El BOE del 2 de octubre pasado publicaba las Leyes 39 y 40 del 2015, llamadas a cambiar la vida de nuestras Administraciones. Puesto que su entrada en vigor es al año de su publicación, el contador ya ha sobrepasado los dos tercios de su recorrido.

En la parábola del Evangelio las doncellas diligentes de la Administración Local, que representan el 50 por 100, tienen sus lámparas dispuestas así como las vasijas con su reserva de aceite, mientras que la otra mitad, las doncellas insensatas, no han previsto la necesidad de reserva de aceite y ven que no van a poder aguantar hasta la llegada del novio. En nuestra realidad el mundo local, por lo que yo percibo, el porcentaje de insensatez supera ampliamente al que se da en las doncellas con sus lámparas, pues no se ve mucho movimiento. Eso sí, cuando llegue la época de las vacaciones de los funcionarios, seguro que surgen miles de proyectos urgentes (la urgencia hay que pagarla, ¡qué le vamos a hacer!), para llegar a tiempo de la vigencia de las nuevas Leyes.

Siguiendo con el símil de la parábola evangélica, a falta de poco más de cuatro meses para la vigencia de las nuevas Leyes, que en su momento comentamos, solo unos cuantos adelantados del progreso se están preparando para el nuevo régimen.

No por casualidad, los más dispuestos a prepararse para la entrada en vigor de las nuevas Leyes son algunos habilitados nacionales, que peleando con la falta de medios y tiempo, en incluso a veces con la desidia de los Ayuntamientos interesados, tratan de estar preparados para el momento. Y no lo hacen en beneficio propio, ni por haber sido requeridos para ello por sus respectivos Alcaldes. Lo hacen por ser unos profesionales de enorme categoría, con gran sentido de la responsabilidad y con una preparación técnica envidiable.

En ocasiones se han echado en falta los viejos tiempos en que miembros de los, entonces llamados, Cuerpos Nacionales formaban parte de la vanguardia de administrativistas de nuestro país. Pero sinceramente creo que hoy en día gozamos de algunos Secretarios e Interventores-Tesoreros que nada tienen que envidiar del pasado.

Desde aquí, oyendo el tic tac del reloj que marca la cuenta atrás de las Leyes 39 y 40/2015, mi sincero homenaje a los adelantados de la Administración Local, a los que deseo un notorio éxito en su esfuerzo por guiarnos hacia la óptima aplicación de las nuevas Leyes.

4 Comentarios

  1. Muchas gracias, Fernando, por tus palabras. Nos movemos en escenarios tan precarios que, a veces, unas simples palabras de reconocimiento significan un enorme refuerzo en la lucha por la ética pública. Cuando las nuevas corrientes políticas apuestan por la transparencia, algunos percibimos que sin una decidida apuesta por dotar de medios efectivos a las EELL, nos quedaremos, como siempre, en meras formulaciones programáticas, sin efectos reales. ¿Alguien se ha preguntado que va a pasar el 2 de octubre en los mas de 7.000 municipios españoles de menos de 20.000 habitantes? Creo que la respuesta es obvia.

    • César, confío que unos pocos titanes de la AL, como tú, conseguirán que esto no se pare. Lo malo es que ello hará que pase inadvertido el esfuerzo que estáis haciendo.
      Un abrazo

  2. en algunas unidades administrativas, están esperando a que estén las normas en vigor para preparar los medios que propician su aplicación, sobre todo en los aspectos telemáticos e informáticos, lo cual es presagio de no buen funcionamiento e improvisación.

  3. Estimado Victor, He leído un artículo suyo en la página guiasjuridicas.wolterskluwer.es. Me encuentro en situación de excedencia por prestar servicios en el sector publico y he participado en un concurso. Podría indicarme donde ser regula que para tomar posesión del puesto adjudicado tenga que incorporarme efectivamente al puesto? No podria, como sucede con las OPEs, tomar posesión y solicitar la excedencia el mismo dia para continuar en la administración actual sin tener que presentar el cese de la misma?
    Disculpen que haya utilizado este medio pero no he encontrado otra forma de contactar con usted. Le quedo agradecida de cualquier aclaración que me pueda facilitar
    “El empleado público excedente voluntario por prestar servicios en otra Administración puede participar en los concursos de provisión de puestos de su Administración, si bien establece la condición inexcusable de su reingreso al servicio activo”
    Atentamente,

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