Mis cuitas personales con Correos

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Ante la incesante cadena mediática que se está formando, a propósito de la recepción, por personas públicas, normalmente de la órbita política y en trance de campaña electoral, de cartas conteniendo objetos claramente intimidatorios o amenazantes, recuerdo, por más que todos lo sepamos, lo que dice el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre; concretamente en el artículo 16. Y es que el servicio no admite o tramita, entre otros, «el opio y sus derivados, la cocaína y demás estupefacientes y sustancias psicotrópicas, salvo si se envían con fines medicinales y acompañados de autorización oficial», así como «los envíos de armas (…), materias explosivas, inflamables y otras peligrosas» o «los animales vivos, sin estar provistos de una autorización especial» y, en suma los objetos que puedan dar lugar a actos constitutivos de delito o «puedan constituir un peligro para los empleados de los operadores postales». Algo que vuelve preocupante no ya lo ocurrido sino la forma por la que pudo llegar a repartirse ese conjunto de cartas que acaparan las portadas de los medios.

Digo, en el título de este comentario, que no tengo buenas experiencias últimamente con el servicio postal no certificado. En lo que va de año se me extraviaron dos envíos, uno a mi provincia y otro a una capital insular del país; en este último caso, con toda la pinta de sustracción por confundir -no sé si el escáner o al trasluz-, una tarjeta inocua y gratuitamente renovable con una de crédito. Penoso.

Según el artículo 10 del citado Reglamento de Correos, los operadores postales garantizarán, entre otros, el derecho del usuario (remitente o destinatario), el sistema de reclamaciones al objeto de facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso y la identificación del operador postal que va a realizar el servicio postal solicitado. Pero esto es una verdad a medias. Investigar quién, en el proceso de recogida, transporte, almacenamiento y entrega cometió un robo, no es moneda corriente, al menos según mis experiencias. En todas las organizaciones y gremios hay ovejas negras y lo mejor no es ser corporativo y tapar actos tan viles, sino sacar del redil a tal gentuza.

Y cuento: Hace ya años, cuando existían unos buzones rojos para correspondencia urgente, mandé un inocente talón, con el franqueo adecuado (soy filatelista y, para colmo, viejo abonado al Servicio Oficial) a un destinatario al que nunca le llegó. La sustracción fue tan ridícula como infructuosa porque la cantidad era como para pagar un par de cafés y, encima, el cheque era nominativo. Visto lo visto, hice una transferencia telemática y no perdí más que el valor facial de los sellos. El caso es que, de aquella, sufrí el peligroso síndrome del ciudadano ejemplar y pedí cita al director provincial del asunto, llevándole datos y pesquisas de día, hora, buzón y momento anunciado de recogida, así como de la estafeta de destino. Antes de hablar, ya me recibió de uñas y me dijo que era absolutamente imposible averiguar quién había abierto el buzón, quiénes habían ordenado la correspondencia y llevada al furgón y quién la había recibido, procesado y repartido en destino. Comprendí, una vez más, que las películas policiacas son siempre ficción porque, en esas fechas, también puse una denuncia formal en la Policía por violentarme el buzón de casa y robarme la correspondencia. Eran mis efímeros años en la política municipal y no se hizo nada.

Pero volviendo al Correos actual, los artículos 7 a 9 del Reglamento, nos declaran enfáticamente que los envíos postales son inviolables, incluida su detención arbitraria o contra derecho, su intencionado curso anormal, apertura, sustracción, destrucción, retención indebida u ocultación. También se dice que «los envíos postales, en tanto no lleguen a poder del destinatario, serán propiedad del remitente, quien podrá, mediante el pago de las tarifas o precios correspondientes, recuperarlos» y que  esas «solicitudes de recuperación de los envíos (…) se efectuarán siempre por escrito, describiéndose, en la medida de lo posible, las características externas de la cubierta» del sobre o envoltorio, lo que parece dirigido a cartas o paquetes en curso y no a los ya profanados tiempo atrás.

Quizá intente algo, aunque sé que nunca aparecerá lo sustraído ni nadie hará absolutamente nada. Me puede la experiencia y la atracción de los “chorizos” a todo sobre que pueda llevar algo con forma de carnet -el famoso tráfico con los sin papeles- o de tarjeta bancaria… aunque sea el abono caducado de un equipo de cuarta regional.

Para quitar hierro al asunto y mientras se dilucida el supuesto asunto de las balas con matasellos, añado una anécdota de hace cuarenta años y referida al veterano hermano que era Telégrafos: cuando me iba a incorporar a la mili, un íntimo amigo y compañero de quinta, que estaba pasando unos días de vacaciones no muy lejos de Madrid, me pidió que le pusiera un telegrama en cuanto supiera el día exacto de presentarse en el cuartel. Así lo hice, con su nombre y dirección, en La Cañada (Ávila). Nunca arribó el telegrama, mi colega tuvo un problema por el retraso y un servidor, que suele no soltar la presa, logró comprobar (y guardo aún el papel con el despropósito), que en vez de a La Cañada, cosas de la tilde hispana, el mensaje se había mandado al Canadá; así sin más. Lo que no sé es si un oso grizzli se incorporó a filas.

3 Comentarios

  1. Señor Leopold la ley que usted nombra del servicio postal universal está derogada desde el 2010, un catedrático debe estar al día de las leyes, saludos de una profesora de derecho.

  2. Estimado Don Leopoldo, gracias por un articulo tan agradable y de actualidad, en un tema tan farragoso, como la reglamentación postal, y desde luego por la cita textual del BOE del titulo del Real Decreto 1829/1999 de 3 de diciembre (BOE Nº 313 de 31 de diciembre de 1999). saludos cordiales de un licenciado en derecho y funcionario de administración local.

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