Yo no he sido…

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 ¿Qué pasa si nadie aprueba las cuentas anuales… de unos presupuestos anulados por sentencia?

Cuando uno arrastra la experiencia durante tres décadas como empleado en diferentes administraciones públicas, cree que lo ha visto casi todo. Pero no. En el mundo de las entidades locales, una vez más, la realidad supera la ficción.

En efecto: un compañero y buen amigo me comentaba el otro día la lamentable situación económica de su municipio: superaba todas las ratios razonables, racionales o imaginables de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, acumulaba una insoportable deuda financiera, su período medio de pago a proveedores tenía tres dígitos, los informes de morosidad eran todo un clásico en el debate político y encuadernar los reparos de legalidad de la Interventora municipal exigía al menos un metro de estantería del archivo, y el Tesorero se lo tuvo que dejar y se puso de baja. Un escenario sin duda estimulante para sus gestores y empleados públicos, vaya.

Mi amigo me cuenta que en las últimas legislaturas se había gobernado desde distintos colores políticos y que ahora, recién comenzado el mandato de 2015, se le había presentado un grave problema. Además -otra curiosidad del mundo local- sobre algo que nunca antes se le había planteado. Como siempre, imaginación al poder.

Como era una conversación entre habilitados nacionales, en seguida nos pusimos en modo positivo/constructivo –zafarrancho de combate y trinchera – y le dije que no sería para tanto, que a ver qué se nos ocurría, pero que estaba todo inventado y por algún sitio podríamos salir todos airosos.

Vamos a ver, me dijo. La cuestión es que el Tribunal superior de justicia acaba de anular los dos últimos presupuestos municipales (2013 y 2014, porque claro, el de 2015, año electoral, estaba prorrogado, o sea, que de rebote, éste, también, ¿no?). Y ahora, el entonces grupo opositor que los impugnó, está en el  gobierno, y están todos hechos un lio. Un sin vivir, oiga.

Bueno pues nada, se ejecuta la sentencia, por cierto,  -eso sí, cuando leas su contenido, de momento sólo la conoce la prensa, como es habitual- en la parte que sea ejecutable. Y de acuerdo con la doctrina del enriquecimiento injusto, las nóminas, los contratos, las subvenciones, lo que sea, si se ha pagado o reconocido, y las contraprestaciones han tenido lugar, pues ya está: sentencia de efecto mínimo, podría decirse. De hecho alguna declaración pública en tono altivo y casi desafiante se había producido entre tanto –me decía bajando la voz-  en el sector del entonces gobierno municipal afectado. Tan kafkiano diálogo continuaba con un “…Y… ¿no pasa nada?”, seguido de un Nunca pasa nada, ya sabes, Si, eso me dijo la entonces concejala de hacienda, que presentó los presupuestos en su día: tanto lio para eso…

Pero es que –seguía mi pesaroso colega- resulta que la anulación de los presupuestos en cuestión lo ha sido por incumplimiento expreso, formal y anunciado -del entonces gobierno , hoy oposición- del art. 135 CE. Es decir, en esos años no se consignaron las cantidades necesarias para hacer frente a la deuda financiera contraída porque, al fin y al cabo, decían, no la habían generado “ellos”; se trataba de la deuda de “otros”.

¿Ellos? ¿Otros? Le dije yo, y le solté el habitual mantra de la continuidad y lealtad institucionales, la legitimidad democrática, el interés general, el mandato soberano periódicamente renovado por la ciudadanía, la responsabilidad intergeneracional y ese tipo de zarandajas que nos enseñaban en primero de carrera y algún que otro tema de las oposiciones que en su día superamos. Incluso le hablé –hay que estar al día y a la moda- del concepto de rendición de cuentas, al electorado, por la gestión derivada del mandato representativo. Ya sabes, ese tipo de cosas.

Además, aparte de la crítica política y el sinsentido normativo, el tema no será para tanto, ¿no?, le repliqué yo, tratando de jugar con el -siempre bienvenido para la profesión-, elemento irónico, para rebajar la tensión. No dramaticemos…

Bueno, me dijo el colega, suspirando. Es que, verás: algún que otro banco y entidad financiera, pleiteó, hubo quien obtuvo -obviamente-, sentencia favorable, con condenas de importantes cantidades económicas, ciertas, vencidas y exigibles, que por cierto, tampoco se consignaron y a fecha de hoy todavía se adeudan; otros mantienen pleito abierto y con alguno incluso se ha conseguido -tras el cambio de gobierno- un acuerdo extraprocesal que ha mitigado algo el importe de los pagos comprometidos, evitando los costosos intereses de demora, los pagos a abogados, procuradores, peritos y costas judiciales.

Llegado este punto le interrumpí: oye, y la compañera interventora, ¿aún sigue viva, después de todo eso? -Sí, me sonrió, a base de tranquilizantes y nervocalm, como el padre de Mafalda, ya sabes, lo normal… Además, es dos promociones más joven que nosotros.

En un esfuerzo por empatizar –más- con mi colega, le dije: pero bueno, a ti, si te toca informar, pues habla de la acción de regreso, esa que prevé la ley para casos de flagrante daño económico para el erario público cuando éste es efectivo y cuantificable después de una sentencia firme, de tal manera que se le pueda exigir el montante de ese perjuicio a sus causantes, por haber votado a favor los presupuestos en cuestión, a sabiendas de la tropelía que se estaba cometiendo, con todos los informes en contra de los habilitados de la Casa, y “santas pascuas”, aunque eso sí, ya sabes que esos preceptos legales son prácticamente vírgenes a efectos de jurisprudencia, en este país nunca pasa nada.  Pero al menos, dormirás tranquilo.

Eso sí, no serás -qué novedad, en esta profesión de habilitado nacional, proseguí- santo de devoción de algún que otro corporativo o ex corporativo, que te tendrá presente en sus oraciones. Bienvenido al club, le apostillé. En fin, es lo que hay, dicen que va en el sueldo.

Mi amigo me miró con ese aire derrotado del primer café de máquina de la mañana y me dijo: es que, verás, el Gobierno que aprobó esos presupuestos no quiso llevar al Pleno las cuentas derivadas de los mismos, tal y como fueron diligentemente preparadas por la Interventora en su día, y ahora el Gobierno entrante las ha tramitado, porque de no ser así, el ayuntamiento tiene vedado el acceso a subvenciones y ayudas por parte de las administraciones superiores (ya sabes esas pequeñas exigencias de los tribunales y cámaras de cuentas estatal y autonómicas), pero no se sienten cómodos aprobándolas, porque además, desde la entonces oposición se habían recurrido los presupuestos de los que emanaban aquéllas, y en última instancia, no querían tener ningún tipo de responsabilidad al respecto, que ellos no habían sido. Pero, claro, con la ley en la mano, para que quepa la fiscalización externa del Tribunal de Cuentas, debían aprobarse, o al menos presentarse al Pleno…O sea, que qué hacían.

Pues eso, me cuenta que les dijo: sin problema, las dictamináis, tramitáis y exponéis al público, etc., como dice la ley, y aunque la aprobación de las cuentas es un acto formal del que no deben derivarse responsabilidades para quienes las aprueban, y siendo como es, un tema de mayoría simple, obtener el quórum necesario no debería ser un obstáculo insalvable, para “cumplir el trámite”, al menos.

Y mira tú por donde…, resulta que, sometidas esas cuentas a votación, tanto en Comisión Informativa previa como posteriormente en el pleno, no obtienen su aprobación, al haber sido votadas, bien en contra o con abstención por toda la Corporación, incluidos quienes aprobaron y gestionaron esos presupuestos anulados de los que derivan esas mismas cuentas. Ni un solo voto a favor. Y miraban a la interventora y ésta al Secretario, y éste tomaba nota de la votación.

Me cuenta mi colega su sorpresa y asombro, y el de la interventora, ante tan inusual suceso, la primera vez que les ocurría en su también dilatada carrera administrativa, mientras los miembros corporativos se miraban unos a otros, atónitos, e incluso con una sonrisa o, según los casos, una mueca forzada, ante un salón de plenos a rebosar de público, que ciertamente no entendía nada, mientras se oía un murmullo entre los escaños: “yo no he sido, a mí ni me mires, yo no sé nada…”

Antes de despedirnos, recuerdo al compañero murmurar algo así como “sic transit gloria mundi…”, (él era de la generación del latinajo a bocajarro, yo casi). Me limité a hacer un silencioso gesto de despedida, mientras sacaba unas monedas para ese café de máquina self service que sabía positivamente que me iba a sentar como un tiro, pese a lo curtido de mi aparato digestivo, en otro día imprevisible, y por ello ciertamente variado y ameno, de trabajo municipal como habilitado nacional.

Por cierto, ese día entraba en vigor una nueva Ley de Transparencia.

(ADVERTENCIA: el relato de esta conversación ficticia no está basado necesariamente en hechos reales, pese a su carácter de ficción lúdico-especulativa)

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Habilitado nacional en distintas subescalas, Abogado de la Generalitat Valenciana y Técnico Superior de ésta (excedente). Actualmente desempeña la Secretaría General de la Sindicatura de Comptes de la Comptes de la Comunitat Valenciana. Es autor de diversas publicaciones, principalmente en materia de Derecho Administrativo local, Administración Electrónica y Modernización administrativa.

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