Objetivo conseguido, el puesto se queda vacante

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Objetivo conseguido, el puesto se queda vacantePerdónenme pero voy a repetirme porque quiero incidir, una vez más, sobre una cuestión que no por manida y elevada a la categoría de práctica habitual debe dejarse caer en el olvido como parecen desear algunos profesionales de la administración local.

Como todos saben acaba finalizar el plazo de solicitudes para tomar parte en el concurso unitario – sigo sin averiguar por qué este concurso sin baremos específicos no es el ordinario, aunque me imagino que cuando se ideó le traicionó el subconsciente al legislador – y he podido asistir desde la primera fila a la infructuosa odisea de una compañera para intentar averiguar el importe del complemento específico asignado a la plaza que se ofertaba y a la que, por razones que no vienen al caso ni tendría por qué explicar, barajaba optar.

Nuestra compañera, superando la comprensible sensación de incomodidad, ya que albergaba dudas sobre si solicitar una plaza de secretaría-intervención que se ofertaba en el reciente concurso unitario, dado que desconocía el más mínimo y elemental dato que cualquier profesional necesita conocer para adoptar una decisión trascendente en su vida personal como es solicitar un  traslado, decidió llamar al Ayuntamiento que teóricamente tenía vacante el puesto para intentar averiguar ese gran desconocido y secreto mejor guardado que es el importe del complemento específico asignado.

A partir de ese momento comenzaron una serie de despropósitos que le llevaron a un estado de indignación del que solo pudo encontrar consuelo mediante de la técnica del pataleo sin destinatario identificado puesto que, con la excepción de aquellos compañeros cercanos, la situación le es absolutamente indiferente a cualquiera de las instituciones que podrían tener algo que decir al respecto.

En la primera llamada realizada al Ayuntamiento en cuestión pudo descubrir a través de su interlocutor que el puesto de secretaría-intervención estaba semivacante, pues no en balde era atendido por un habilitado nacional con destino en propiedad en otra Corporación con su presencia algunas tardes y los viernes por la mañana – aunque al parecer no todos – del que podríamos predicar, con toda nuestra buena intención, un exceso de celo profesional y una vocación digna de encomio que le obligaba a no dejar una pequeña localidad huérfana de las funciones de fe pública, de asesoramiento jurídico y de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria y de contabilidad, tesorería y recaudación; funciones necesarias según nuestro Tribunal Supremo, que estando cubiertas de esta manera tan peculiar que no inusual, hacen innecesario acudir a otras formas de provisión más regularizadas como el nombramiento provisional, la acumulación, la comisión de servicios o el nombramiento accidental.

Pues bien, nuestra compañera esperó al primer viernes por la mañana en el que pudo localizar al ocupante de la secretaría-intervención y tras argüir que estaba en su derecho de conocer el importe del complemento específico con el que estaba dotado el puesto ante las reticencias de su compañero al otro lado del hilo telefónico obtuvo como única respuesta que le colgaran el teléfono cortando la llamada y cualquier posibilidad de continuar argumentando su petición.

Como nuestra compañera no se arredra volvió  a llamar al Ayuntamiento de marras y en esta ocasión su interlocutora, tras espetarle que el importe del complemento específico asignado al puesto de secretaría-intervención solamente lo conocía el titular intermitente que les atendía, y ante la respuesta de que éste se había negado a revelarlo, un tanto incomoda, esgrimió la excusa de que, además de que era un dato desconocido en el Ayuntamiento (????), tampoco le serviría de nada conocerlo puesto que, ya se sabe, es un concepto que se negocia caso por caso (????) – y yo que pensaba que el complemento específico se fijaba, previa valoración, por el Pleno de la Corporación, al aprobar la relación de puestos de trabajo – , y que, si quería, supongo que como última tentativa para quitarse de encima a nuestra fastidiosa compañera, le podía dar el teléfono móvil del Alcalde para que se lo preguntara directamente.

Nuestra compañera lógicamente no llamó al Alcalde porque se preguntaba si conocería un dato que nadie era capaz de descifrar en el Ayuntamiento y porque se negaba a mostrarse como una profesional a la que solo le guiara la retribución del puesto, situación a la que nos aboca el oscurantismo que rodea la cuestión y que fomentan, querámoslo o no, miembros de nuestro propio colectivo.

Decepcionada y decidida a no concursar tras agotar un último intento indagando en la Comunidad Autónoma donde no tenían ni la más mínima idea de lo que les estaba hablando, me comentaba que, en su opinión, debería dirigirse al Colegio Provincial de Secretarios, a la Comunidad Autónoma o al Ministerio para denunciar la situación que acababa de vivir.

Yo, me temo que demasiado incrédulo después de veintiséis años de profesión, me mostré escéptico ante el la suerte de una denuncia ante unas instituciones que nunca han mostrado ni interés ni voluntad en reclamar un mínimo de seriedad en materia de provisión de puestos reservados a habilitados nacionales, y ni tan siquiera por exigir algo tan elemental como que las retribuciones de los puestos de trabajo ofertados se incluyan en las convocatorias de los concursos, ni que los Ayuntamientos cumplan, al menos, con su obligación de publicar junto con los presupuestos la plantilla de personal en la que deberán aparecer los conceptos retributivos de cada uno de los puestos incluidos en ella, aunque, me temo que no son los alcaldes los responsables del hurto de información al respecto que se produce en muchos casos.

Otros compañeros le recomendaban a la protagonista del caso paciencia y resignación razonando que si no se le quería facilitar el dato retributivo era porque no había interés en que el puesto fuera cubierto, como si esta circunstancia fuera de recibo.

Ese es el problema, como ya afirmaba en otra ocasión, preferimos pasar por “peseteros” llamando a los Ayuntamientos candidatos a nuestra posible solicitud, sobreponiéndonos a nuestra vergüenza, para enterarnos de “cuanto pagan”, que exigir que esa información se inserte en la convocatoria de los concursos, tal y como ocurre en el resto de los colectivos funcionariales, como parece básico y racional, y admitimos como algo normal el que un Ayuntamiento pueda maniobrar con la finalidad de no cubrir un puesto de trabajo vacante reservado a habilitados nacionales con la inestimable connivencia de algunos miembros de nuestro colectivo, sin instar ni tímidamente a Colegios, Comunidades Autónomas y Ministerio para que se opongan sin reparos a tales prácticas y se exijan las responsabilidades que correspondan a quienes desprecian la legalidad y se benefician de su incumplimiento.

En definitiva, nuestra compañera, ha optado por no concursar y, así, los beneficiados por espurios intereses podrán proclamar ¡¡¡ objetivo conseguido, el puesto se queda vacante¡¡¡

5 Comentarios

  1. La pura realidad. Excelente comentario de Jesús sobre el que habrá de insistir. Ni Delegaciones del Gobierno, ni Direcciones Generales de Administración Local ni Colegios. Nadie hace nada. Oscurantismo, negociación y aterriza como puedas. Todo importa tres pepinos con perdón. En cualquier caso ya dijo alguien que los compañeros somos nuestros peores enemigos. En un momento dado, en una crisis de ingenuidad, creí que habíamos superado civilizadamente el estado antropológico de supervivencia a costa de lo que sea. No seamos pardillos. Apuntes para una reflexión urgente:
    1.Las retribuciones concretas deberían publicarse junto con las convocatorias.
    2.Mejor, nos debería pagar el Estado, dejémonos de tonterías. Somos habilitados estatales. Que descuenten las retribuciones de la participación de tributos del Estado. O interesa o no interesa que haya una función independiente. Otro gallo nos cantaría.
    3.Que actúen las DDGG de Administración Local en vez de estar siempre en el buenismo y connivencia con el Alcalde de turno.
    4.Que los Colegios sirvan para algo. Cuando un colega actúe de esa forma, adóptense medidas disciplinarias. De otro modo, es mejor convertir los Colegios en sociedades gastronómicas.
    Jesús, todo esto no es más que pataleo puro, voz que clama en el desierto. Darwin estaría orgulloso de ver confirmados sus asertos en cualquier ámbito.

  2. Excelente artículo. Lamentablemente, en nuestro colectivo el mal lo tenemos dentro. Hay muchos intereses bastardos y detrás de nuestra progresiva degradación ha habido muchos compañeros que se han vendido al poder de turno por un plato de lentejas y de ostras, percebes y cosas de más enjundia.

  3. Muy buen artículo.
    Como siempre, Jesús Santos aborda temas reales y de gran interés en materia de RR HH.
    Lamento que la compañera se haya quedado sin la plaza por no haber podido obtener una información pertinente.
    En cualquier caso, el CE (que no se corresponde con la plaza, sino con el puesto) debe ser publicado a través de la correspondiente RPT y de no ser así, es perfectamente deducible del anexo plantilla que soporta el Capitulo I en los presupuestos que siempre se publican.
    Pero mi comentario va más en el sentido que dicha compañera debería haber optado a esta plaza aún sin conocere el CE, pues el CE, no es graciable, sino el que técnica y objetivamente se corresponda a los cometidos particulares del puesto y, ella, hubiera estado en situación de exigir una correcta y formal valoración de su puesto. De hecho, tal situación se la han encontrado muchas de mis ex-alumnas en el INAP y todas ellas a los 6 meses estaban ya cobrando un correcto y razonable CE tras la reclamación correspondiente.

  4. Por desgracia, la situación descrita no es extraña, al contrario, es muy frecuente, cuando no peor, no tienen reparo en informarte del complemento específico, como me ocurrió a mi una vez, ante cuestionar al funcionario accidental que ejercia sobre el manido complemento específico (fui elegante y la cuestión económica fue la última que le planteé) este me respondió 2.000

  5. Yo nunca en mi vida he preguntado por el complemento específico que tiene un puesto de habilitado estatal. No me interesa en absoluto. Para mí, la información relevante es saber que cuando llegue al sitio que me toque por concurso unitario, y cuando me reduzcan esa retribución o me la eliminen y la dejen a 0 euros (como de hecho me ha sucedido), tendré que ir al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, por la vía del procedimiento especial para la protección de derechos fundamentales (los de los artículos 23.2 y 25 de la Constitución, por ejemplo) y luego al Juzgado Penal, por prevaricación. Es de ahí, de donde podrá venir el sometimiento pleno de la Administración Local al Derecho, del que habla la Constitución (para mi caso concreto); y es ahí, en su caso, si gano una serie de pleitos, cuando podré hablar de que yo vivo en un Estado Democrático de Derecho; más que nada, porque yo mismo me lo he fabricado en mi beneficio y en el de los demás, a base de huevos y tenacidad, para que así lo sea.

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