La madre de un conocido mío tiene 96 años. La pobre padece la enfermedad de parkinson, apenas se puede mover, no oye apenas; tiene una discapacidad reconocida del 97 %. En realidad, se pasa el día dormitando, no habla apenas porque no oye, es muy difícil comunicarse con ella, me cuenta. Es viuda y cobra una pensión de mil setecientos y pico euros al mes, lo cual no está mal para el país en que vivimos. Pero, obviamente no puede vivir por sus medios.

Tiene una ayuda por dependencia de doscientos y pico euros al mes. Esta cantidad no se ha subido ni modificado en 2023, en 2024 ni, hasta ahora, en 2025. Parece ser que depende de la aprobación de los presupuestos generales del Estado. Menos mal que puede considerar exentos los primeros 12.000 € de la renta. Aunque para cuando su hijo se quiso dar cuenta de esa posibilidad-derecho habían pasado cuatro ejercicios. Naturalmente, tiene una empleada de hogar de semana y otra de fin de semana.  Haciendo cuentas, la empleada de hogar, con contrato a tiempo completo, régimen de empleadas del hogar tiene un sueldo anual, con todas las pagas, de 16.600 €, el SMI, 1190 € al mes en 14 pagas. Los fines de semana son los hijos los que se turnan salvo dos veces al mes vez al mes, en el que contratan a otra persona. Los costes de seguridad social que paga la abuela, convertida en empresaria, es, en números redondos, del 31 %, lo que supone unos 430 € al mes. Además, tiene que pagar los honorarios de la gestoría que se encarga de que las cosas se hagan bien. Pongamos pues que el coste mensual de las empleadas sea de 1600 euros más 300 la otra. Esto supone un coste mensual de unos 1900 € al mes, a lo que hay que añadir los gastos ordinarios de comunidad, alimentación, suministros de agua y luz, tasas municipales, etc. En definitiva, obviamente, gasta más que lo de ingresa. Menos mal que tiene ahorros que van menguando rápidamente.

El trabajo de las empleadas de hogar es duro, no por el trabajo en sí, sino por la sujeción, el número de horas, el aislamiento y un buen grado de soledad. Sí, obviamente no es mucho, el salario mínimo, claro que no es para tirar cohetes, y es cierto que todos tienen derecho a un salario digno, pero las cuentas no cuadran. Cuando se acaben los ahorros, los hijos deberán aportar el equivalente al déficit mensual (aunque si se le permitiera actuar como al Estado, pedirían créditos y más créditos, y le dirían al banco acreedor que ya lo devolverán cuando puedan, porque cree que sus ingresos, dentro de diez años, serán el doble de los de hoy).

Se podrá sugerir a los hijos que lleven a su madre a una residencia, pero eso supondrá no menos de 2.700 € al mes más otros gastos (podólogos, peluquería, medicinas); y no quiere hacerlo porque a la mujer, que gracias a Dios tiene bien asentada la cabeza, ni se le pasa por la cabeza la posibilidad de salir de su casa por salud mental.

Teniendo en cuenta que nuestro país tiene la mayor esperanza de vida de Europa, una de las pocas cosas de las que podemos presumir, reconozcamos que el sistema hace aguas por todas partes. Con una pirámide de población invertida cada vez será más gravoso pagar pensiones. ¿Y qué haremos con las personas mayores? Es obvio que no hay residencias públicas para todos. A esto se suele argüir que hay que atender a los que menos tienen. Esto es cierto, pero no por eso se debe dejar abandonados a los que tienen una pensión como la abuela de esta historia. La familia de esta abuela ha pagado muchos, muchos impuestos a lo largo de su vida, y no es cuestión tampoco de atender mejor a la cigarra que a la hormiga que ha ahorrado y se ha privado de muchas cosas. Y me pregunto a juzgar por las declaraciones que hacen, si para algún ministro la abuela de mi conocido, puede ser quizás una empresaria explotadora.

Por otra parte, hay que recordar que muchas personas mayores han sido descapitalizadas por sus hijos en vida. Y cuando han llegado a una edad, han reclamado a la administración que les atienda, porque tienen una pensión muy baja. Generalmente se cobra en las residencias públicas un porcentaje de la pensión del residente, naturalmente, tienen preferencia para el ingreso, aquellas personas que tienen una peor situación social. Y no se tiene en cuenta si se han desprendido de sus bienes. La administración no se mete en eso de la obligación de alimentos que previene el Código Civil, que muchos entienden que va de arriba abajo pero no al revés. Recordemos que el artículo 143 establece que

«Están obligados recíprocamente a darse alimentos en toda la extensión que señala el artículo precedente:

1.Los cónyuges.

2.Los ascendientes y descendientes.

…»

Claro, se trata de una obligación civil y no tengo conocimiento personal de que la administración entre a valorar, previamente a la adjudicación de una plaza y a establecer el precio a abonar por la misma, si existen obligados por alimentos. Ni si han sido descapitalizados en los últimos años por sus hijos, En su día, propuse, en la residencia del Ayuntamiento, una regulación que arbitrara medios para tener presente ese deber de alimentos de los hijos con respecto a los padres para tratar de paliar el déficit municipal. Pero esto no prosperó por dos inconvenientes graves que lo hicieron imposible: 1. Al Ayuntamiento no le sedujo nada la idea, no era electoralmente sostenible. Y 2. La gestión era muy dificultosa para un Ayuntamiento pequeño con muy pocos empleados.

Así que solidaridad, claro que sí, pero quizás deberíamos en los Ayuntamientos utilizar todos los medios posibles para que la misma sea para quien realmente la necesite, lo que no es así en todos los casos.

2 Comentarios

  1. Teniendo en cuenta que la administración no facilita una residencia pública y obliga a la contratación de personal asalariado, igual que la administración paga la seguridad social de los funcionarios podría pagar la del personal contratado por los «explotadores empresarios ancianos», o al menos bonificarla.

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