Rotondas: uso y abuso de derecho

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Hace poco más de quince años, en una moda contagiosa, empezaron a generalizarse las glorietas en todas las ciudades y villas del país. Y hasta en más de un pueblo con escasísimo tráfico, aprovechando alguna remodelación, se colocó una rotonda para estar a la altura de los tiempos. Y también, en carreteras, otrora de la red principal y ahora secundarias por mor de las autovías, el Ministerio o la Consejería de turno no han dejado de trazar su redondel con bordillos.

La historia es que allí donde realmente hay tránsito rodado en abundancia, estos elementos no han aportado toda la fluidez que se esperaba ni mucho menos seguridad vial: leo en un informe que, en no pocas urbes, el mayor número de colisiones se produce en el interior de las rotondas; algo que percibimos a diario todos los conductores que debemos circular por ellas. En cuanto a la agilidad, lo dicho: poco se consigue si el tráfico es denso y la glorieta tiene un diámetro reducido o demasiadas bocas próximas. No digamos si, además, los conductores alóctonos buscan un determinado destino mal señalizado o, directamente, sin señalizar: frenazos, maniobras rectificatorias y hasta intentos temerarios de recular son moneda corriente.

Como los tiempos cambian a toda pastilla y la Administración quiere estar al loro (otra cosa son los retrasos en el acceso electrónico a muchos servicios o los fallos de sus aplicaciones telemáticas), la Dirección General de Tráfico ha decidido publicar en sus redes sociales unos gráficos para recordar a los conductores las maniobras que no deben efectuar cuando se adentran, están o pretenden salir de una rotonda.

El problema de base estriba en la regulación generalista que se aplica al carrefour y que no es otra que el alambicado artículo 75 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación, de no fácil comprensión –me temo- para un buen número de examinandos del carnet de conducir: Para efectuar la maniobra, el conductor “advertirá su propósito [mediante señalización]; salvo que la vía esté acondicionada o señalizada para realizarla de otra manera, se ceñirá todo lo posible al borde derecho de la calzada, si el cambio de dirección es a la derecha, y al borde izquierdo, si es a la izquierda y la calzada es de un solo sentido. Si es a la izquierda, pero la calzada por la que circula es de doble sentido de la circulación, se ceñirá a la marca longitudinal de separación entre sentidos o, si ésta no existiera, al eje de la calzada, sin invadir la zona destinada al sentido contrario; cuando la calzada sea de doble sentido de circulación y tres carriles, separados por líneas longitudinales discontinuas, deberá colocarse en el carril central. En cualquier caso, la colocación del vehículo en el lugar adecuado se efectuará con la necesaria antelación y la maniobra en el menor espacio y tiempo posibles [y, en fin], si el cambio de dirección es a la izquierda, dejará a la izquierda el centro de la intersección, a no ser que ésta esté acondicionada o señalizada para dejarlo a su derecha”.

Si a un conductor medio –como un servidor- se le lee el fárrago anterior y se le pregunta qué ha sacado en limpio en relación al tránsito por una glorieta, lo normal es que acabe echando humo por las orejas. Ante algo tan obvio como oscuro, la DGT, a falta de clarificación o especificación legal, ha querido hacer de intérprete legítima de la norma y ha querido ponerse en plan guay e interactuar con los conductores internautas que lo único claro que tienen es que las infracciones cometidas en las rotondas se califican de graves.

Así, desde esta dependencia del Ministerio del Interior se especifica que, en cuanto al carril por el que debemos circular, podemos elegir el que consideremos que se ajusta mejor a la dirección que vamos a seguir: “si, por ejemplo, usted va a tomar la última salida, o bien el carril exterior está muy congestionado porque la mayoría de los vehículos van a tomar la siguiente salida, podría elegir los carriles interiores. De esa forma, además, permitirá la incorporación a la glorieta de otros vehículos que están esperando”. Ese “podría”, como luego diré, no deja de quedarse corto por tibieza.

En cuanto a si se puede salir directamente desde un carril interior, la DGT dice tajantemente que no, “salvo que la circulación dentro de la glorieta estuviera convenientemente señalizada y encauzada mediante marcas viales: en ese caso, la salida podría efectuarse desde el carril interior y el de la derecha. Aunque (…) si el carril exterior no estuviera ocupado, la norma le obliga a utilizarlo”. Y si dicho carril está colapsado, “no olvide que el principio general de seguridad que ofrece este tipo de infraestructura es que la salida se efectúe desde el carril exterior. Si no ha podido situarse a tiempo en el carril de la derecha, no se detenga en medio de la glorieta esperando a que le dejen pasar para salir. Y tampoco fuerce la salida cortando la trayectoria a los que están en el carril exterior. Recuerde: ¡No tiene prioridad!: dé una vuelta más y procure situarse con suficiente antelación en el carril exterior”. O sea, ante la duda, la maniobra del tiovivo: otra vuelta y la que sean hasta encontrar un hueco por donde evacuar (con perdón).

El problema, además, se complica mucho más, como se ha dicho, cuando la glorieta, por sus limitaciones, no absorbe ni distribuye el tráfico. Y, como ocurre en tantos sitios, lo que iba a ser un elemento sencillo para agilizar la concurrencia de vehículos se convierte en un disparate con señalización horizontal, semáforos interiores y hasta, en ocasiones, guardia que deja en segundo plano cualquier regulación.

Reparé, una vez más, en la problemática de las glorietas al ver, en la mañana en que esto escribo, un auténtico, pero muy frecuente, abuso de derecho. Me refiero a la monopolización del carril exterior que es, justamente, lo que obliga a dar vueltas a quien se encuentra cercado por el abusón. Sabiendo que el carril exterior es el chachi, es comprensible la tendencia de todos los mortales con carnet a meternos por él aunque no pensemos salir hasta la tercera o cuarta boca. Y como eso lo piensa todo el mundo, la persona incauta que, racionalmente, entiende que debe tomar un carril interior hasta que se vaya acercando el momento de la salida, cuando pretende tal maniobra se encuentra con la muralla china.

Concretamente, lo que hoy presencié fue, en el centro de una ciudad, a un camión de una compañía avícola con una larguísima carga que, por su longitud y por elegir de mano el carril exterior, pese a que iba a hacer un giro de unos trescientos grados, taponó durante varios minutos dos salidas de la glorieta. Una rotonda, concretamente, donde había un semáforo ante el que el camión de los huevos (nuevamente perdón) hubo de frenar generando un atasco de los que se cobran conciertos de claxon y, supongo, más de un improperio en el interior de cada coche. Como esto es tan frecuente, ¿no habría que pensar en revisar y atemperar el dogma del carril exterior? Digo dogma y no exagero: hace unos años me consultaron desde una compañía de seguros si debían indemnizar los daños a un tercero que, sin respetar un ceda el paso, entró como una centella en una glorieta chocando con el asegurado que circulaba tranquilamente por el carril central y estaba señalizando su cambio al de la derecha. Quedé estupefacto. El temor de la aseguradora se debía a que, quien había entrado antirreglamentariamente a la rotonda estaba más hacia el exterior que el vehículo alcanzado. Ver para creer; menos mal que, según me contaron tiempo después, la propia compañía del bala había asumido por su propia cuenta la responsabilidad del infractor. Y aún me quedó una duda: de haberse personado la policía –local- de tráfico, ¿qué habría puesto en el atestado?

 

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