios de prensa se da cuenta de la intervención de una Concejala en un Pleno por videoconferencia, habiéndose podido observar que se encontraba en biquini en una playa, ajena a su localidad. La Concejala era fuertemente criticada en los medios de comunicación y en las redes sociales, aunque no existe acuerdo unánime sobre si intervenía desde la tumbona, desde el chiringuito o desde su toalla.

Hay que entender que la gente espere que un electo para cualquier cargo público ejerza el mismo con una mínima dedicación y responsabilidad, sin entorpecer el buen funcionamiento de los entes a los que pertenece. También es comprensible que cualquiera sienta cierta envidia al ver que, mientras uno sufre en su puesto de trabajo el estrés, la incomodidad, el frío o el calor, etc., otros están disfrutando de la playa, con el sonido relajante de las olas, la caricia del sol…

Pero pongamos los puntos sobre las íes.

El Concejal que asiste al Pleno hablando con el dispositivo de manos libres desde su vehículo no comete infracción alguna, siempre que se ajuste a las normas que sobre la comunicación haya establecido el propio Pleno, que deben garantizar la seguridad e interoperabilidad. Pero si en las normas establecidas para el Pleno se ha considerado válida la comunicación telefónica, es indiferente desde donde hable el Concejal, ni cabe reprocharle que no esté en su domicilio o despacho, sino en el coche. Otra cosa es que la utilización del teléfono mediante se conduce pueda suponer una imprudencia, que podría incluso ser objeto de sanción. Pero estas normas no afectan a la utilización de dispositivos de manos libres con altavoz, que sean compatibles con la atención a la conducción.

De igual modo, la Concejala que está en la playa es tan cumplidora como quien pueda intervenir en el Pleno de su Ayuntamiento desde cualquier otro lugar. Tampoco sería sancionable el caso del que interviniendo en una videoconferencia descubre a través de un descuido o un espejo inadvertido que en la parte ajena al frontal de la cámara no se encuentra vestido tan decorosamente como el enfoque sugería, ni aquel que tiene compañía imprevista, ni quien se advierta que está tomando un vino,…

Lo que sí es relevante, y echamos en falta en las críticas hechas, es que los Concejales, tanto los que asisten presencialmente como los que lo hagan telemáticamente, preparen adecuadamente las sesiones e intervengan con conocimiento de causa.

También es relevante, por exigirlo la Ley, que se garantice la seguridad de la comunicación y que ésta pueda realizarse en tiempo real. Es probable, por el desarrollo de los hechos, que el Ayuntamiento cuyo Concejal iba en coche no cumpliera las normas relativas a seguridad, puesto que ya tenían establecidas previsiones para el caso de pérdida de cobertura de algún interviniente, lo que implica la utilización de una comunicación poco segura.

Otra exigencia legal es que se pueda garantizar que los participantes se encuentren en territorio español y quede acreditada su identidad, cuestiones que el Secretario debe asegurar con su fe pública que concurren. En caso contrario lo debería reflejar en el acta, acreditando la nulidad de la sesión.

Por lo demás, el aterrizaje de las nuevas tecnologías se ha acelerado mucho con motivo de la pandemia, pero han venido para quedarse y cada vez serán más normales y habituales. Como decía William George Ward «el pesimista se queja del viento, el optimista espera que cambie y el realista ajusta las velas». Conviene ser realista y darnos cuenta que los tiempos están cambiando, por lo que debemos esforzarnos en ajustar nuestras velas a la actual dirección del viento.

4 Comentarios

  1. Toda la razón, D. Fernando. Es imprescindible diferenciar ética y estética para no caer en la conversación facilona y hacer un debate serio.

    En los periódicos pueden leerse comentarios pidiendo dimisiones por algo que, muy a lo sumo, es una falta de decoro. Se pueden aprobar normas mínimas de vestimenta como ya se hace en el Congreso de los Diputados (que solo tiene prohibidas las bermudas y las camisetas de tirantes), pero, de mientras, nadie puede exigir lo que las normas no exigen.

  2. si no cobran sueldo nada que objetar, pero si cobran sueldo a mi modo de ver las cosas no tedría que ser asi, creo que tiene que haber una coherencia, si se cobra el sueldo hay que ser responsable si no se cobra sueldo pues no puedo decir nada.

    • José Luis, creo que es el Pleno el que debe regular los límites. Personalmente lo que me preocupa de que un Concejal intervenga desde el coche, la playa, un bar o desde donde quiera, es la seguridad y claridad de la comunicación, junto con la seriedad o falta de ella que pueda denotar el Edil. Pero si interviniendo en los Salones de Pleno hay intervenciones que son de vergüenza ajena y se admiten en aras de la libertad, cuál es el motivo para censurar estos casos?

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