La nueva administración será digital o no será. No va más. Las viejas formas de hacer están siendo desbordadas por una sociedad y una tecnología disruptivas que harán que las viejas fórmulas, incluso las viejas leyes, acaben siendo inevitablemente sustituidas por otras. Las normas serán algoritmos, los procedimientos flujogramas. Son muchas las cosas puestas en cuestión, fundadamente algunas, demagógicamente otras. Pero el cambio se impondrá, lo nuevo se abrirá camino.
Ciertamente, en un Estado complejo como el nuestro, tan penetrado por una idea de autonomía que ha socavado lo que la sensatez considera común, no resulta fácil integrar plataformas diversas que, en ocasiones, se erigen en instrumento de diferenciación y acción política. Existen muchos ejemplos. Pero tampoco parece aconsejable que la integración se conciba como resultado de decisiones unilaterales impuestas que, también con cierta frecuencia, no parecen basarse en unas especificaciones adecuadas para la realidad que afrontan ni en una programación realista. Frente a todo ello la cooperación es el camino.
La administración electrónica ha de ser mucho más que una administración sometida al principio de transparencia. No se trata sólo de publicar aquello sujeto a obligaciones de publicidad activa o de facilitar el acceso a otros documentos a quien lo solicite. Esto es, sin duda, importante. Pero la administración será transparente cuando la gestión, toda su gestión, sea transparente. Y esa gestión transparente, combinada con blockchain, marcará el camino hacia el futuro, hacia una administración sin sombras, no manipulable, verificable, evaluable de forma dinámica. Si lo reglado es campo abonado para una actuación administrativa automatizada mediante smart contracts bajo blockchain, lo discrecional lo es para la intervención humana también con la seguridad, fiabilidad, trazabilidad e irreversibilidad que proporciona la cadena de bloques.
El procedimiento, en este contexto, convertido ya en un conjunto de algoritmos, acabará plasmado en una dApp que, además de su entorno descentralizado, operará contra cloud pública, más escalable y ecológica que la privada. La transparencia, en este entorno, será la regla y la confidencialidad la excepción, aplicable sólo cuando existan datos que hayan necesariamente de ser protegidos. Las normas sustantivas y procedimentales deberán ser concebidas en paralelo y proporcionar adecuada cobertura a esa nueva forma de estructurar la gestión pública. Los plazos, un algoritmo más, no pasarán en balde, el smart contract o la dApp los certificará en la cadena de bloques y los efectos de su finalización serán inmediatos. Cualquier regulación, por lo demás, requerirá ineludiblemente la implementación de una estrategia de gestión electrónica, todo será electrónico por defecto. De nada sirve aprobar normas inaplicables.
La disrupción llegará, ha llegado ya, al mundo de la administración y la gestión pública. Lo que ocurre es que ese mundo aún no se ha dado cuenta. Lo digital y blockchain están aquí para quedarse. Son muchos los interesados en esta tecnología llamada a transformar las relaciones en la red. Su potencial para responder a necesidades de seguridad, transparencia, certidumbre e integridad es enorme. La garantía de veracidad de la información en un momento dado que proporciona, de forma descentralizada, tiene tantas aplicaciones como se puedan imaginar. Y todo el mundo anda imaginando.
Se empezará por procedimientos concurrenciales allí donde la lupa de la sospecha es más intensa. La contratación del sector público –como la del privado–, las subvenciones o el acceso a determinados bienes escasos como la vivienda social, son ámbitos obvios para utilizar las garantías que proporciona blockchain, especialmente cuando la decisión administrativa es producto de criterios reglados, tal cual pone de manifiesto la iniciativa aragonesa para construir los aplicativos para tramitar procedimientos abiertos simplificados sobre tecnología blockchain. Pero no quedará ahí. No está quedando ahí. También en subvenciones, especialmente en concurrencia, competitiva o no, cuando los criterios son reglados, pueden identificarse casos de uso para el ticket smart contracts-blockchain. Los registros públicos son también ámbito óptimo para identificar casos de uso, ya sea sobre blockchain público, privado o híbrido en función de las características, necesidades y efectos del registro y sector de que se trate.
Hoy la detección de casos de uso y el diseño de aplicativos que utilizan blockchain constituyen ejes fundamentales, quizá los de mayor proyección junto al desarrollo del cloud público, de la innovación en la prestación de servicios, con derivadas tecnológicas, por supuesto, pero también económicas, jurídicas y de gestión. Chatbox, sandbox, webinar y otras herramientas de red están revolucionando la forma de afrontar la innovación y la formación en numerosísimos ámbitos económicos como antes lo hicieron tablets, smartphones, email, usb o la web. Lo que hoy parece novedoso mañana será común. Es momento ya, quizá ya vamos tarde, de empezar a implantarlos en el sector público, con sentido común pero sin miedo. Necesitamos puntos de conexión entre usuarios y desarrolladores, viveros de creatividad y valor, entornos de desarrollo de nuevas aplicaciones sobre la tecnología de blockchain, abrir vías colaborativas entre el sector público y privado escasamente exploradas hasta ahora.
Sectores estratégicos como el financiero, el alimentario, el inmobiliario o el energético, entre otros, están avanzando decididamente por este camino. No han dudado, la apuesta es firme. Las plataformas de comercio electrónico llegaron primero, las de servicios, en muy diferentes ámbitos, ya están aquí. Resistirse a ese avance desde muchos otros sectores económicos o desde la administración que sirve a esa sociedad y esa economía disruptiva servirá de poco. La vieja Europa lo sabe bien, quizá por ello su liderazgo, de momento, en proyectos blockchain según datos del Observatorio y Foro sobre Blockchain de la Unión Europea. Lo nuevo se impondrá. Lo viejo se olvidará. Disrupción.