Concejales Incultos

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Concejales IncultosNunca he pensado que nadie fuera mejor que otro por tener más estudios o más cultura. En definitiva, el destino reparte oportunidades, capacidades o vocaciones profesionales de manera desigual. No obstante, lo que sí es exigible e inexcusable, es que uno conozca aquello a lo que se dedica o en lo que está involucrado. No es preciso pues que el concejal municipal sea una persona ilustrada -aunque sí conveniente, sin perjuicio de que, personalmente, no son Santo de mi devoción los concejales especialmente “listos”-. Pero sí lo es que, a falta de cultura general (la cual se puede compensar con humildad y sentido común), tenga, al menos, “cultura administrativa” o “cultura municipal”. Digo yo que un concejal debería saber lo que es un Ayuntamiento y lo que hace, pero no, muchas veces no lo sabe…

No debemos tolerar (y mira que en nuestra profesión hay que ser tolerantes) que un concejal de la oposición nos hable como si fuéramos del equipo de gobierno. De eso nada: soy el Secretario del Ayuntamiento y no un concejal, ni el secretario del Alcalde ni, peor, un asesor eventual. ¿Es tan difícil comprender eso? A veces nos acusan, desde una ignorancia y prepotencia descomunales, y con unos argumentos absurdos e insostenibles, que tal expediente es ilegal. Señor mío, si de verdad la gestión del equipo de gobierno fuera corrupta y delictiva yo –que sé mucho más de derecho que usted y, con (o sin) perdón, soy más recto-, sería el primero en denunciarlo. No debemos dejar que nos utilicen políticamente, ni la oposición como “diana”, ni tampoco el Alcalde como “escudo”.

Más cosas: observo que está fuertemente arraigada la creencia, aplicando el refrán castellano de que quien puede lo más puede lo menos, de que cualquier competencia municipal puede ser ejercecida por el Pleno. Pues no señor, no es así. He llegado a oír que no llevar muchos asuntos a Pleno es antidemocrático…e inmediatamente me han oído contestar que los acuerdos dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia son nulos de pleno derecho. El sistema que implanta la reforma del 99 del régimen local es presidencialista, y eso es lo que hay. Si quieren que el Pleno tenga más competencias que envíen una carta al legislador, pero mientras tanto las que corresponden al Alcalde se seguirán aprobando por Decreto o Resolución de Alcaldía (sin perjuicio del régimen de delegaciones). En cuanto a la labor de control político consiste, precisamente, en revisar esos Decretos de los cuales se da cuenta en el Pleno.

No quiero hacer el post demasiado largo, pero tengo muchas más anécdotas (en mis carnes y en las de otros compañeros). Hoy sólo una más: la de “las explicaciones” –normalmente dentro de una sesión plenaria-. Legítimamente se piden: las que son de carácter político (de oportunidad) las da el Alcalde; las que son de carácter técnico (de legalidad) las da el Secretario. Hasta ahí bien… Lo malo es que las del Secretario no se entienden lo más mínimo (o no se quieren entender). Me niego a admitir que no somos lo suficientemente amplios de vocabulario y empáticos para “traducir” al lenguaje normal una cuestión de tipo técnico, como la edificabilidad de un sector, lo que es un arrendamiento con opción de compra, o la concurrencia del supuesto que motiva la elección de un procedimiento negociado… Mi conclusión es que no se entienden por falta de cultura, general y, sobre todo, administrativa. ¿Cómo se va a entender lo del procedimiento negociado si ni siquiera se sabe que existen varios procedimientos de contratación?

Un esfuerzo, señores. Igual que nosotros hemos hecho (como mínimo) una licenciatura, una oposición, un curso selectivo y un montón de cursos y estudios más; no estaría de más que los concejales electos, sobre todo los de nuevo ingreso, realizaran un pequeño “curso selectivo” de tipo teórico-práctico, en el que alguien les explique las cuestiones fundamentales sobre la organización y el funcionamiento municipal. De acuerdo que el mandato deriva de las urnas, y no del conocimiento, pero seamos sensatos y responsables, pues para votar dentro de un órgano colegiado habrá que saber qué es un órgano colegiado… así como tener nociones básicas de la actividad municipal. ¿No?

Decía mi amigo Ramón, compañero de Valladolid, que en un Pleno Secretarios hay 1, y concejales, por ejemplo, 17. Cuando alguno de ellos le “ningunea” él siempre le recuerda esta importante cuestión numérica, y añade lo que le dijo su madre: “hijo, estudia, a ver si puedes llegar a algo en la vida… y si al final no lo consigues no te preocupes, que siempre te puedes meter en la política…”.

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Secretario de la Administración Local, categoría superior. Máster en Nuevas Tecnologías aplicadas a la Administración Pública. Máster en Planificación estratégica. Secretario General del Ayuntamiento de Alzira. Vicepresidente responsable de Nuevas Tecnologías del Consejo General de COSITAL. Miembro del equipo técnico de las Comisiones de Modernización, Participación Ciudadana y Calidad; y de la Sociedad de la Información y NNTT de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). Vocal de UDITE (Federación Europea de Jefes Ejecutivos de Gobiernos Locales). Miembro de la RECI (Red Española de Ciudades Inteligentes). Miembro del Grupo de Trabajo del Comité Sectorial para el Documento, Expediente y Archivos Electrónicos de la Administración General del Estado. Autor de numerosas publicaciones. Medalla de la Vila del municipio de Picanya (Valencia). Premio al innovador público del año 2015. Premio NovaGob Excelencia 2015 al mejor Blog (Nosoloaytos).

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