La reserva en la función

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La reserva en la funciónA veces olvidamos de algún modo el origen de las palabras y éstas dicen mucho más de lo que a primera vista podría parecer, aunque no dejan de ser una representación de la realidad y no la realidad misma. Y es que a veces me he preguntado el origen de la palabra "secretario". Procede, evidentemente, de “secreto" y se refiere a alguien que guarda los secretos. No sé mucha historia, pero supongo que originariamente se trataría de una persona cercana al Rey o al Señor que colaboraba con él, con la ineludible necesidad de guardar una elemental discreción en los asuntos de que tuviese conocimiento. Los temas confidenciales debían ser guardados por los secretarios.

Según nuestra imprescindible RAE, la palabra procede del latín “secretarius” y sorprendentemente tiene muchos significados: 1. Se decía de la persona a quien se comunica algún secreto para que lo calle. 2. Se atribuye a la persona encargada de escribir la correspondencia, extender las actas, dar fe de los acuerdos y custodiar los documentos de una oficina, asamblea o corporación. 3. Persona que por oficio público da fe de escritos y actos. 4. Encargado de redactar la correspondencia de aquel a quien sirve para este fin. 5. Escribiente o amanuense. 6. Máximo dirigente de algunas instituciones y partidos políticos. 7. Ministro (Jefe de cada uno de los departamentos en que se divide la Administración del Gobierno). 8. Mujer del secretario.

Aparte de la anacrónica y machista última acepción, podemos deducir pues que el Secretario guarda secretos, custodia documentos, da fe de los acuerdos y colabora con el superior. Se trata pues de dar fe y de colaborar en la gestión. Además el Rey evacuaba consultas con el Secretario, lo cual quiere decir también que aquél solicitaba el consejo de éste.

Podemos señalar pues que el cargo de secretario siempre ha tenido la connotación de ser una persona que ha ejercido una función en la cercanía del poder, lo que ha convertido su tarea en algo sumamente delicado, ya que si bien por una parte ha tenido que colaborar en la gestión de quien ejerce ese poder, por otra ha tenido que guardar documentos y secretos, dar fe y asesorar desde el punto de vista legal al que ostenta dicho poder, que, en definitiva, es quien toma las decisiones.

Trasladado todo ello a este momento coyuntural, vemos que ese bagaje histórico puede crear claras distorsiones. Vivimos afortunadamente en un estado democrático y de derecho en el que los Ayuntamientos están formados por los representantes libremente elegidos por el pueblo y que se organizan a través de un equipo de gobierno que pertenece a un partido y por medio de una oposición, que controla al gobierno y que pertenece a otro. Por un lado, cierta confidencialidad, reserva. Pero además, la necesaria transparencia de lo público. Y en medio, está el secretario que si bien colabora con el alcalde, no deja de ser asesor de todos los órganos municipales, alcalde y pleno. En unas ocasiones puede gustar más el sentido de ese asesoramiento y en otros menos, nunca llueve a gusto de todos, porque sin duda se interpretará una veces que existe connivencia con la alcaldía y en otras, se interpretará por ésta que el secretario es un miembro más de la oposición, un submarino, un quintacolumnista. Hallar el perfecto equilibrio para ejercer la  función con independencia y profesionalidad y por lo tanto correctamente es difícil, ya que en muchas ocasiones pueden existir presiones y sin duda, otras veces existirán malentendidos. No sólo hay que tratar de ejercer la función correctamente sino que hay que hacer comprender a los demás cuál es esa función para que cada cual represente su papel.

De por sí ya es difícil evitar esos malentendidos en ocasiones y, al margen de ello, creo que es importante incidir en la necesidad de actuar siempre con la discreción necesaria, no sólo el Secretario sino del resto de los funcionarios locales. No hay nada peor en la función pública local que ser un correveidile. Aparte de que creo que de algún modo se incumpliría la función, no hay nada más perjudicial para desatar los truenos; no lleva más que a crear situaciones incómodas cuando no críticas. Es importante, sin caer en servilismos, tratar de solucionar problemas y allanar diferencias antes que echar gasolina al fuego.

Nuestra legislación positiva y en concreto la Ley 7/2007, de 12 abril, del Estatuto Básico del Empleado Público contiene varias referencias con respecto a la necesaria discreción con que debe actuar el funcionario. Así, en el art. 52 se dispone bajo el epígrafe “Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta", que “Los empleados públicos deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los empleados públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.” Asimismo se añade que “Los principios y reglas establecidos en este Capítulo informarán la interpretación y aplicación del régimen disciplinario de los empleados públicos.”

En el art. 53 y con el título de “principios éticos” se señala que (12) “Guardarán secreto de las materias clasificadas u otras cuya difusión esté prohibida legalmente, y mantendrán la debida discreción sobre aquellos asuntos que conozcan por razón de su cargo, sin que puedan hacer uso de la información obtenida para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.”

Por último, el art. 95, al regular las faltas disciplinarias, tipifica como falta muy grave (e)  “La publicación o utilización indebida de la documentación o información a que tengan o hayan nido acceso por razón de su cargo o función y (f) La negligencia en la custodia de secretos oficiales, declarados así por Ley o clasificados como tales, que sea causa de su publicación o que provoque su difusión o conocimiento indebido.”

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3 Comentarios

  1. Resulta paradójico que uno de los Secretarios más célebres de nuestra historia fuese Antonio Pérez, Secretario de Estado de Felipe II, que acabó difundiendo todos los secretos de la patria por la «pérfida» albión creando la famosa «leyenda negra» española.

    Me encanta la etimología de las palabras. Siempre aprendemos mucho contigo!

  2. Siempre resulta agradable conocer todos y cada uno de los significados que puede tener una palabra y con que mimo las trataba anteriormente el legislador.

    Hoy el legislador, más político que otra cosa relula y controla pero porque no se aplica para sí la misma receta.

    Que bien nos iría a todos si el político cumplira lo establecido en el Estatuto de funcionario público y concretamente aquello de … deberán desempeñar con diligencia las tareas que tengan asignadas y velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los siguientes principios: objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres, que inspiran el Código de Conducta de los «representantes político o …» públicos configurado por los principios éticos y de conducta regulados en los artículos siguientes.

  3. Aunque ya se ha esbozado en el post, humildemente me atrevo a sugerir el cambio de denominación de Secretario por el de Publicitario, o manteniendo un equilibrio entre tradición y modernidad: Secretario-Publicitario.
    Baso esta sugerencia en mi visión de la administración; para la que presto servicios; y en el convencimiento de que el interés general sólo está plenamente garantizado cuando el procedimiento es absolutamente abierto, público, transparente desde sus fases embrionarias, es decir antes de que haya adquirido forma administrativa alguna.
    No se si son los japoneses o los griegos los que cocinan siempre de cara a su clientela, de forma que dan a entender que no hay nada que ocultar. Quizás más conocedores de la naturaleza humana intentan evitar la tentación del cocinero de dar gato por liebre.
    Un saludo, enhorabuena y gracias por su blog.

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