Dentro de las medidas anticrisis adoptadas por el Gobierno de España, la que afecta de lleno a los Ayuntamientos es el Fondo Estatal de Inversión Local, del que ya hemos dado cuenta en algún otro comentario en este mismo blog. Las dudas técnicas que suscita la parca normativa (Real Decreto-Ley 9/2008, de 28 de noviembre, y la Resolución de 9 de diciembre de 2008) son numerosas. El 14 de enero de 2009 se publicó en el BOE una nueva Resolución de 13 de enero, a añadir a las anteriores. Tres disposiciones en total. La última dedicada exclusivamente a definir el modelo y condiciones técnicas de los carteles anunciadores, lugares de colocación, formatos y demás cuestiones esenciales para los aplicadores de la norma.
La llamada “publicidad y comunicación institucional” sí que es cuestión esencial para la clase política, y ésta debe quedar ante todo asegurada en la comunicación con el ciudadano-votante. Debe quedar así claro que la obra se ejecuta con financiación estatal, dentro del “Plan Español para el Estímulo de la Economía y el Empleo”. La regulación sí es aquí minuciosa; se precisa, entre otros extremos, que el cartel debe tener un tamaño de 4 metros de largo y 3 metros de alto; que si se fija en el suelo la fijación consistirá en dos tubos de acero de 2,5 mm de espesor galvanizado con recubrimiento de 7 mm sujetándose la placa con 4 anclajes de tortillería de acero galvanizado, aplicando sobre la cabeza de los mismos una capa de pintura para disimular su presencia; la parte inferior estará como mínimo a 2 m del suelo, etc. Contrasta este alarde de precisión normativa con la sobriedad y las enormes dudas que deja abiertas el RDLey 9/2008, y la Resolución de 9 de diciembre de 2008.
Pero la cuestión de fondo que aquí subyace es si los Ayuntamientos son la mejor opción para gestionar inversiones públicas por valor de 8.000 millones de euros. Se quieren respuestas (y rápidas) ante el grave deterioro de las condiciones económicas que sufre el país, así como que los indicadores estadísticos enderecen su rumbo. Una de las medidas, orientada principalmente a estimular el empleo, consiste en aumentar la inversión pública (a costa de incrementar el déficit público, claro está), y se transfieren esos fondos a los Ayuntamientos, “forzándoles” a presentar proyectos de obra, que además no estuvieran previstos en su presupuestos (se incentiva de este modo la ausencia de planificación).
La canalización de fondos públicos a obra pública municipal imprevista es más que discutible desde términos económicos. Entre los proyectos aprobados a la fecha, destacan los de rehabilitación y mejora de espacios públicos (acondicionamiento y arreglo de calles, parques, jardines, plazas y demás, o algunos más modestos como la colocación de farolas), y de ejecución de dotaciones deportivas (numerosos son los proyectos de implantación de césped artificial en campos de fútbol y pistas de pádel, junto a otros más curiosos como parques de monopatines o motocross) y mortuorias (construcción de nichos, fosas, tanatorios, y mejoras en general en cementerios). Destacable es también, por ejemplo, la urbanización de un Parque Acuático en una localidad (por un importe de 4 millones de euros).
Todas estas construcciones requerirán, por lo general, y ya a largo plazo, un mantenimiento que incrementará el gasto corriente de los Ayuntamientos. Pero en cualquier caso, una vez construidas las obras (hasta el 31 de diciembre de 2009, salvo prórroga graciosa), los nuevos (y escasos) empleos que se hayan creado volverán a destruirse. No se ha decidido invertir en investigación, desarrollo tecnológico, en la necesidad de reorientar modelos productivos, iniciativas comercializadoras, etc., que por lo demás siempre es a mucho más largo plazo, sino que se acude de nuevo a soluciones cortoplacistas y que permiten absorber mano de obra escasamente cualificada: el milagro de la construcción.
¿Pero cuánto empleo se generará realmente? Ésta es otra de las grandes cuestiones. Numerosos proyectos ya aprobados no sobrepasan los 100.000 euros (2.843 hasta el 14 de enero de 2009). Muchas son obras de escasa envergadura y requieren poco personal (y ello sin tener en cuenta los trabajadores que ya aporte la empresa que no sean de nueva contratación). Además, ya sabemos que hasta el millón de euros, nos movemos en los simplificados y prácticos terrenos de los contratos menores y de los procedimientos negociados. La selección caprichosa de las empresas es otro de los peligros que aquí se esconden.
Quizás la decisión estatal no busca explicaciones economicistas, y se orienta o pueda explicarse mejor desde perspectivas político-electorales. La Resolución de 13 de enero de 2009 parece confirmarlo. Publicidad del “Gobierno de España” asegurada hasta el último rincón de la más pequeña localidad y fuerte control de los Ayuntamientos.
Si vemos el lado positivo de las cosas, como nos recomendaba sabiamente PÉREZ SARRIÓN en este mismo blog hace escasos días, los habilitados estatales, sobre todo de pequeños y medianos Ayuntamientos (la mayoría, vamos), vamos a hacer un máster concentrado de la Ley de Contratos del Sector Público 30/2007 (especialidad contrato de obra pública) en este año 2009, que nos permitirá conocer y profundizar más en esta norma (aderezada con las especialidades del RDLey 9/2008).
Por cierto, y para acabar, les advierto que lo de la publicidad no es ninguna tontería. Como sentencia la Resolución de 9 de diciembre de 2008 en su disposición 8ª (y de discutible engarce con el RDLey), “El incumplimiento de esta obligación (de publicidad de las obras) será causa de reintegro de los recursos recibidos con cargo al Fondo”.
Estoy completamente de acuerdo con lo que dices. Decía el Presidente de la FEMP que lo que se necesitaba era dinero para pagar las facturas que se acumulan en el cajón. Deberíamos pues reconsiderar el problema y ser realistas y honestos: se gasta, como se dice en Aragón,
doce mil podiamos decir que son los proveedores sin pagar que tiene mi Ayuntamiento, y ahora más endeudamiento para los Ayuntamientos. El proyecto de obras del Fondo ha costado unos 3000 euros y el cartel unos mil euros. Población 500 habitantes, coste del cartel 2 euros por habitante, poblacion 100.000 habitantes, coste del cartel 0,01 euros por habitante.
Más facturas al cajón.
Pueblo rico, pueblo pobre