Far West

4

Far WestVivir en un pueblo pequeño de la periferia de una gran ciudad española es como vivir en el Far West, en aquellos pueblos donde aun no había sheriff y en el que cada ciudadano se cuidaba de sí mismo. Claro que los americanos con la segunda enmienda tienen el constitucional derecho de portar armas, cosa probablemente por suerte, no ocurre en Hispania Interior.

Porque ¿qué puede hacer un ciudadano de un pueblo cuando se encuentra con que alguien le ha aparcado en la puerta de su cochera y está días y días sin poder sacar su propio coche? No habiendo reservas de vados, teóricamente se puede aparcar en cualquier parte. ¿O cuando se aparca en cualquier parte, o se circula por dirección prohibida, o a altas velocidades? ¿O qué ocurre cuando hay perros al lado que no dejan de ladrar en toda la noche? ¿O cuando se corta una calle sin aviso y sin autorización debido a realizar obras o al depositar materiales en la vía pública? Ciertamente hasta ahora se respetaban en buena medida unas normas de convivencia elementales y no escritas, casi de “derecho rural natural” con lo que más o menos se soslayaba la situación y el control social que en una comunidad pequeña o mediana existe hacía el resto.  Pero llegamos a un momento en que se han incrementado exponencialmente los derechos de los ciudadanos y sus correlativas garantías y todo el mundo tiene derecho a hacer aquello que no está prohibido o, en la versión más ibérica, aquello que se puede hacer sin una probabilidad cierta de que vaya a existir sanción. Con lo que llegamos a absurdas situaciones de pueblos aledaños a las capitales que han crecido mucho como consecuencia del incremento del precio del suelo en las ciudades y a los que han ido a vivir muchos jóvenes sin “cultura de pueblo” es decir, personas que todavía no se sienten parte de la comunidad y que viven allí porque simplemente es un lugar donde la vivienda estaba algo más barata. Y que en muchas ocasiones no respetan esas elementales normas de convivencia que no están escritas y que básicamente son no hacer a los demás lo que no quiere que te hagan a ti.

Paradójicamente esos pueblos, limítrofes a la capital no cuentan con reservas de entradas a garajes, semáforos, ordenanzas de convivencia ciudadana etc. Y, cruzando el límite del término municipal, se encuentra uno con que existe una batería de normativa a cumplir y con más de un millar de policías locales para hacerla respetar y  con miles de funcionarios para tramitar las multas, cobrarlas o embargar si no se pagan. Estamos ante un elemental agravio comparativo y ante una penosa situación de confrontación de derechos ciudadanos de unos y de desprotección total de otros, porque ese pequeño Ayuntamiento tiene unos muy limitados recursos humanos y materiales,  para nada comparables con los de la ciudad. Cuenta ese Ayuntamiento, quizás, con tres funcionarios de administración  y un alguacil y si no aprueba una ordenanza de vados es porque sólo con mucha dificultad podría hacer respetar su cumplimiento. En muchos Ayuntamientos se ha optado por delegar en el Estado el ejercicio de las competencias sancionadoras en materia de tráfico de tal manera que sea la Guardia Civil quien ejercería las competencias y tramite el oportuno procedimiento. Y escribo en tiempo verbal potencial porque ésta “pasa” olímpicamente del tema. Por lo menos en los pueblos que conozco que han efectuado la delegación, no han sancionado jamás una infracción, pese a que algún alcalde ha reclamado (no sé si es que quizás con demasiada timidez) que ejerzan verdaderamente esa atribución de competencia delegada. Bueno, al fin y al cabo no es muy popular el ejercicio de la competencia sancionadora así que los  unos por los otros, todos silban mirando para otra parte. Cuando sería sencillísimo controlar muchas situaciones con un par de multas de vez en cuando porque en un pueblo la voz se corre rápidamente y “el miedo guarda la viña” 

Ante tantas garantías además todas las administraciones además van por libre. Ejemplo: pueblo pequeño. Coche abandonado en la puerta de una cochera. Llamada a la Guardia Civil. El coche no es robado, sólo está aparcado. Pregunta ¿quién es el propietario? Ah, lo sentimos, no se puede decir: ¡protección de datos! Discusión. ¿Solución? Hay que escribir con oficio a la Jefatura de Tráfico para que nos contesten también por escrito, lo que supone tres o cuatro días en el mejor de los casos. O firmar un Convenio. Eso es eficacia, transparencia y confianza, sí señor. Supongo que, correlativamente en lo sucesivo, cuando se persone la Guardia Civil en las dependencias municipales pidiendo algún dato de alguien, estaremos a la recíproca. Así nos va.

Ciertamente que con la última reforma operada mediante la Ley Orgánica 16/2007, de 13 de diciembre, complementaria de la Ley para el desarrollo sostenible del medio rural se posibilitó la creación de cuerpos de policía local agrupados o asociados: “En los supuestos en los que dos o más municipios limítrofes, pertenecientes a una misma Comunidad Autónoma, no dispongan separadamente de recursos suficientes para la prestación de los servicios de policía local, podrán asociarse para la ejecución de las funciones asignadas a dichas policías en esta Ley. En todo caso, el acuerdo de colaboración para la prestación de servicios por los Cuerpos de Policía Local dependientes de los respectivos municipios respetará las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior y contará con la autorización de éste o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente con arreglo a lo que disponga su respectivo Estatuto de Autonomía.”Loable intento de paliar la situación de indefensión pero canto de alguna manera al Hermano Sol, dado lo complicado que puede ser articular un cuerpo de policía de municipios que se asocian para ello, empezando por el problema jerárquico. Siendo un cuerpo jerárquico ¿quién sería el jefe de esa policía? Sería una oportunidad para que comarcas o mancomunidades le echasen imaginación y aprovechasen las oportunidades que la nueva normativa permite. Aunque, sinceramente no he notado la más mínima motivación en político alguno para ello.

Así que el problema existe y la solución no puede ser para nada optimista. ¿Para qué se quieren unas competencias que no se pueden ejercer? Y ante la impotencia en unos casos y la dejación de funciones en otras vienen en ocasiones después  las lamentaciones cuando a alguien  “se le va la cabeza” y ejecuta por sí mismo lo que cree que es justo. Se publican entonces las noticias sensacionalistas y morbosas de esas tragedias que de cuando en cuando acaecen en la España profunda”.

4 Comentarios

  1. El articulista tiene toda la razón del mundo, no sirve de nada dictar normas que luego no pueden hacerse cumplir, y los ayuntamientos deberían tener financiación suficiente para adoptar estas y otras iniciativas, lo que no tienen.

  2. No sé porqué tanta preocupación, Ignacio. Al fin y al cabo, ahora tenemos -felizmente- una maravillosa formación específica para esas situaciones; sin duda alguna «Educación para la Ciudadanía» soslayará -o al menos, paliará- en un futuro próximo esa urgente necesidad de policía local, puesto que nuestros futuros ciudadanos habrán aprendido a respetar la salida de la cochera/corral del vecino. No nos engañemos, sin educación, nunca habrá suficiente policía para asegurar una pacífica convivencia ciudadana… ni ninguna otra.

  3. El derecho constitucional a portar armas en EEUU, que se contempla cierta pacatería en Europa, tuvo su fundamento en considerar ese derecho no solo como una garantía de la libertad individual de todas las personas, sino como una garantía para el conjunto del naciente pueblo estadounidense, que al quedar armado dificilmente caería ya sometido a ningún otro Rey o Tirano. Al contrario de lo que ha sucedido en España tantas veces, como cuando Franco pudo alzarse militarmente con sus secuaces, gracias a que no tuvo en frente a un «pueblo en armas». Tal vez ese derecho constitucional haya hecho imposible en EEUU los golpes militares, con sus trágicas consecuencias, asunto en el que España y los paises hispánicos son una «autoridad» y ostentan un record. Tal vez ese derecho constitucional sirve también para que los ciudadanos de EEUU sean mucho más respetados, valorados y escuchados por sus políticos que los ven como a ciudadanos iguales, capaces de poner límites, si se rompen las reglas de juego, y no como a una chusma clericoide carente de dignidad ciudadana.

  4. Estoy completamente de acuerdo con tu comentario.
    Se está poniendo de moda aprobar ordenanzas de convivencia y civismo que sólo se limitan a prohibir expresamente, acciones u omisiones que por sí mismas califican/descalifican a las personas. Bastaría con establecer de obligado cumplimiento un principio: el respeto a los demas y la buena educación.
    La creación de Cuerpos de Policía Local sostenidos por varios municipios conllevaría a mi juicio, la prestación de un buen servicio para los ciudadanos; pero no sólo para multar o sancionar, sino también por razones de seguridad.
    Sería un reto importante para las Comarcas. A ver si de una vez, hacen algo novedoso que redunde de verdad, en beneficio de todos. Claro que habrá que crear plazas de auxliares de policía, de coordinadores de auxiliares de policía, de agentes y de coordinador de agentes, de cabos y sus correspondientes coordinadores y etc, etc, etc.

Responder a Antonio Luis Cancelar respuesta

Información básica de protección de datos. Responsable del tratamiento: Fundación esPublico. Finalidad: permitir la publicación de comentarios a los artículos del blog. Base jurídica: consentimiento que se entenderá otorgado al pulsar el botón "Publicar comentario". Destinatarios: público en general, la información que introduzca en el formulario será visible por todos los visitantes del blog. Ejercicio de derechos: de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad a través de dpd@espublico.com o en la dirección postal del responsable del tratamiento. Más información: Política de privacidad