El mundo rural gana protagonismo y el virus maligno está contribuyendo a ello. Los espacios abiertos, la casa del pueblo, las segundas residencias que se convierten en primeras …. todo es consecuencia de una cierta revolución en la forma de vivir que propicia el cambio impuesto por una visita tan inesperada como mortífera.
Los Ayuntamientos van a conocer días de alegrías y también de angustias y problemas a la hora de enfrentarse a esta nueva realidad.
No extraña por ello que la Comisión europea acabe de aprobar lo que ha llamado “una visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE”. Aparte de la palabrería un poco cansina de este tipo de documentos y del empleo de una terminología desesperante (resiliente, ecologizar y lindezas de este calibre), lo interesante es la conexión de ese mundo rural, de esos Ayuntamientos pequeños, con las posibilidades que ofrecen las “transiciones” ecológica y digital.
No es nueva esta visión porque no hay día que no oigamos al Consejero de la Comunidad autónoma hacer declaraciones sobre estos “retos” pero lo importante es el impulso que procede de las autoridades europeas. Para quienes conocemos su funcionamiento, sabemos que sacar adelante un documento es un parto de una complicación extrema. Son muchos los intereses que están representados en el Colegio de Comisarios (Gobierno de la UE), intereses que son de los Estados miembros y, dentro de ellos, de los sectores económicos afectados, de las Administraciones públicas presentes, intereses en suma que, puestos en el horno de la discusión, crepitan como crepitan los leños tradicionales. Cada palabra se mide, se pesa, se le da la vuelta, se mira al trasluz … una filigrana. Que la mayor parte de las veces decepciona pero obligado es saber que se trata de la única forma de llegar a acuerdos en organizaciones complejas donde el “ordeno y mando” está desterrado.
Por eso, como digo, este documento tiene su importancia y es recomendable que los alcaldes y los presidentes de Diputación, así como los funcionarios locales, tengan constancia de su existencia, de sus planteamientos y de los objetivos que persigue (Bruselas, 30.6.2021, COM 2021, 345).
Destacaría dos de ellos: conectar las zonas rurales tanto en términos de transporte físico como de acceso digital. Las medidas que en España se están tomando a este respecto son muchas y no mal orientadas, ocurre sin embargo que todo esfuerzo es poco para que no quede un rincón de la geografía española que no reciba los beneficios de esta conexión. Sin ella sencillamente no se puede vivir. A los más viejos les recordará la traída de aguas o el apeadero o estación del tren en el pasado.
De otro lado, la diversificación de las actividades económicas y la mejora del valor añadido de la agricultura, las actividades agroalimentarias y el agroturismo. También en este terreno se están haciendo, entre nosotros, esfuerzos gigantescos y plausibles. Para mí es un gozo descubrir un nuevo queso, un nuevo embutido, una nueva lata de conserva, las distintas especies de setas, de frutas y, además, el primor estético con que se presentan. Son activos de los últimos años que sin duda van a tener una continuidad para satisfacción de todos los consumidores y bienestar de las familias que ponen en el mercado tales filigranas.
El responsable de Democracia y Demografía en la Comisión Europea ha declarado “queremos dar a las zonas y comunidades rurales una voz fuerte en la construcción del futuro de Europa”.
Atinada pretensión que es imposible alcanzar si no se cuenta con Administraciones locales fuertes, de dimensiones razonables, aptas para hacer frente a esta revolución que, sin barricadas ni canciones inflamadas de pasión, se está produciendo. Y ello conecta con la creación y supresión de municipios así como con la alteración de sus límites territoriales. En este sentido es importante una sentencia del Tribunal Supremo 105/2020 de 16 de julio que recuerda al País vasco la naturaleza de “base” del artículo 13 de la Legislación Básica de Régimen local que, reformada por la ley 27/2013, es de obligada observancia en esa Comunidad Autónoma y en los Territorios forales. Esa ley 27/2013 ha incorporado un mínimo de habitantes y el carácter “financieramente sostenible” que ha de tener todo nuevo municipio. Conviene que no haya norma autonómica ni foral que se olvide de la vigencia de estos requisitos para que no se desparrame la creación de entidades locales, lo que sería contrario a esos esfuerzos que acerca del mundo rural se propician desde Europa. Añado como estrambote: defiendo ese nuevo artículo 13 aunque a mí no me guste todo su contenido porque ha orillado la técnica de las “fusiones forzosas”, muy controvertidas ciertamente, pero que son las que han conseguido efectos fulminantes – y positivos- allí donde se han utilizado (el caso alemán es bien expresivo).