La Ley de López

4

La Ley de López

Arthur Bloch aun no ha escrito “La Ley de Murphy” (aquella cuyo principio básico es: “si algo puede salir mal, saldrá mal, o la tostada siempre se cae por el lado de la mantequilla”) aplicada a los funcionarios locales, incluidos los FHE. Una profesión tan poco conocida como la habilitación estatal y de contenidos tan ‘específicamente generales’ no parece que pueda ser objeto de un estudio de Mister Bloch, al menos con carácter inmediato; no creo que algún día tenga tiempo de investigar este bonito apartado de la actividad del sector-servicios y dentro de éste, de la Administración Pública y dentro de ésta de la Administración Local y dentro de ésta de la Habilitación Estatal. Debido a estas razones, he creído conveniente desde aquí, constatar la existencia de unos cuantos principios, leyes, axiomas, reglas, preceptos, postulados y  teorías, que he podido observar y que otros me han aseverado tras un minuciosa y perserverante examen de la realidad local.

He aquí algunos de ellos:

  • Ley de López: Si tienes que justificar una subvención de la Diputación, el día anterior a que finalice el plazo aun no tendrás en tu mesa las facturas correspondientes.

  • Principio de Agudo: Una obra nunca se liquida por menos del ciento veinte por ciento de equis, siendo equis el importe licitado en contrato.
  • Extensión de Gutiérrez al principio de Agudo: Si has pedido una subvención por un importe en base a una Memoria Valorada, cuando encargues el Proyecto el precio será al menos un 30 % superior, la baja de al menos un 15 % con respecto al precio de licitación-proyecto y la ejecución material-liquidación final, de un importe equivalente al precio de licitación más un 25 %. Las Ñapas se facturarán aparte. Resumiendo, Gutiérrez lo sistematizó en las siguientes fórmulas (válidas para una subvención estándar de diputación provincial, sobre base MV = 100):   

 

MV 100  
IS MV – 30 % 70 %
PP MV + 20 % 120
TL = PP 120  
PA TL – 15 % 102
PL (CT) TL + 25 % (127,50) +  ÑC (10,2) en FA 127,5 + 10,2 = 137,20
FEE 51,02  

Siendo: MV= importe de la Memoria Valorada; PP= Precio proyecto; IS= importe de la subvención; TL= Tipo de licitación; PA= precio adjudicación; PL= precio liquidación; (CT= coste total); ÑC = Ñapas complementarias; FA = Factura aparte; FEE= Financiación externa efectiva sobre coste real.

  • Principio de Fernández: No teniendo tesorería suficiente, la subvención que has tramitado ese último día será de esas en las que hay que haber acreditado haber abonado previamente.
  • Ley de Peláez: (o Teorema de la Abundancia Exponencial) Aunque la normativa de procedimiento administrativo dice que se tiene derecho a no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante, a pesar de que se han presentado ya para la justificación de la subvención A, se exigirá para la B, para la C y así ad infinitum. Esta exigencia aunque formalmente sí, no es recurrible materialmente debido a diversas razones que no es el momento de relatar. 
  • Complemento de Mínguez al Teorema de la Abundancia Exponencial a la que añade "exhaustiva": No importa que la Diputación tenga varios certificados que acreditan que tu Ayuntamiento está al corriente de sus obligaciones fiscales y sociales, siempre tendrás que presentar otro.
  • Regla de Abundio: Evita estudiar, el ignorante es más feliz.
  • Ley de Josplez: Si tienes pensado irte de vacaciones en agosto, la diputación publicará el 28 de julio su plan de subvenciones de cooperación otorgando un plazo de entre 20 y 30 días para presentarlos.
  • Axioma de Prados (Resulta de una matización de la Ley de Josplez): La Diputación sacará otra parte de sus planes justo antes de las vacaciones de Navidad, entre el 1 y el 15 de diciembre, con plazo de veinte días hábiles en unos casos o naturales en otros, a finalizar aproximadamente en fin de año.
  • Teorema de Cástulo: En días de tormenta, cuando lleves tres folios de acta escrita habrá un corte de suministro eléctrico y se te perderán los últimos (al  menos) 50 minutos de trabajo. (Complemento-Juramento de Íñiguez: ¿por qué no encargaríamos el SAI con lo baratos que están ahora?)
  • Ley de Robledo: Si pretendías hacer ese complicado informe hoy por la mañana olvídate, tendrás visita de al menos tres concejales, dos ciudadanos, un vendedor de fotocopiadoras y habrá siete llamadas (tres internas y cuatro externas).
  • Regla de Valero: (O teoría de la transmisión de información) Si trasmitimos una información que cifrada pudiera ser 1-2-3-4-5 y pasa por cinco personas, la segunda trasmitirá 1-2-3-5-4, la siguiente 1-5-3-9-? La cuarta 5-3-9-?-?, y la última ?-5-qué-0-?. En base a esta información y presumiéndola correcta, se adoptará la decisión, ex tunc y erga omnes.
  • Postulado de Fuster: Terminarás de contabilizar el mes y cuando creas que has cuadrado, te darás cuenta que hay dos céntimos de diferencias, que te costará encontrar el mismo tiempo o probablemente más que el empleado en llegar a la conclusión de que te descuadran dos céntimos.
  • Principio de Quesada: Si un Pleno se puede alargar, se alargará.
  • Extensión de Puerta: Los quince asuntos de la parte dispositiva de la sesión serán decididos en 35 minutos. Los ruegos y preguntas se prolongarán al menos 80. Si se ha tocado el tema de fiestas, 120 minutos. SI estamos en período electoral, 150 minutos.
  • Proposición de Jacinto: Cuando necesites hacer una fotocopia urgente no quedará papel en la bandeja correspondiente y tendrás que reponer. Además a nadie se le habrá acabado.
  • Teorema de Santibáñez: Si das un consejo realista que no se ajusta del todo a los procedimientos legales, evita que haya testigos y niega que nunca hayas dicho algo parecido.
  • Ampliación de Peropadre al Teorema de Santibáñez: Verbaliza (en privado) lo que harías y escribe lo que se debería hacer.
  • Precepto de Cenícez: Si llamas a la Comunidad Autónoma preguntando por un asunto, te dirán en el Servicio correspondiente que lo sienten, que el compañero que lleva el asunto no está en estos momentos (variante de “eso no es de mi negociado” o de "el que lo lleva tiene moscoso").
  • Axioma de Antúnez: Si tienes que informar acerca de algo que no tiene solución y ya está hecho, habla de las posibles hipótesis de lo que podría haber sido y no fue y no seas excesivamente contundente. Dicho de otra forma, divaga. Eso sí, haz alguna propuesta digna si se puede para solucionar el tema. 
  • Postulado de Pepito: Si no has hecho algo una vez o lo has hecho mal, eso será mucho más importante que lo hecho cien veces bien.
  • Ley de Márquez: Te llamarán por teléfono justo cuando falten dos minutos para irte, para solucionar algo ya.
  • Teoría de Endíez: Si adquieres un libro sobre comentarios a la última ley del suelo, en muy poco tiempo se convertirá en la penúltima ley del suelo. Teoría aplicable a contratos.

4 Comentarios

  1. Buen artículo de Ignacio (mi felicitación por su originalidad y su tino), que no es otra cosa que una simpática y certera manera de presentar realidades que todos conocemos. Quien más quien menos, todos hemos vivido situaciones parecidas o incluso peores.

    La última que a mí me ha tocado también se las trae: que se deniegue («no conceder» es solo un eufemismo) al Ayto para el que trabajo una subvención por el mero hecho de haber presentado la justificación dentro de plazo, el último día, en base al hecho de que -siendo este día el 26 de Diciembre- no ha habido tiempo material para su tramitación…. En fin, posiblemente alguno razonablemente diría que si no es posible tramitar en esas fechas, ese dato lo tuvo que tener en cuenta el que fijó el plazo para la acreditación del cumplimiento de los requisitos y no es justo, ajustado a derecho ni a la lógica que se haga padecer las consecuencias del desacierto a terceros. Pero, así pintan las cosas, y, a veces, se tiene la impresión de que siempre hay quien intenta rizar el rizo.

    Y lo dice alguien que ha sido testigo de un increíble argumento usado para la descalificación de un aspirante en una prueba de selección para una plaza de personal. Nada menos que… «por tener demasiada experiencia

  2. Fuera de tema. El habla en los medios.

    Envío nº 1
    Un día como otros, MIRABA la pantalla de mi televisor y VEÍA las imágenes que en ella aparecían. ESCUCH

Dejar respuesta

Información básica de protección de datos. Responsable del tratamiento: Fundación esPublico. Finalidad: permitir la publicación de comentarios a los artículos del blog. Base jurídica: consentimiento que se entenderá otorgado al pulsar el botón "Publicar comentario". Destinatarios: público en general, la información que introduzca en el formulario será visible por todos los visitantes del blog. Ejercicio de derechos: de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad a través de dpd@espublico.com o en la dirección postal del responsable del tratamiento. Más información: Política de privacidad