¿Se precisa un defensor del opositor?

1

Que existe un justo término medio entre la petrificación del ordenamiento, tantas veces referida negativamente por el Tribunal Constitucional y el actual alud legislativo (lo de diarrea que algún colega utiliza me parece excesivo e irrespetuoso con el Parlamento), es una evidencia para casi todos. Dichosos los juristas, docentes y aplicadores, que se pasaban tres décadas sin que se modificara una coma de su código o ley de referencia. Cierto es que eso pasaba cuando la democracia y la pluralidad política inherente brillaban por su ausencia y cuando los cambios sociales y tecnológicos le eran casi ajenos a una España autárquica y algo atrasada en muchas facetas.

Pero quién, a salvo los más noveles en la función pública, no recuerda a algún colega mayor o a algún profesor universitario auténticamente atribulado por un cambio en la cuantía de las multas –“¡Maldita deslegalización!”-, por un texto refundido que sólo cambiaba el número de los artículos, o, en fin, por un retoque en el Código Penal o en la legislación arrendaticia.

Desde hace una década y no digamos en el último año, la profusión legislativa es un horror y un martirio para casi todos. Es impensable que las demandas de la sociedad, la constatación de previsiones fallidas o la irrupción de las nuevas tecnologías obliguen a reformas de tanto calado como estamos padeciendo no sólo en materia administrativa y tributaria –una locura-, sino también en el derecho privado, en el penal y en el orgánico y procesal. Reformas sustanciales pero a las que, curiosamente y en no pocos casos, se ha hurtado de debates plenarios en las Cámaras mediante delegación de la aprobación en una Comisión. Feo asunto.

De todas estas reformas debiera salir beneficiado el pueblo llano, a quien le son aplicables las nuevas normas aunque las ignore. Y sólo el tiempo dirá la efectividad de las buenas nuevas traídas por el BOE. Pero también este tropel de preámbulos y articulados genera damnificados y muchos. Ya se ha hablado de los profesionales del Derecho: jueces, fiscales, abogados, docentes universitarios, funcionarios de todas las Administraciones… Pero siempre se podrá decir que este ataque a una suerte de confianza legítima profesional, aunque gravoso, va en el sueldo. Aunque magra se queda la soldada porque estos desatinos se multiplican en el Estado de las Autonomías donde también hay que conocer la normativa propia de cada territorio, municipio o universidad donde se prestan servicios.

Peor aún es el caso de los estudiantes de las Facultades de Derecho que, en un mismo curso, pueden encontrarse con dos normas distintas vigentes o incluso, como es la moda, con leyes latentes o amenazantes sometidas a una dilatada vacatio legis o, lo que es aún más confuso, con distintos momentos de entrada en vigor. Y como pierdan convocatoria, la cosa es para tirarse de los pelos. Y no sólo en una asignatura, sino en casi todas las de Derecho positivo. Se ve que Sus Señorías no tienen descendencia en edad universitaria o el tema les importa poco, sobre todo a quienes, con la canonjía del escaño, han desistido de terminar los estudios iniciados, que haberlos, haylos.

Y aún más desesperante es la situación en la que quedan los pobres opositores. Si ya les fustigó el maldito tema de la tasa de reposición, ahora se ven obligados de continuo a rehacer temas y a mandar a la papelera los antiguos, ya trabajosamente memorizados. Nunca las palabras de Von Kirchner de que una palabra del legislador basta para convertir en basura bibliotecas enteras de Derecho, fueron más certeras que con los apuntes y temas de oposiciones. Un buen libro siempre lo será, pero el material autoconfeccionado o suministrado por un preparador para un fin concreto y con el tiempo cronometrado carece de futuro.

En este país donde, además del Defensor del Pueblo estatal y de sus remedos autonómicos, no faltan los del contribuyente, el menor, el anciano y tantas situaciones de vulnerabilidad, no estaría de más –y casi no lo digo en broma- un Defensor del Opositor/a. Y pongo la barra separadora de género porque las mujeres nos dan sopas con honda en este asunto desde hace decenios.

Ningún opositor se está librando de esta plaga. Ni los de judicatura, ni los de abogacía del Estado, ni los de la Administración Tributaria, ni los futuros habilitados nacionales… Pero ya se sabe que mal de muchos, consuelo de tontos. Y algo habrá que hacer. Por suerte para ellos, aunque por desgracia para la Universidad, hace muchos años que las pruebas memorísticas se eliminaron en el acceso a la función pública de la educación superior y aunque, parcialmente y de forma benigna, las recuperó doña Pilar del Castillo el experimento duró muy poco. Particularmente creo que es un error formativo de primer nivel y, perdón por la inmodestia, yo estoy muy satisfecho de haber ganado unas oposiciones nacionales sacando las correspondientes bolas y resolviendo un supuesto práctico acordado por un tribunal íntegramente compuesto por miembros salidos igualmente de un bombo. Pero ése es otro cantar.

El opositor está reconocido, además, por el ordenamiento. No sólo en la normativa de acceso a la función pública, sino también en la relativa a las incompatibilidades de los preparadores (artículo 19.b de la Ley 53/1984). Por eso merece alguna suerte de protección como colectivo singularmente sensible a las ocurrencias de gobiernos y parlamentos.

Y termino, ya totalmente en serio. ¿Qué se puede hacer además de exigir contención, mesura y menos afán de protagonismo a ministros o consejeros proponentes que creen que pasarán a la historia como Azcárate, Maura o Santamaría de Paredes? Algo habrá que hacer, en efecto. Cualquier cosa, menos una ley más, por favor.

Compartir
Artículo anteriorTesorería. Y esto ¿a qué viene?
Artículo siguienteMercado laboral
Leopoldo Tolivar Alas es Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de Oviedo y, antes, en las de Murcia y León. Autor de numerosos estudios jurídicos, es Presidente de la Real Academia Asturiana de Jurisprudencia y miembro de número del Real Instituto de Estudios Asturianos.

1 Comentario

  1. Buenos días!

    No puedo estar más de acuerdo, D. Leopoldo. Precisamente hoy me planteaba esta cuestión a la vista del alud normativo publicado en el «santificador» Boletín Oficial del Estado en estos últimos días, y recordaba con horror cómo hubimos de rehacer nuestro temario de oposiciones no sólo en los meses previos, sino también durante el desarrollo del propio proceso selectivo una vez comenzado el mismo. Y tanto por lo que se refiere al nuevo esfuerzo memorístico (el opositor usa mucho la memoria visual, al menos así me ocurría a mí), como ya Ud. señala, sino también por la reubicación de preceptos cuando se trata, como en estos días, de textos refundidos, e igualmente por la eterna duda de la corrección o no de la modificación de los temas afectados, duda que al opositor se le hace expansiva en progresión geométrica cuando las nuevas son normas autonómicas.

    Un cordial saludo!

Responder a José Luis Cancelar respuesta

Información básica de protección de datos. Responsable del tratamiento: Fundación esPublico. Finalidad: permitir la publicación de comentarios a los artículos del blog. Base jurídica: consentimiento que se entenderá otorgado al pulsar el botón "Publicar comentario". Destinatarios: público en general, la información que introduzca en el formulario será visible por todos los visitantes del blog. Ejercicio de derechos: de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad a través de dpd@espublico.com o en la dirección postal del responsable del tratamiento. Más información: Política de privacidad