Identificar a las Administraciones incumplidoras y endeudadas

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El Tribunal de Cuentas ha difundido hace unos días su Informe de fiscalización del sector público local referente al ejercicio de 2020. Y en estos tiempos en que lamentablemente hay que recordar los principios jurídicos básicos, tenemos que insistir en la relevancia de la rendición de cuentas ante un órgano externo con expertos independientes. Quien asume una responsabilidad política, quien recibe fondos públicos ha de explicar y ha de justificar cómo se han utilizado tales recursos, a qué se han dedicado los miles y miles de euros presupuestados, en qué situación financiera están las arcas municipales. La labor del Tribunal de Cuentas resulta imprescindible y hay que subrayar que con firme constancia mantiene una rigurosa fiscalización a pesar de la desatención que generan sus consideraciones.

¿Desatención? A mi juicio bastante por parte de las Cámaras legislativas y del Gobierno. Hace años que el Tribunal de Cuentas insiste con tesón en sus informes en las mismas conclusiones, en idénticas recomendaciones. Consideraciones que los diputados y los senadores que integran la Comisión mixta para las relaciones con ese órgano constitucional escuchan y parece que asumen al copiarlas en una resolución que publican en el Boletín oficial del Estado. Y hasta ahí, porque esa declaración resulta estéril. Ninguna iniciativa, ni propuesta, ni pregunta en plenos o comisiones parlamentarias. Hay que agradecer, por tanto, al Tribunal de Cuentas su perseverancia.

Perseverancia en fiscalizar las cuentas locales y en comprobar cómo hay Administraciones locales que gestionan según sus prioridades los presupuestos y cómo otras incumplen los deberes elementales. Son miles las que infringen las mínimas obligaciones de incorporar a la plataforma informática la información y la documentación. Un número de Administraciones incumplidoras, incluso, superior al destacado en el penúltimo informe. ¡Se ha empeorado! Habría que decir: ¡han empeorado! Porque no hay que diluir en una fórmula impersonal esa responsabilidad. Ni tampoco disimular con porcentajes totales esas infracciones e inobservancias. Es cierto que algo más de la mitad de las Administraciones (sin contar con lo que ocurre en el País Vasco y en Navarra al no facilitarse esa información) cumple presentando su rendición de cuentas. Pero la responsabilidad no es solidaria. Cada Corporación ha de dar cuenta personal del resultado de su gestión y de la situación financiera.

El manejo de los dineros públicos es algo especialmente delicado y no sólo en épocas de grave crisis como la que vivimos. Cuando se ha entregado dinero a Administraciones públicas, cuyos corporativos presumen de competencias que desarrollan con autonomía, hemos de conocer qué hace cada una de ellas y cuál es el resultado para renovarles o no el crédito de nuestra confianza. Agrupar en porcentajes y medias aritméticas la conclusión de una fiscalización es perturbador porque genera una impresión errónea. De ahí que el Tribunal de Cuentas identifique a los incumplidores. Los nombres de tales Corporaciones aparecen a lo largo de 76 páginas. La mayoría, Ayuntamientos de menos de mil habitantes (más de 1250). Pero también hay otros muy populosos: Badalona, Cádiz, Córdoba, Getafe, Jaén, Málaga, Marbella, Móstoles, Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca. Y otros con relevante solera porque, al menos en los tres últimos años, no habían rendido las correspondientes cuentas mucho más allá del plazo establecido: Jaén, el Puerto de Santa María, Torremolinos, Mijas, Marbella, Vélez-Málaga y Utrera. Más sorprende es ese incumplimiento por Diputaciones provinciales (Ávila, Cádiz, Cuenca, Lérida y Zamora) y por más de cuatrocientas Mancomunidades. ¿Qué ha ocurrido para que Administraciones que disponen de más funcionarios no rindan cuentas?

Tales incumplimientos, algunos parece que con porfiadora reincidencia, carecen de consecuencias prácticas. La previsión legal de la posible retención por el Gobierno del importe de transferencias, anticipos o liquidaciones (sabemos que está prevista en el artículo 36 de la Ley de economía sostenible) no se lleva a cabo. El Tribunal de Cuentas nos da noticia de lo ocurrido: informó a los Ministerios afectados de las infracciones y solicitó que se practicaran las oportunas retenciones financieras. La respuesta de la Secretaría General de Financiación Local desconcierta. Afirmó que se trata de una mera facultad cuya práctica es compleja ante las dificultades «informáticas» y que, además, existía el riesgo de la interposición de recursos contenciosos.

¿Se preguntó a los técnicos? Un programador informático discrimina con cierta facilidad el abono efectivo de transferencias, puede suspenderlo durante unos días, incluso, fragmentar las cantidades… Lo que se le indique para establecer medidas cautas propias de una buena administración pública. Otras oficinas administrativas modulan con agilidad los pagos y prestaciones sociales, incluso, han llegado a suspender ayudas necesarias y vitales para tantas familias. Es más, ¿por qué ha de temer el Gobierno la presentación de un recurso contencioso? ¿Esa retención no está prevista en una Ley? ¿O es que falta la voluntad política de exigir tal responsabilidad? ¿Es que un juez contencioso va a amparar a una Corporación que empecinada reincide en incumplir su rendición de cuentas permitiendo que el Gobierno parezca inerme y pusilánime?

Tales retenciones -insisto, podrían suspenderse durante días, ser parciales y escalonadas- facilitarían un cambio de comportamiento. Recordemos que la fuente de financiación más relevante de las Corporaciones locales está constituida por las transferencias de fondos de los Gobiernos de España y Autonómicos. Casi el 40% de los recursos locales proceden de tales transferencias. Los impuestos locales rondan el 30% de los ingresos. De ahí la utilidad de blandir esas retenciones ante los infractores reincidentes.

Además, cómo se ha comprobado, una medida similar que adoptan algunas Comunidades Autónomas, a saber, condicionar al adecuado cumplimiento de esa obligación de rendición de cuentas el acceso a las convocatorias de ayudas y subvenciones, resulta muy eficaz. En esas Comunidades Autónomas los índices de cumplimiento son significativamente muy altos. Merecen su recordatorio por este buen hacer: Aragón, Cataluña, Galicia, Madrid y la Comunidad Valenciana.

El Tribunal de Cuentas da noticia de otras infracciones. Destaco una por su especial trascendencia: las carencias y dificultades en el eficaz control interno por parte de interventores. Es elevada la falta de remisión de esa información. Aproximadamente sólo el cuarenta por ciento de las Corporaciones locales envía esta documentación. La mayoría de los incumplidores, como es fácil intuir, Ayuntamientos con escasa población y, en consecuencia, con escasos medios (muchos de Asturias, Cantabria y Castilla y León). Pero también un tercio de las Mancomunidades e, incluso, un área metropolitana. Además, dentro del aproximadamente cuarenta por ciento de Corporaciones que envían esta información, el Tribunal de Cuentas ha contabilizado casi cincuenta mil reparos que han presentado los interventores, la mayoría en expedientes de contratación pública y en los que están comprometidos, en conjunto, más de dos mil millones de euros.

El Informe continúa con otros aspectos sobre los que quizás convenga reflexionar en otra ocasión. Cierro ahora esas páginas que he leído con desazón y una consideración elemental para los corporativos: antes de desplegar nuevos eslóganes y propuestas, hay que cumplir las leyes y rendir cuentas. Sin esa consciente responsabilidad, ese deseo de gestión eficaz e «inteligente» que ahora se llama smart, es sólo una vacua propaganda.

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