Navegando por la página del Ministerio de Administraciones Públicas he encontrado esta noticia que reproduzco a continuación, a alguien seguro que le alegra el día.
- El sueldo mínimo alcanza 1.000 euros mensuales
- Próximamente cada empleado recibirá una media de 2.046 euros en concepto de atrasos correspondientes a 2005 y 2006
- El acuerdo simplifica la estructura y crea una nueva escala profesional similar a la funcionarial
El ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla, ha firmado hoy con organizaciones sindicales el II Convenio Único para el personal laboral en la Administración General del Estado, que beneficia a 61.802 trabajadores y que establece, entre otras medidas, un incremento medio en sus retribuciones del 19 por ciento.
Entre las mejoras salariales cabe destacar que, desde 2005, el sueldo mínimo de un empleado laboral de la Administración General del Estado alcanza 1.000 euros mensuales. En palabras de Jordi Sevilla, este acuerdo es “un acto de justicia hacia un colectivo de empleados públicos que no siempre ha estado suficientemente reconocido”.
Las mejoras salariales llegarán a ser hasta de un 33% para aquellos empleados con menor remuneración. Al entrar el convenio en vigor con carácter retroactivo desde el uno de enero de 2005 en próximas fechas todos los laborales beneficiados por el convenio recibirán una media de 2.046 euros en concepto de atrasos. El acuerdo tiene vigencia por un periodo de cuatro años.
El Convenio, que tendrá vigor hasta finales de 2008, ha sido suscrito por los sindicatos UGT, CC.OO., CSI-CSIF y CIG, con el apoyo de ELA-STV tras varios meses de negociación.
Además de las importantes mejoras retributivas, se reducen los grupos profesionales de ocho a cinco, se establece un sistema de provisión de puestos más ágil y se introducen importantes avances en las condiciones laborales de estos trabajadores públicos.
El nuevo marco moderniza el sistema de clasificación profesional, revisa por completo el ámbito de la provisión de puestos para permitir mayor movilidad y promoción, e incluye medidas en materia de conciliación de vida personal y laboral y contra la violencia de género.
Sus líneas principales son las siguientes:
· Mejoras salariales. Los incrementos retributivos para todos los grupos, entre 2005 y 2008, registrarán una subida media del 19%.
· Se fijan mayores incrementos para los niveles más bajos (entre el 26% y el 33%), de forma que el salario más bajo de un laboral al final de la vigencia del convenio será de unos 14.000 euros, es decir, casi 1.000 euros mensuales.
· Al entrar el convenio en vigor con carácter retroactivo con fecha de uno de enero de 2005, todos los empleados públicos beneficiados por el nuevo convenio recibirán en próximas fechas atrasos en función del grupo al que pertenezcan:
Grupo Profesional
I Convenio Único
|
Efectivos
|
Grupo Profesional
II Convenio Único
|
Atrasos
2005 y 2006
|
1
|
2.608
|
1
|
2.745,51
|
2
|
3.950
|
2
|
2.288,02
|
3
|
4.644
|
3
|
2.186,70
|
4
|
16.766
|
2.360,54
|
|
5
|
9.152
|
4
|
1.514,31
|
6
|
8.295
|
1.621,71
|
|
7
|
9.920
|
5
|
1.846,17
|
8
|
6.467
|
1.807,23
|
· Se crean complementos de puesto para 35.000 trabajadores. Estos complementos supondrán un aumento de las retribuciones y podrán sentar las bases para el diseño de una carrera profesional para el personal laboral inédita hasta la fecha.
· Reducción de grupos profesionales de ocho a cinco: Es una reiterada reivindicación sindical, que implica el cambio de grupo profesional de más del 50% de la plantilla, con el correspondiente aumento en la remuneración económica. Implica una apuesta importante por un modelo organizativo que se aproxima al del personal funcionario.
· Las áreas funcionales pasan de las siete actuales a tres: Gestión y servicios comunes, Técnica y profesional y Actividades específicas.
· Nuevo sistema de provisión de puestos, con dos instrumentos básicos: concursos de traslados interdepartamentales, abiertos y permanentes, y convocatoria única que incluirá plazas para su cobertura por promoción interna y acceso libre.
· Incorporación de todas las medidas acordadas sobre conciliación de la vida laboral y familiar y contra la violencia de género. Entre ellas destacan el horario hasta las 18 horas, la ampliación del permiso de maternidad, los 10 días de permiso de paternidad o el derecho de traslado de puesto a otra localidad o unidad.
· Vigencia: Se ha pactado una vigencia del Convenio de 4 años, de 1 de enero de 2005 a 31 de diciembre de 2008, con lo que se fija un período más amplio de lo habitual en esta materia en el ámbito de la Administración General de Estado.