La Crisis Económica y su Repercusión a Corto Plazo en los Ayuntamientos

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La Crisis Económica y su Repercusión a Corto Plazo en los Ayuntamientos Que los efectos de la crisis económica van a dejarse ver muy pronto en nuestros ayuntamientos, es tan inevitable como era fácilmente previsible desde la manifestación de sus primeros síntomas.

Con todo, la mayor dificultad estriba en que el margen de maniobra de las entidades locales para afrontar esta situación es ciertamente exiguo. El marcado carácter de la Administración local como una administración subsidiada, estrechamente dependiente de la financiación de las demás Administraciones de superior ámbito territorial, hacen de los ayuntamientos el sector más débil del conjunto de las Administraciones públicas en esta época de zozobra económica.

 Es lógico pensar que, tanto la Administración del Estado como la Autonómica –sin olvidar a las Diputaciones, que, aunque “compañeras de grupo”, no por ello dejan de constituir una importante fuente de recursos para los ayuntamientos-, ante la escasez propia, escatimen su generosidad respecto de las Administraciones locales.

 Todo ello es consecuencia directa de la falta de autonomía financiera de la Administración Local. Pese a la habitual retórica municipalista de los Gobiernos de turno y los reiterados compromisos de afrontar el problema de una vez por todas, lo cierto es que no se ha hecho prácticamente nada en este aspecto, ni se conoce proyecto concreto alguno, ya sea del Gobierno o de la oposición, en tal sentido.

 La participación de las entidades locales en los tributos del Estado sigue en los mismos niveles que hace décadas; y por su parte, las Comunidades Autónomas se resisten a habilitar un procedimiento similar al del Estado para la participación directa de los municipios en sus tributos, si no es a través de fórmulas –subvenciones, planes de cooperación, etc.- que permitan el control financiero y, a la postre, político de aquellos.

 El ministro de Hacienda dio la voz de alarma hace unas semanas, al anunciar una posible reducción en las cuantías del Fondo de Participación Municipal a transferir a los ayuntamientos, toda vez que si la recaudación de los tributos estatales es menor, la participación de los municipios, al estar basada en un determinado porcentaje sobre aquellos, asimismo debe decrecer proporcionalmente.

 Sin duda, los municipios que más van a verse afectados por la crisis, en cuanto a obtención de recursos se refiere, son los llamados “municipios urbanísticos”, es decir, aquellos caracterizados por una notable actividad en materia de urbanismo –uno de los sectores económicos más profundamente conmovidos por la crisis y origen en buena parte de la misma- y beneficiados por los recursos procedentes de esta área: aprovechamiento urbanístico (Capítulo 3 de Ingresos); enajenación de terrenos (Capítulo 6) e impuestos sobre obras (Capítulo 2) y tasas por expedición de licencias (Capítulo 3), además del correlativo incremento en los impuestos directos (IBI, del capítulo 1).

 Pero como hemos apuntado, tampoco el resto de municipios escapará a los efectos de la crisis a muy corto plazo. Y no ya tanto por la esperada  merma de ingresos, sino sobre todo por el más fuerte –proporcionalmente hablando- incremento de los gastos a causa del proceso inflacionario que la mala situación económica conlleva.

 En este contexto, se hace muy difícil la adopción de medidas de carácter fiscal para afrontar el problema, más allá de actualizar las tarifas de los distintos tributos acorde con el incremento del IPC. Y es especialmente difícil  por cuanto, si la obtención de recursos vía impuestos es ya de por sí impopular aun en el caso de destinarse a la implantación de nuevos servicios y, en consecuencia, a elevar el nivel de vida de los ciudadanos, resulta bastante más delicado cuando los incrementos fiscales se dirigen exclusivamente a mantener el nivel de los servicios ya existentes y, además, en plena crisis económica.

 Ocurre por otro lado que la Local, además de ser una Administración de transferencia, financieramente cautiva de otras Administraciones, se está convirtiendo poco a poco en una Administración residual, a la que se transfieren servicios y competencias incómodas y poco lucidas políticamente hablando, bajo el manido tópico de ser la Administración más cercana al ciudadano. Son las llamadas competencias impropias de los ayuntamientos, cuya transferencia no va acompañada, generalmente, de la de los medios económicos adecuados para su ejercicio.

 Esta práctica ha sido muy habitual en los últimos años, y no nos referimos sólo a competencias en materia social y asistencial, sino a competencias en aspectos puramente administrativos, respecto de los cuales las Administraciones de ámbito territorial superior han tratado de desprenderse por constituir  tareas engorrosas, necesitadas de medios y personal, pasándoselas a los ayuntamientos. Así, en lo que afecta a la Administración General del Estado, podemos citar como ejemplos las Oficinas del Catastro o las ventanillas únicas.

 En otros materias, tales el urbanismo o el medio ambiente, en las que Comunidades Autónomas ostentan competencias definitivas, se deja sin embargo a los Ayuntamientos las atribuciones más costosas, complejas, impopulares y delicadas de ejercer –sobre todo en los pequeños municipios-, cuales son las que hacen referencia a la implantación práctica de las normas, al control y disciplina urbanísticos, y a la sanción de las infracciones, convirtiendo así a la Administración local, de hecho, en el “Cuerpo de Policía Local” de la Comunidad autónoma respectiva.

 De persistir la crisis y el modelo de  financiación local en los actuales términos, los ayuntamientos deberán optar inevitablemente-  además de por la reducción en lo posible de sus gastos corrientes- por el endeudamiento, a fin de poder hacer frente a nuevas inversiones o a la reposición de las existentes, con el beneplácito de las entidades de crédito, para las que sus operaciones con las Entidades locales son siempre bienvenidas por constituir activos sanos y faltos de toda “toxicidad”.

 El problema de la financiación local, independientemente de la coyuntura económica de cada momento,  no podrá resolverse de forma definitiva en tanto la Administración del Estado y la de las Comunidades Autónomas no cedan poder económico y, consecuentemente, político, en beneficio de la Administración local. Y ello  pasa por la elaboración urgente de una nueva Ley de Haciendas Locales que contemple la participación de los ayuntamientos en los tributos estatales y autonómicos con la necesaria suficiencia y de modo acorde con los servicios efectivamente prestados. Lo que por fin vendría a suponer el pleno reconocimiento de la autonomía municipal y el efectivo abandono de viejas actitudes tutelares cuya permanencia en el tiempo se extiende más allá del actual régimen constitucional.

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