La moción de censura al Alcalde

0

La situación de fragmentación municipal propiciada por las elecciones locales del pasado mayo de 2015 hacía prever una legislatura de gran inestabilidad en las Alcaldías. La gran cantidad de Alcaldes minoritarios, proclamados por encabezar la lista más votada, y los numerosos pactos multilaterales hacían presagiar dicha inestabilidad. Sin embargo no ha sido así.

De un lado los Alcaldes minoritarios se enfrentan a unas oposiciones fragmentadas en las que lo único en común a las formaciones políticas es la oposición al equipo de gobierno. La situación de enfrentamiento existente en los partidos nacionales, con ofensas personales entre líderes incluidas, ha hecho imposible el entendimiento entre gente con mucho en común, pero los colores de sus banderas son diferentes y hacen imposible el entendimiento. Personalmente me desagrada sobremanera la situación de tensión extendida a la sociedad en general y pienso que de haberse mantenido todos dentro de las normas de protocolo y urbanidad estaríamos mejor que tildándonos de indecentes, ruines y miserables unos a otros. Pero jurídicamente, nihil obstat…, mientras las ofensas no superen el límite del Código Penal.

La gran rémora que para los Alcaldes y equipos de gobierno supone no aprobar un presupuesto, está hoy en día solventada por el mecanismo de la cuestión de confianza para dicha aprobación. Si los partidos de la oposición son incapaces de ponerse de acuerdo para firmar una moción de censura, la aprobación del presupuesto por la minoría solo requiere tiempo.

Distinto es el caso de los Ayuntamientos gobernados en coalición. Aquí el motivo de que no hayan abundado las mociones de censura no es el buen entendimiento entre los diferentes Grupos políticos. El ejercer el gobierno es un cemento que une, pero no hace que se superen las tensiones que más arriba comentamos. Pero la moción de censura es una pistola de un solo tiro, dada la prohibición legal de firmar más de una en la legislatura. El partido podría promover las renuncias de sus representantes, para que los siguientes de la lista volvieran a firmar, pero normalmente los primeros de las listas son los principales de los partidos en la localidad y ninguno suele querer el harakiri político. Por ello, antes de disparar la pistola hay que estar seguro. Y, volvemos a lo mismo, la inestabilidad política general hace imprevisible si tal o cual partido el mes que viene va a ser mi hermano o mi enemigo irreconciliable. Más esta estabilidad no tiene por qué ser mala, y la limitación de la firma de mociones de censura parece conveniente.

Y llegamos al último motivo, en mi modesta opinión, de esta “estabilidad” sin apoyos. Y no es otro que las limitaciones derivadas de las medidas introducidas para luchar contra el transfuguismo. La inutilización del voto de los Concejales si no es en favor del Partido por el que fueron elegidos, es eficaz contra el transfuguismo de los Concejales. Pero es igualmente favorecedora del mantenimiento del tirano en el poder. Si un Grupo político advierte su error al promover a la Alcaldía a la persona que encabezaba su lista, por más que descubra que éste es un sátrapa, se verá abocado a soportarle. Ello nos devuelve a la vieja cuestión del transfuguismo, ¿es tránsfuga el que abandona la formación política por la que se presentó y no lo es el partido que hace lo contrario a lo que prometió al electorado? Pero no es cuestión de encomendar al control jurisdiccional el cumplimiento de los compromisos electorales.

En resumidas cuentas, las medidas antitransfuguismo han traído un cierto efecto indeseado, pero tampoco es deseable volver al mercadeo para la obtención descarada de voluntades a fin de alterar alcaldías.

No hay comentarios

Dejar respuesta

Información básica de protección de datos. Responsable del tratamiento: Fundación esPublico. Finalidad: permitir la publicación de comentarios a los artículos del blog. Base jurídica: consentimiento que se entenderá otorgado al pulsar el botón "Publicar comentario". Destinatarios: público en general, la información que introduzca en el formulario será visible por todos los visitantes del blog. Ejercicio de derechos: de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad a través de dpd@espublico.com o en la dirección postal del responsable del tratamiento. Más información: Política de privacidad